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RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2020, de la Dirección del Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos (CGIPC), por la que se convoca procedimiento selectivo para la provisión, con carácter temporal, de una plaza vacante de Grupo de Gestión de la Función Administrativa adscrito al Servicio de Contratación y Compras de la Subdirección de Compras y Logística del CGIPC.

Publicado el 06/11/2020 (Nº 221)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Dirección del CGIPC, en ejercicio de las competencias que tiene legalmente atribuidas, convoca procedimiento selectivo para la provisión temporal de una plaza vacante, de la categoría de Grupo Gestión de la Función Administrativa, en el CGIPC, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Número de plazas.

Una plaza básica de Grupo Gestión de la Función Administrativa.

Segunda.- Ámbito subjetivo.

Vía de promoción interna temporal: podrá participar quién, además de reunir el requisito de titulación exigido en la base Cuarta b), posea la condición de personal estatutario fijo, y se encuentre en situación de servicio activo, con destino definitivo o en reingreso provisional en cualquiera de los Centros del CGIPC, en categoría distinta de la convocada, del mismo o inferior grupo de clasificación. No podrá participar en la convocatoria, por esta vía, el personal que se encuentre en Comisión de Servicios.

Vía de acceso libre: de conformidad con lo establecido en los artículos 9.4 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal estatutario de los servicios de salud, podrán participar quienes cumplan los requisitos exigidos en la base Cuarta.

Tercera.- Características del puesto de trabajo.

Jornada de trabajo: la dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde.

Funciones: Las propias de Gestión de la Función Administrativa y en particular las siguientes:

Funciones de dirección, ejecución y estudio de carácter administrativo y económico de nivel medio que le sean encomendadas por la Subdirección de Compras y Logística del CGIPC.

Colaborar, asesorar, desarrollar y ejecutar la política de compras y aprovisionamiento establecida apoyando a los mandos intermedios y al resto del equipo.

Trabajar en protocolos y procedimientos normalizados para una aplicación ágil de la normativa relativa a la contratación administrativa.

Colaborar en una actitud positiva, tanto en la creación de equipo de trabajo, como en la relación con el resto de Unidades de la Subdirección de Compras y Logística.

Facilitar la fluidez en las relaciones con los Servicios de Suministros y Responsables de Materiales del resto de Sectores Sanitarios.

- Retribuciones: las que corresponden para este puesto de trabajo según las disposiciones vigentes de aplicación.

Nombramiento: Si el/la aspirante seleccionado/a para desempeñar la plaza convocada procede del turno de acceso libre, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal con carácter interino. En caso de resultar seleccionado/a para la provisión de la plaza personal estatutario fijo, por la vía prevista en la base Segunda a), se le expedirá nombramiento de Promoción Interna Temporal

Cese: El cese del personal en situación de Promoción Interna Temporal en dicho nombramiento se acordará por las causas que en su caso procedan, detalladas en el artículo 31 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. El cese del personal estatutario interino se acordará, de conformidad con el artículo 9.2 de Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, cuando se incorpore personal fijo, por el procedimiento legal o reglamentariamente establecido, a la plaza que desempeñe, así como cuando dicha plaza resulte amortizada.

Cuarta.- Requisitos de participación.

Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes. En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su Estado en los mismos términos el acceso al empleo público.

No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según determina el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

No poseer la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Grupo Gestión de la Función Administrativa, en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento del posible llamamiento y nombramiento. La acreditación de hallarse en posesión de los requisitos exigidos será requerida a los aspirantes antes de emitir el correspondiente nombramiento.

Quinta.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes para formar parte de estas listas se formalizarán en el Portal Electrónico de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud vía web en la dirección https://empleo.salud.aragon.es. Los interesados solicitarán su inscripción en la correspondiente convocatoria y cumplimentarán el modelo informático de solicitud que deberá ser ratificada a través de su presentación dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de acuerdo con lo señalado a continuación.

Para acceder a la aplicación podrá hacerlo de dos formas diferentes:

Puede registrarse en la aplicación haciendo uso del enlace "regístrese aquí", y entrar en la aplicación haciendo uso de su NIF y contraseña respectivamente.

Además, puede usar su correo corporativo del Gobierno de Aragón, si dispone de él, haciendo uso del mismo como usuario de la aplicación y utilizando su contraseña corporativa.

Ratificación de la solicitud. Cumplimentada la solicitud la aplicación generará dos 2 ejemplares de la solicitud (Administración y el interesado) que deben presentarse en el Registro del Servicio Aragonés de Salud (Plaza de la Convivencia, 2 - 50017 - Zaragoza), bien directamente o bien a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que la solicitud se presente en las oficinas de Correos por procedimiento administrativo, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el lugar destinado para ello en el original y en la copia.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexta.- Criterios de selección.

La selección se efectuará mediante un sistema que consta de dos fases:

Una primera fase, de carácter eliminatorio, consistente en la realización de una prueba de aptitud, de carácter teórico, práctico o ambos, sobre materias relacionadas con las funciones a desempeñar detalladas en la Base Tercera. La prueba podrá constar de uno o varios ejercicios, según determine la Comisión de Selección, quién deberá garantizar plenamente el anonimato de los participantes. La calificación final para cada aspirante en esta fase será de "Apto" o "No Apto". Los aspirantes que no superen esta primera fase quedarán excluidos del proceso selectivo.

Una segunda fase que consistirá en la valoración, por la Comisión de Selección, de los méritos debidamente acreditados por quienes hayan superado la primera fase, de conformidad con lo establecido en el Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de unificación de baremos en los procesos de selección y provisión de plazas de personal estatutario de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 219, de 15 de noviembre de 2017, el baremo con el que se valorarán los méritos validados de los participantes es el baremo unificado que corresponde con el nivel de titulación de la plaza vigente en el momento de la valoración, conforme a los criterios uniformes de interpretación elaborados por la Comisión Técnica de Seguimiento del Plan y publicados en la página web del Servicio Aragonés de Salud (https://www.aragon.es/-/baremos-unificados#anchor1) y en el propio Portal de Recursos Humanos

Séptima.- Aportación de méritos.

Los participantes registrarán sus méritos en el expediente personal electrónico del Portal de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud agrupados conforme a su carácter en las secciones correspondientes y se justificarán con copias simples de los documentos acreditativos en soporte electrónico en el propio portal.

El Servicio Aragonés de Salud se reserva el derecho de requerir en cualquier momento del procedimiento la comprobación o compulsa de la documentación presentada con el documento original que acredite la posesión del mérito. En los méritos relativos a certificaciones o diplomas redactados en un idioma distinto al castellano los concursantes deberán aportar, junto con el mérito, la traducción literal del contenido de dichos documentos realizada por traductor jurado. No será necesaria la traducción jurada en el caso de presentación de méritos relacionados con publicaciones, libros o capítulos.

Cuando existan indicios de falseamiento en los requisitos o méritos alegados en la solicitud y en el autobaremo, la Administración actuará de conformidad con la normativa vigente sobre la materia, quedando excluida provisionalmente del proceso de selección la persona afectada y dando cuenta de estas actuaciones a la Comisión Autonómica de seguimiento y control.

No será necesaria la acreditación de los méritos generados en el Servicio Aragonés de Salud que se vuelquen directamente desde el Sistema Integrado de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón

Octava.- Composición de la Comisión de Selección.

Los miembros de la Comisión de Selección serán designados por la Dirección del CGIPC, en el mismo acto de aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Su composición será la siguiente:

Presidente: Director/a del CGIPC, o persona en quien delegue.

Secretario: Jefe/a de Servicio de Compras y Contratación del CGIPC.

Vocales:

1.º Un Subdirector/a del CGIPC.

2.º Jefe/a del Servicio de Selección y Provisión de personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.

3.º Un vocal designado por la Junta de Personal que ocupe plaza para cuyo acceso se exija el mismo o superior nivel de titulación de la plaza convocada.

Novena.- Procedimiento.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, y los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión expresa, o para justificar su derecho a ser incluidos en caso de haber resultado omitidos. Transcurrido el plazo anterior, la Dirección del CGIPC dictará Resolución que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Celebrada la prueba de aptitud, la Comisión de Selección publicará la calificación obtenida por cada candidato y procederá a la valoración de méritos, de conformidad con el respectivo baremo de méritos anteriormente indicado. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado. Ultimada la valoración de los méritos debidamente acreditados por los aspirantes, la Comisión de Selección publicará las puntuaciones provisionales de cada uno de ellos y otorgará un plazo de diez días hábiles para presentación de las reclamaciones que éstos consideren pertinentes. Los aspirantes se ordenarán primero según vía de participación, con preferencia para los procedentes de promoción interna temporal si los hubiere, y dentro de cada vía por puntuación total obtenida en el concurso de méritos.

Analizadas las reclamaciones presentadas y realizadas las modificaciones procedentes, la Dirección del CGIPC, vista la propuesta de la Comisión de Selección, dictará Resolución que pondrá fin al procedimiento, donde se detallarán las puntuaciones definitivas alcanzadas por los concursantes y se designará a la persona seleccionada. Los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud prevista en la primera fase y opten a la plaza por el turno de promoción interna temporal, tendrán carácter preferente frente al personal de acceso libre, con independencia de la puntuación obtenida por estos últimos. Contra dicha Resolución podrán interponer los interesados recurso de Alzada ante el titular del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón.

Décima.- Listado para sucesivas contrataciones.

De conformidad con el artículo 36.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, con los candidatos que hayan superado la prueba de aptitud podrá elaborarse una lista, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año.

Undécima.- Periodo de prueba.

La persona seleccionada quedará sujeta a un período de prueba de tres meses, establecido en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, durante el cual será posible dejar sin efecto el nombramiento a instancia de cualquiera de las partes.

Duodécima.- Publicaciones sucesivas.

De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de esta convocatoria, se harán públicos en el tablón de anuncios situado en la planta baja del CGIPC, y en el enlace: https://www.aragon.es/-/otras-ofertas-de-empleo de la página web del Servicio Aragonés de Salud. La Resolución que ponga fin a este procedimiento selectivo será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 22 de octubre de 2020.

El Director del Centro de Gestión Integrada

Proyectos Corporativos,

JESÚS ANTONIO OLANO AZNÁREZ