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RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2020, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se establece, con carácter experimental, el programa de especialización de "Computación en la nube" en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 09/03/2020 (Nº 47)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece, en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollen.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su capítulo V, la regulación de la formación profesional en el sistema educativo, teniendo por finalidad preparar a los alumnos y las alumnas para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida.

El IV Plan Aragonés de Formación Profesional incluye siete líneas estratégicas con sus correspondientes líneas de actuación. La línea estratégica número uno "Mejorar la conexión entre los sistemas de formación y las necesidades del mercado de trabajo" trata de avanzar en la conexión entre las necesidades del mercado de trabajo y la oferta de formación profesional para proporcionar una respuesta más adecuada, minimizando la coexistencia de desempleo y puestos de trabajo cualificados que no pueden ser cubiertos. Una de sus líneas de actuación es la de mejorar la detección y la respuesta a las necesidades de cualificación del entorno, creando cursos de especialización, especialidades formativas y otras acciones ágiles.

La demanda de personal con una formación y competencias que se ajusten al ámbito tecnológico y empresarial actual, exige a la administración educativa tener flexibilidad para desarrollar modelos formativos orientados a la adquisición de aquellas competencias profesionales de un mayor grado de especialización solicitadas por las empresas aragonesas. Esta flexibilidad, se tiene que ver desarrollada en modelos formativos más acordes con las necesidades específicas de las empresas y exige la especialización de una oferta de Formación Profesional ajustada a las necesidades del mercado laboral aragonés. En el proceso de mejora continua y de adaptación a las demandas formativas que el tejido empresarial y la formación para el empleo propios de la comunidad autónoma de Aragón, se ha analizado el estudio de necesidades que el clúster TIC de Aragón ha realizado sobre la evolución de los perfiles profesionales derivados de la creciente implantación en los ámbitos industriales y empresariales del uso de las tecnologías y servicios de Computación en la nube (Cloud Computing). La competencia de definir nuevos títulos de Formación Profesional como la confección de los nuevos ciclos que deban atender a esos nuevos títulos, le corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Por todo ello, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte ha elaborado junto con Clúster Tecnara este programa formativo de especialización de formación profesional para cubrir las necesidades existentes en el ámbito profesional de la Transformación digital: Internet de las cosas Internet (IoT).

Actualmente se está desarrollando el Campus Digital A.0, que constituye un conjunto de centros que comparten su forma de concebir la formación profesional y su vocación de anticipar la digitalización. Es un espacio físico y virtual que se anticipa a la especialización de las nuevas profesiones a través de la colaboración y coparticipación con clústeres, asociaciones profesionales, entidades e instituciones, que aúna la formación, la cualificación y el empleo. Está orientado a mejorar la cualificación de las personas que habitarán y trabajarán en la sociedad del presente y del futuro. El Campus Digital A.0 afronta la digitalización y las tecnologías digitales de la Industria 4.0 con el objetivo de la máxima empleabilidad del alumnado, acercando su formación y cualificación a los puestos de trabajo emergentes demandados por las empresas de nuestro entorno.

Con el objetivo de anticipar la digitalización y de conseguir que el alumnado de Formación Profesional adquiera las competencias adecuadas, se desarrollan dentro del marco del Campus Digital los programas de especialización que darán formación específica y especializada para puestos de trabajo concretos que demandan las empresas de nuestro entorno.

Este programa de especialización no dará lugar a un título de Formación Profesional, Certificado de Profesionalidad o certificación parcial acumulable en tanto en cuanto que las competencias a adquirir no están incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El artículo 10 del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, prevé que al Departamento de Educación, Cultura y Deporte se le atribuyen la totalidad de las competencias del anterior Departamento de Educación, Cultura y Deporte y la competencia en materia de memoria democrática que correspondía al anterior Departamento de Presidencia.

Asimismo, la disposición adicional segunda del Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón contempla que las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos por este Decreto, se entenderán realizadas a los que por esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias o, en su defecto, al órgano del que dependieran.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, atribuye al mismo el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria y, en particular, en su artículo 1.2.i), la realización de programas de experimentación en el ámbito de sus competencias. También establece en el artículo 11.1. que corresponde a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional el desarrollo curricular, el diseño, la innovación y la experimentación derivada de la enseñanza de la formación profesional y de las enseñanzas de régimen especial y que esta Dirección General será la encargada de desarrollar las acciones propuestas en el Plan Aragonés de Formación Profesional encomendadas al Departamento.

Por todo lo expuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer, con carácter experimental, el programa de especialización de "Computación en la nube" en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Identificación del programa de especialización.

Denominación: "Computación en la nube".

Código: PEE03.

Duración: 600 horas.

Tercero.- Finalidad del programa de especialización.

Este programa de especialización se diseña para mejorar la empleabilidad del alumnado de formación profesional, ampliando su campo profesional y posibilitando la adquisición de nuevas competencias profesionales, personales y sociales relacionadas con el desarrollo, implantación, documentación y mantenimiento de aplicaciones y servicios en la nube, utilizando tecnologías, servicios disponibles en la nube y entornos de desarrollo específicos, garantizando la adquisición de datos, la conectividad y la seguridad de la información, del sistema y del acceso a los servicios de acuerdo en los estándares legales e industriales establecidos.

Cuarto.- Campo profesional en el que se va a ejercer la actividad.

Este perfil profesional y la especialización adquirida ejercerán su actividad en entidades públicas o privadas de cualquier tamaño, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, desempeñando su trabajo en el área de desarrollo y configuración de soluciones en computación en la nube (Cloud Computing) a través de diferentes puestos de trabajo como los que se describen a continuación:

- Arquitecto Cloud.

Responsable del diseño de la solución cloud óptima que mejor se adapte a los requisitos del negocio/cliente. Elabora las especificaciones técnicas, integrando diferentes servicios y recursos.

- Desarrollador Cloud.

Diseña y desarrolla aplicaciones para su ejecución en la nube. O bien la desarrolla directamente con los servicios cloud correspondientes (e.g. serverless), o bien integra sus aplicaciones tradicionales con servicios en la nube. También puede formar parte de un equipo de refactoring, rediseñando aplicaciones para adaptarse al cloud.

- Especialista sysops de servicios cloud.

Despliega las arquitecturas diseñadas por el arquitecto cloud, normalmente a partir de una prueba de concepto. Administra el correspondiente ciclo de vida, automatizando al máximo las tareas de gestión y control, y extremando la atención en aspectos relativos a la seguridad y a la eficiencia.

- Especialista en ciberseguridad cloud.

Diseña e implanta estrategias de inteligencia para la protección contra ciberamenazas, dando soporte a las decisiones estratégicas de negocio, y aprovecha el valor de la ciberseguridad, cumpliendo con los requerimientos regulatorios y de seguridad aplicables. Asegura los datos desde los dispositivos hasta los Data Centers y el Cloud. Mantiene la privacidad y seguridad de la información gestionada.

- Especialista DevOps.

Perfil orientado la gestión integral de proyectos de desarrollo de software que utilizan CD/CI y se orientan al despliegue automático de funcionalidad basada en arquitectura de microservicios y serverless.

- Experto en aplicaciones verticales.

Requiere formación sobre los fundamentos y estado del arte de las distintas familias de servicios cloud y su aplicación a cada negocio. Así mismo, debe poseer conocimientos de servicios SaaS.

- Analista de mercado/negocio.

Perfil orientado al diseño y ejecución de planes comerciales de venta de servicios y soluciones cloud. El analista de negocio deberá crear propuestas de valor para el negocio con el fin de generar beneficios para la empresa.

Quinto.- Perfil profesional del programa de especialización.

El perfil profesional de la especialización de "Computación en la Nube" queda determinado por las siguientes competencias profesionales, personales y sociales:

Entender los fundamentos y los campos de aplicación de la nube.

Identificar las diferentes tecnologías, servicios, arquitecturas e infraestructuras que la hacen posible.

Diseñar arquitecturas de servicios con el objetivo de ejecutar aplicaciones con el menor coste posible y basándose en modelos de buenas prácticas cumpliendo en todo momento con las especificaciones planteadas.

Programar aplicaciones integrando los servicios de la nube, beneficiándose de las ventajas y posibilidades de ésta en materia de seguridad, alta disponibilidad y escalabilidad principalmente.

Modificar aplicaciones para el correcto aprovechamiento de los servicios proporcionados por la nube y de la ejecución de código en modo serverless.

Planificar el despliegue y la puesta en marcha de arquitecturas en la nube.

Aplicar modelos de buenas prácticas en materia de operación y explotación de soluciones construidas en la nube.

Diseñar y operar arquitecturas híbridas, conectando de manera segura servicios de nube pública con servicios de nube privada, incluyendo escenarios de recuperación ante desastres.

Plantear modelos y planes de negocio basados en la nube.

Comprender la importancia de la seguridad en el diseño e implementación de arquitecturas en la nube.

Utilizar el razonamiento para la generación de ideas y la resolución de problemas.

Reforzar el pensamiento analítico y la actividad innovadora.

Adoptar rutinas de aprendizaje activo con diferentes estrategias.

Potenciar la creatividad, la originalidad y la iniciativa propia.

Desarrollar el pensamiento crítico y la capacidad de análisis.

Abordar la resolución de problemas complejos.

Abordar el análisis y evaluación de sistemas.

Reforzar la capacidad de liderazgo e influencia.

Gestionar su carrera profesional, analizando las oportunidades de empleo, autoempleo y de aprendizaje.

Mantener el espíritu de innovación y actualización en el ámbito de su trabajo para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos de su entorno profesional.

Crear y gestionar una pequeña empresa, realizando un estudio de viabilidad de productos, de planificación de la producción y de comercialización.

Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural, con una actitud crítica y responsable.

Sexto.- Prospectiva de la especialización en el sector o sectores empresariales.

1. Dirigirnos hacia una sociedad de interrelación gestionada a través de internet en el que los dispositivos aportan información y pueden ser controlados y configurados para los servicios y aplicaciones que aporten valor añadido a la organización y poder compartir ésta de forma adecuada. En esta línea, el desarrollo de plataformas multidisciplinares adquiere cada vez más importancia, y en estas plataformas el modelo para compartir y organizar la información contenida de forma segura es fundamental.

2. La formación adquiere cada vez más importancia en sociedades altamente desarrolladas, y los rápidos avances y cambios tecnológicos del sector hacen que se demanden profesionales con una actitud favorable hacia la autoformación. Una característica fundamental de este perfil contemplaría la integración y diseño de despliegue de arquitecturas en la nube que aporten, gestionen y/o reciban información para un tratamiento global que permita mejorar la eficacia del sistema u organización en el que se hallen.

3. Otra característica cada vez más importante para este perfil se basa en asegurar la integridad, consistencia y accesibilidad de los datos. Las tareas de tratamiento y transferencia de datos e información deberán realizarse conforme a la normativa legal que regula tales aspectos.

Séptimo.- Bases del desarrollo del programa de especialización.

1. El programa de especialización permitirá la adquisición de un conjunto de competencias profesionales mediante un proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrollará en modalidad dual. La actividad formativa se desarrollará en un centro de formación profesional y en las empresas. La actividad laboral se desarrollará en empresas del sector de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación y en un puesto de trabajo vinculado a las competencias para las que prepara el programa de especialización.

2. La actividad formativa del programa de especialización se desarrollará en base a las áreas de formación definidas en el anexo I de esta Resolución. El programa se organiza en seis áreas de formación.

3. La actividad formativa será impartida, de forma conjunta, por profesorado de alguna de las especialidades referidas en el anexo II y por otros formadores, profesionales de las empresas con la cualificación necesaria, de acuerdo a los requisitos expresados en el anexo III. Dadas las características de especialización de este programa, la suma de horas impartidas por el profesorado de alguna de las especialidades referidas en el anexo II, exceptuando el área de formación de proyecto final, no será mayor del 35% de la duración total del mismo.

4. Cada área de formación viene definida por las destrezas y habilidades a conseguir por el alumnado y los criterios de valoración a utilizar para medir el logro de las mismas.

5. Las áreas de formación de este programa de especialización quedan desarrolladas en el anexo I de esta Resolución, y son las siguientes:

- Fundamentos de Cloud Computing. Desarrollo laboral y casos de uso: 80 horas.

- Diseño e implantación de arquitecturas Cloud Computing.

- Gestión de operaciones en Cloud Computing.

- Desarrollo de aplicaciones en Cloud Computing.

- Seguridad en Cloud Computing.

- Proyecto final.

6. El área de proyecto final será tutorizado por profesorado de alguna de las especialidades referidas en el anexo II.

Octavo.- Objetivos generales.

Los objetivos generales de este curso de especialización son los siguientes:

Comprender el concepto de cloud computing, o computación en nube, y sus orígenes tecnológicos.

Conocer el estado del arte actual y las barreras de adopción de la computación en nube.

Definir los servicios que es posible desplegar en la nube y la arquitectura y modelos de despliegue.

Reconocer los aspectos económicos de rentabilidad de los despliegues en la nube.

Identificar las amenazas de seguridad a las infraestructuras y los despliegues en nube.

Enumerar las diferentes aplicaciones y los casos de uso de la computación en nube.

Definir arquitecturas de soluciones en base a criterios de diseño cloud y a los requisitos formulados por el cliente.

Dirigir el proceso de implementación de la arquitectura diseñada siguiendo las mejores prácticas durante todo el ciclo de vida del proyecto en cuestión.

Desplegar arquitecturas robustas y seguras para la ejecución de aplicaciones en la nube.

Desplegar, gestionar y operar sistemas cloud escalables, de alta disponibilidad y tolerantes a fallos.

Implementar y controlar el flujo de datos desde/hacia la nube.

Seleccionar el servicio cloud más apropiado en base a requisitos de computación, almacenamiento de datos y seguridad.

Identificar el uso apropiado de las mejores prácticas de operaciones en la nube.

Estimar los costes de uso de una solución cloud a la vez que identificar mecanismos de control de costes en la nube.

Migrar cargas de trabajo desde on-premise a la nube.

Comprender los servicios principales la nube, sus usos principales y las mejores prácticas en materia de diseño de arquitecturas de aplicaciones.

Desarrollar, desplegar y depurar aplicaciones basadas en el cloud utilizando servicios ad-hoc proporcionados por la nube.

Desarrollar, desplegar y depurar aplicaciones serverless.

Conocer los mecanismos de protección de la información en la nube.

Conocer los distintos métodos de encriptación de datos y los mecanismos para implementarlos en la nube.

Conocer los protocolos de comunicaciones seguras en Internet y los mecanismos para implementarlos hacia /desde/dentro de la nube.

Conocer los distintos servicios de seguridad disponibles en la nube con el objetivo de garantizar un entorno productivo seguro.

Entender las operaciones de seguridad en la nube y los riesgos asociados.

Disponer de casos de éxito y buenas prácticas en cada sector económico de aplicación del Cloud Computing.

Disponer de las herramientas necesarias para la obtención de un conocimiento actualizado del mercado y sus soluciones (inteligencia competitiva).

Analizar modelos de negocio vinculados al Cloud Computing en los diferentes sectores económicos para su réplica y adaptación a otras soluciones y mercados.

aa) Identificar idoneidad, retos y barreras a franquear, a la luz de las diferentes soluciones y los diferentes modelos de negocio posibles, en el proceso de diseño y construcción de soluciones cloud comerciales.

Noveno.- Alumnado participante.

1. Podrá participar en este programa de especialización, el alumnado que haya finalizado alguno de los siguientes Ciclos Formativos de Grado Superior en la Comunidad Autónoma de Aragón:

2. Excepcionalmente, podrá incluirse dentro del programa de especialización a alumnado que estén realizando el módulo profesional de formación en centros de trabajo en los ciclos formativos anteriormente reseñados, así como a profesionales que sean propuestos para ello por las empresas que cumplan los requisitos de experiencia y formación que se establezcan. La Dirección General competente en materia de formación profesional podrá autorizar la participación de estas personas por razones que justifiquen esta excepcionalidad.

Décimo. - Profesorado y formadores del programa de especialización.

1. En la actividad formativa del programa de especialización intervendrá profesorado de alguna de las especialidades referidas en el anexo II y otros formadores, profesionales de las empresas con la cualificación necesaria, de acuerdo a los requisitos expresados en el anexo III.

2. El profesorado y los formadores de cada área de formación tendrán, al menos, las siguientes funciones:

a) Elaborar la programación de la o las áreas de formación de su responsabilidad, detallando los contenidos asociados a las destrezas y habilidades a conseguir, la planificación de las actividades formativas y los procedimientos de evaluación y criterios de calificación.

b) Participar en el diseño y la planificación del programa formativo individualizado.

c) Coordinar el desarrollo de las actividades formativas de las áreas de formación de su competencia, tanto en el centro docente como en la empresa, en colaboración con el tutor de empresa.

d) Desarrollar los procedimientos de evaluación descritos en su programación, así como cumplimentar la documentación derivada de los mismos.

e) Informar al alumnado, antes del inicio del programa, de las características del proceso de evaluación y los criterios de calificación.

f) Participar en el desarrollo de una memoria final a la conclusión del programa junto con el resto de agentes implicados.

3. La Dirección General competente en materia de formación profesional seleccionará al profesorado y formadores que de acuerdo a su curriculum pueda desarrollar de la mejor manera posible las diferentes áreas de formación.

Undécimo. - Programa formativo individualizado.

1. Partiendo de las destrezas y habilidades a adquirir, el coordinador del programa acordará con el tutor de la empresa colaboradora, un programa formativo individualizado en el que se recogerán los aspectos organizativos y formativos referidos a la estancia del alumnado en la empresa.

2. En dicho programa quedará detallada la temporalización de la estancia del alumnado en la empresa, así como las actividades formativas que el alumnado deberá realizar en la empresa de modo que contribuyan a alcanzar las destrezas y habilidades del programa de especialización.

Duodécimo. - Evaluación del alumnado.

1. La evaluación del alumnado será responsabilidad del profesorado y formadores de las áreas de formación, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de las empresas en relación a las destrezas y habilidades a adquirir previstas. La valoración del grado de consecución de las destrezas y habilidades establecidas en el programa de especialización se hará tomando como referencia los criterios de valoración establecidos para cada área de formación.

2. El tutor de empresa recogerá en un documento, el grado de adquisición de las destrezas y habilidades que se recogen en los programas formativos individualizados que se indican en la instrucción undécima. El documento se cumplimentará antes de la evaluación final del programa.

3. El profesorado y los formadores de cada área de formación realizarán el seguimiento del desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje, utilizando para ello los instrumentos y los procedimientos previamente establecidos en la programación de cada área.

4. Al menos, deberán realizarse dos sesiones de evaluación para valorar el grado de seguimiento del programa por el alumnado matriculado. El coordinador del programa informará al alumnado de las calificaciones obtenidas en cada una de las áreas y de las orientaciones a seguir para una mejor adquisición de los objetivos del programa de especialización

5. Al finalizar el programa de especialización se cumplimentará un acta de evaluación final, que será firmada por todo el profesorado y formadores del programa. Una copia del acta será remitida a la Dirección General competente en materia de formación profesional que procederá a emitir las certificaciones correspondientes a las personas que sean evaluadas positivamente en el mismo.

Decimotercero. - Memoria final del programa de especialización.

El coordinador realizará una memoria final del programa en las que se recogerán los aspectos que determine la Dirección General competente en materia de formación profesional.

Decimocuarto. - Seguimiento y evaluación del programa de especialización.

La Dirección General competente en materia de formación profesional realizará el seguimiento y evaluación del programa de especialización.

Decimoquinto. - Ordenación curricular y evaluación del alumnado.

Todos los aspectos relativos a ordenación curricular y a evaluación no recogidos en esta resolución se regirán por las normas que con carácter general que regulan las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.

Decimosexto. - Instrucciones de desarrollo.

La Dirección General competente en materia de formación profesional podrá emitir instrucciones complementarias para el desarrollo de este programa de especialización.

Decimoséptimo. - Efectos.

Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de febrero de 2020.

El Director General de Innovación y Formación Profesional,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS