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ORDEN de 26 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se modifica el procedimiento de pago de las subvenciones establecido en la Orden de 2 de abril de 2014, por la que se convocan ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2014.

Publicado el 17/09/2014 (Nº 182)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden de 2 de abril de 2014 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, "Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 21 de abril de 2014, se convocaron ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2014.

En el apartado decimosegundo de dicha orden se establece que el pago de las subvenciones que se concedan se hará efectivo necesariamente de forma anticipada en un 60%, procediendo el pago del 40% restante una vez que la entidad beneficiaria haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada la subvención.

Sin embargo, como consecuencia de circunstancias sobrevenidas, derivadas de la implantación de novedades en el procedimiento de gestión, a la vista de la fase en la que se encuentra el procedimiento de concesión, el pago anticipado puede carecer de la función y eficacia atribuida en principio para la financiación de las actuaciones a subvencionar.

Así, para asegurar la mayor eficacia del procedimiento de pago previsto se entiende de utilidad la modificación del apartado decimosegundo de dicha orden, al objeto de facilitar a los beneficiarios la elección del procedimiento de pago de la subvención concedida, considerando el pago anticipado una opción elegible por el beneficiario.

Por ello, a propuesta del Director General de Cultura, dispongo

Único. Modificar el apartado decimosegundo de la Orden de 2 de abril de 2014 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, "Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 21 de abril de 2014, por la que se convocaron ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2014, que queda redactado como sigue:

"Decimosegundo.- Pago de las subvenciones.

1. El pago de la subvención concedida se liquidará una vez que la entidad beneficiaria haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada la subvención y haya justificado la realización del proyecto o actividades y el gasto realizado, teniendo en cuenta todo lo dispuesto en el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, y la presente orden.

2. No obstante, la entidad beneficiaria podrá solicitar, en el momento de la aceptación de la subvención, el anticipo de hasta el 60% de la subvención concedida. En tal caso, el pago de la subvención se efectuará del modo siguiente:

a) El 60% de la cuantía concedida, se hará efectivo de forma anticipada de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 del Decreto 38/2006, de 7 de febrero, tras la aceptación de la subvención por la Entidad Local beneficiaria en virtud del artículo 15 del mencionado Decreto.

b) El 40% restante, es decir, hasta completar la totalidad de la cantidad concedida, se liquidará una vez que la entidad beneficiaria haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada la subvención y haya justificado la realización del proyecto o actividades, el gasto realizado y su correspondiente pago, teniendo en cuenta todo lo dispuesto en el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, y la presente orden.

3. En cualquier caso, corresponde al Director General de Cultura expedir las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención, a efectos de su pago."

Zaragoza, 26 de agosto de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad,

Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ