RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Formación Profesional Específica "CPA Salduie" de Zaragoza.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Formación Profesional Específica "CPA Salduie", código 50011574, con domicilio en la avenida Ramón Sáinz de Varada, número 1-3, de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización para la implantación de los ciclos formativos de Técnico Superior en Marketing y Publicidad y Técnico Superior en Dietética, y así como para la implantación en su modalidad a distancia del ciclo formativo de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico.
Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados; así como los emitidos por la Inspección de Educación sobre la adecuación del equipamiento, en cuanto a los ciclos formativos presenciales; y habida cuenta de que el centro tiene autorizado en la modalidad presencial el Ciclo Formativo de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico, y vistos los informes emitidos sobre la adecuación de la plataforma de teleformación y la disponibilidad e idoneidad de medios y materiales, para garantizar el correcto desarrollo de las enseñanzas a distancia.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, en la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y las enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica.
Denominación específica: "CPA Salduie".
Titular: Fundación CPA-Salduie.
Código: 50011574.
Domicilio: Avenida Ramón Sáinz de Varanda, número 1-3.
Localidad: Zaragoza.
Municipio: Zaragoza.
Provincia: Zaragoza.
Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:
Implantación de las siguientes enseñanzas en modalidad presencial:
COM³04- Técnico Superior en Marketing y Publicidad. 2 grupos (1.º y 2.º curso) / 60 pp.ee.
SAN302- Técnico Superior en Dietética. 2 grupos (1.º y 2.º curso) / 60 pp.ee.
Implantación de las siguientes enseñanzas en modalidad a distancia:
AFD302- Técnico Superior en Acondicionamiento Físico. 40 alumnos / módulo profesional.
Como resultado de dicha modificación, el centro quedaría configurado de la siguiente forma:
Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso escolar 2020-2021, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.
Sexto.- De conformidad con el artículo 10 de la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, la extinción o revocación de la autorización de la enseñanza en la modalidad presencial conllevará la extinción o revocación de dicha enseñanza en la modalidad a distancia.
Séptimo.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.
Zaragoza, 16 de septiembre de 2020.
La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ