RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2015, del Director General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, por la que se renueva la autorización de la empresa Talleres Gaustin SL como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO y Stoneridge con la contraseña en el registro especial E9135AB22004.
Visto el escrito presentado por D. Gregorio Agustín de Dios, como representante legal de Talleres Gaustin, S.L. con domicilio social en la Ctra N-II km 439 de Fraga (Huesca), por el que solicita la renovación de la autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO y Stoneridge, en su centro técnico ubicado en la Ctra N-II km 439 de Fraga (Huesca).
Visto el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.
Visto el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca.
Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 7 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:
Primero.- Renovar, por un plazo de un año, la autorización de la empresa Talleres Gaustin, S.L. como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO y Stoneridge en su centro técnico situado en en la Ctra N-II km 439 de Fraga, provincia de Huesca. Con la contraseña E9135AB22004.
Segundo.- La validez de esta autorización está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.
Tercero.- La siguiente renovación de la autorización como centro técnico de tacógrafos digitales deberá solicitarse a la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía a través de los Servicios Provinciales correspondientes, dentro de los dos meses anteriores a la finalización de su periodo de vigencia y al menos quince días antes de que expire éste.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 4.1. a) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.
Zaragoza, 7 de octubre de 2015.
El Director General de Industria,
Pymes, Comercio y Artesanía,
FERNANDO FERNÁNDEZ CUELLO