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ORDEN de 19 de junio, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se resuelve la convocatoria de acreditación de centros educativos como Escuelas Promotoras de Salud de 2012.

Publicado el 17/07/2013 (Nº 139)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Mediante Orden de 4 de junio de 2012, del consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, se realizó la convocatoria para la acreditación de centros educativos en la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud del año 2012. Dicha orden se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", núm. 121, de 22 de junio de 2012.

El 30 de noviembre de 2012, se reunió la Comisión Mixta de Salud y Educación para la Promoción de la Salud de los Departamentos de Sanidad, Bienestar Social y Familia, y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, para llevar a cabo la evaluación de las solicitudes conforme a los requisitos definidos en la cláusula tercera de la convocatoria:

1. Compromiso del centro para ser una escuela promotora de salud siguiendo los criterios establecidos por la Red Europea de Escuelas Promotoras de Salud por un periodo de tres años renovable. Requisito recogido en el criterio obligatorio 1.3 del cuestionario de acreditación (anexo 1 de la convocatoria).

2. Integración de la promoción de la salud en la dinámica del centro y recogida en los documentos de organización y funcionamiento del centro (proyecto educativo de centro, programación general anual y en el proyecto curricular). El centro educativo tiene que poseer una experiencia previa de al menos un curso escolar de promoción de la salud. Requisito recogido en los criterios obligatorios 1.2, 3.1, 3.2, 3.3 y 4 del cuestionario de acreditación (anexo 1 de la convocatoria).

3. Formación de un equipo de trabajo con un/a coordinador/a que garantice la actuación educativa en todo el centro. Se considera que al menos un 25% del profesorado y del alumnado del centro deben estar implicados en las actuaciones de promoción de la salud. Requisito recogido en los criterios obligatorios 1.1, 1.6 y 1.7 del cuestionario de acreditación (anexo 1 de la convocatoria).

4. Relación del centro con su entorno. El centro promoverá la participación de las familias en las actuaciones de salud. Requisito recogido en el criterio obligatorio 1.5 del cuestionario de acreditación (anexo 1 de la convocatoria).

5. Sistemática de evaluación y calidad de las actuaciones. El centro educativo valora los procesos y resultados realizados de promoción de la salud y están integrados en el sistema de evaluación del centro. Requisito recogido en el criterio obligatorio 3.4 del cuestionario de acreditación (anexo 1 de la convocatoria).

La Comisión Mixta de Salud y Educación para la Promoción de la Salud ha procedido a evaluar los proyectos presentados, acordando proponer la acreditación como nuevas Escuelas Promotoras de Salud a un total de 10 centros educativos y la renovación de la acreditación de otros 46 centros que han alcanzado una puntuación superior a cincuenta puntos.

Por ello, y de acuerdo con lo establecido en la Orden de 4 de junio de 2012, del consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se hizo pública la convocatoria para la acreditación de centros educativos como Escuelas Promotoras de Salud del año 2012, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero.- Acreditar como nuevas Escuelas Promotoras de Salud, por un período de tres años, e integrarlos en la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud, a los centros educativos que se relacionan a continuación:

1. Centro: I.E.S. Fernando Lázaro Carreter. Código: 44022. Localidad: Utrillas Provincia: Teruel.

2. Centro: C.R.A. Turia Código: 44023. Localidad: San Blas Provincia: Teruel

3. Centro: C.E.I.P. Ramiro Solans. Código: 50052. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

4. Centro: C.R.A. Bajo Gállego. Código: 50053. Localidad: Leciñena Provincia: Zaragoza.

5. Centro: Colegio Sagrada Familia. Código: 50054. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

6. Centro: C.E.I.P. Gaspar Remiro. Código: 50055. Localidad: Épila Provincia: Zaragoza.

7. Centro: C.E.E. San Antonio Código: 50056. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

8. Centro: I.E.S. Cinco VIllas. Código:50057. Localidad: Ejea de los Caballeros Provincia: Zaragoza.

9. Centro: I.E.S. Pablo Serrano. Código: 50058. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

10. Centro: C.E.I.P. Ronda Norte Código: 50059. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

Segundo.- Renovar la acreditación como Escuelas Promotoras de Salud de la Red Aragonesa, por un período de tres años, a los centros educativos que se relacionan a continuación:

1. Centro: I.E.S. Pirámide. Código: 22001. Localidad: Huesca. Provincia: Huesca.

2. Centro: Colegio San Viator. Código: 22002. Localidad: Huesca. Provincia: Huesca.

3. Centro: C.P.E.E. La Alegría. Código: 22006. Localidad: Monzón. Provincia: Huesca.

4. Centro: C.R.A. Alta Ribagorza. Código: 22007. Localidad: Benasque. Provincia: Huesca.

5. Centro: C.P. Pedro I. Código: 22008. Localidad: Barbastro. Provincia: Huesca.

6. Centro: I.E.S. Bajo Cinca. Código: 22009. Localidad: Fraga. Provincia: Huesca.

7. Centro: C.P. Puente Sardas. Código: 22010. Localidad: Sabiñánigo. Provincia: Huesca.

8. Centro: C.P. La Laguna. Código: 22011. Localidad: Sariñena. Provincia: Huesca.

9. Centro: Colegio Domingo Savio. Código: 22012. Localidad: Monzón. Provincia: Huesca.

10. Centro: I.E.S. Sierra de Guara. Código: 22014. Localidad: Huesca. Provincia: Huesca.

11. Centro: Colegio San Vicente de Paúl. Código: 22015. Localidad: Barbastro. Provincia: Huesca.

12. Centro: C.R.A. Pablo Antonio Crespo. Código: 44001. Localidad: Aliaga. Provincia: Teruel.

13. Centro: C.R.A. Algars. Código: 44002. Localidad: Cretas. Provincia: Teruel.

14. Centro: I.E.S. Gúdar-Javalambre. Código: 44003. Localidad: Mora de Rubielos. Provincia: Teruel.

15. Centro: C.P.E.E. Gloria Fuertes. Código: 44006. Localidad: Andorra. Provincia: Teruel.

16. Centro: C.R.A. Palmira Pla - Cedrillas. Código: 44007. Localidad: Cedrillas. Provincia: Teruel.

17. Centro: C.P. Educación Especial Arboleda. Código: 44008. Localidad: Teruel. Provincia: Teruel.

18. Centro: C.R.A. Goya. Código: 44009. Localidad: Caminreal. Provincia: Teruel.

19. Centro: I.E.S. Pedro Lain Entralgo. Código: 44010. Localidad: Híjar. Provincia: Teruel.

20. Centro: C.P. Román García. Código: 44011. Localidad: Albalate del Arzobispo. Provincia: Teruel.

21. Centro: C.P. Montecanal. Código: 50001. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

22. Centro: C.P. Santo Domingo. Código: 50002. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

23. Centro: CPEA La Almunia. Código: 50003. Localidad: La Almunia. Provincia: Zaragoza.

24. Centro: I.E.S. Francisco Grande Covián. Código: 50004. Localidad: Zaragoza. Província: Zaragoza.

25. Centro: C.P. Galo Ponte. Código: 50005. Localidad: San Mateo de Gállego. Provincia: Zaragoza.

26. Centro: Colegio la Milagrosa. Código: 50006. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

27. Centro: Colegio Ntra. Sra. del Carmen y San José. Código: 50007. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

28. Centro: Colegio Santa Ana de Calatayud. Código: 50008. Localidad: Calatayud. Provincia: Zaragoza.

29. Centro: I.E.S. María Moliner. Código: 50009. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

30. Centro: Colegio Condes de Aragón. Código: 50010. Localidad: Venta del Olivar. Provincia: Zaragoza.

31. Centro: C.P. Valdespartera. Código: 50011. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

32. Centro: C.P. Ramón y Cajal (Pina de Ebro). Código: 50012. Localidad: Pina de Ebro. Provincia: Zaragoza.

33. Centro: I.E.S. Miguel Servet. Código: 50013. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

34. Centro: Colegio Obra Diocesana de Santo Domingo de Silos. Código: 50014. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

35. Centro: C.E.E. Privado San Martín de Porres. Código: 50015. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

36. Centro: C.P. Hermanos Argensola de Zaragoza. Código: 50016. Localidad: Montañana. Provincia: Zaragoza.

37. Centro: I.E.S. Santiago Hernández. Código: 50017. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

38. Centro: C.P. Fernando El Católico de Zaragoza. Código: 50018. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

39. Centro: C.P. Antonio Martínez Garay. Código: 50019. Localidad: Casetas. Provincia: Zaragoza.

40. Centro: CEIP Cándido Domingo Código: 50020. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza.

41. Centro: CEIP Comarcal Belia. Código: 50021. Localidad: Belchite. Provincia: Zaragoza

42. Centro: C.P.E.E. Rincón de Goya. Código: 50022. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza

43. Centro: C.P. La Almozara. Código: 50023. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza

44. Centro: IES Félix de Azara. Código: 50024. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza

45. Centro: Colegio Ntra. Sra. del Castillo. Código: 50026. Localidad: Alagón. Provincia: Zaragoza.

46. Centro: CEIP Tenerías. Código: 50027. Localidad: Zaragoza. Provincia: Zaragoza

47. Centro: CRA María Moliner. Código: 50030. Localidad: El Burgo de Ebro. Provincia: Zaragoza.

Tercero.-

Por no alcanzar los criterios y requisitos establecidos como Escuelas Promotoras de Salud se deniega la acreditación en los siguientes casos.

1. Respecto a las solicitudes realizadas por nuevos centros no integrados en la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud, se deniega la acreditación a los siguientes centros:

1. Centro: I.E.S. Bajo Aragón. Código: 44024. Localidad: Alcañiz. Provincia: Teruel.

Motivo: No presentar la documentación requerida establecida en la cláusula Cuarta de la orden de convocatoria (anexo 1).

2. Centro: C.R.A. Muniesa. Código: 44025. Localidad: Muniesa Provincia: Teruel.

Motivo: No presentar la documentación requerida establecida en la cláusula Cuarta de la orden de convocatoria (anexo 1).

3. Centro: C.E.I.P. Miguel Vallés. Código: 44026. Localidad: Teruel. Provincia: Teruel.

Motivo: No presentar la documentación requerida establecida en la cláusula Cuarta de la orden de convocatoria (anexo 1). No alcanzar el requisito de formación de un equipo de trabajo con un coordinador/a, por no cumplir con el criterio obligatorio 1.1 establecido en la cláusula Tercera de la orden de convocatoria.

4. Centro: C.R.I.E. Venta del Olivar. Código: 50051. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

Motivo: No cumplir con el requisito de desarrollo estable de programas de educación para la salud promovidos por el Gobierno de Aragón o por otras entidades acreditadas, criterio 4 establecido en la cláusula Tercera de la orden de convocatoria.

5. Centro: Asociación Utrillo. Código: 50060. Localidad: Zaragoza Provincia: Zaragoza.

Motivo: No ser un centro educativo, de acuerdo con la cláusula Tercera de la orden de convocatoria.

2. Respecto a las solicitudes realizadas por aquellos centros que han concluido el periodo de tres años de su primera acreditación en la Red Aragonesa, se deniega en los siguientes casos:

1. Centro: I.F.P.E. Montearagón. Código: 22004. Localidad: Huesca. Provincia: Huesca.

Motivo: No alcanzar el requisito de formación de un equipo de trabajo con un coordinador/a, por no cumplir con el criterio obligatorio 1.1 establecido en la cláusula Tercera de la orden de convocatoria.

2. Centro: C.R.A. Albarracín. Código: 44005. Localidad: Albarracín. Provincia: Teruel.

Motivo: No presentar la documentación requerida establecida en la cláusula Cuarta de la orden de convocatoria (anexo 1).

Cuarto.- Trasladar el presente acuerdo a los solicitantes y a cuantos Servicios corresponda.

Quinto.- En el anexo 1 de la presente orden se recoge el listado vigente de los centros educativos pertenecientes a la Red Aragonesa de las Escuelas Promotoras de Salud.

La presente orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia en el plazo de un mes desde su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Asimismo podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

Zaragoza, 19 de junio de 2013.- El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, Ricardo Oliván Bellosta