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ORDEN PRE/802/2019, de 27 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania durante el año 2019.

Publicado el 10/07/2019 (Nº 133)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Mediante Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, modificada por la Orden PRE/1622/2018, de 8 de octubre, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 27 de diciembre de 2017).

Por Orden PRE/10/2019, de 17 de enero ("Boletín Oficial de Aragón", número 16, de 24 de enero de 2019) se convocaron subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania durante el año 2019.

De conformidad con lo establecido en el apartado octavo de dicha convocatoria, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y de subsanación de las mismas, con fecha 15 de mayo de 2019 se reunió la Comisión de Valoración (cuyos miembros fueron designados mediante Resolución de 13 de mayo de 2019, del Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario) al objeto de proceder a la valoración de las solicitudes de subvención, aplicando los criterios de valoración contenidos en el apartado Noveno de la Orden de convocatoria, y teniendo en cuenta, asimismo, la valoración del interés de los proyectos desde el punto de vista de la cooperación transfronteriza realizada, en su reunión por videoconferencia del 6 de mayo de 2019, por la Comisión Mixta Occitania-Aragón, (prevista en el artículo 5 del convenio Marco de Cooperación Transfronteriza entre el Consejo Regional de Occitania y el Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 130, de 8 de julio de 2015).

La Comisión de Valoración emitió Informe de fecha 15 de mayo de 2019, en el que se concreta el resultado de la evaluación efectuada, los criterios aplicados y la puntuación otorgada a cada uno de los proyectos de cooperación.

Dicho Informe fue elevado al órgano instructor del procedimiento, quien, a la vista del mismo y del contenido del expediente, formuló, con fecha de 7 de junio de 2019, Propuesta de Resolución del Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania, habiéndose prescindido del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.

De conformidad con lo expuesto en el artículo 14 de la Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania, y en el artículo Décimo de la Orden PRE/10/2019, de 17 de enero, de convocatoria, evacuados los trámites preceptivos, y de acuerdo con la propuesta de Resolución formulada por el órgano instructor, resuelvo:

Primero.- Conceder una subvención a los entes públicos y entidades sin ánimo de lucro que se relacionan a continuación, para la realización de los proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania, durante el año 2019:

Entes públicos. Con cargo a la aplicación presupuestaria G/10040/1311/440051/91002:

1. Cámara de Comercio e Industria de Teruel

Título del proyecto: "Comercio del futuro".

Puntuación: 17 puntos sobre 20.

Subvención solicitada: 10.000 €.

Subvención otorgada: 8.500 €.

2. Universidad de Zaragoza - Oficina de Proyectos Europeos

Título del Proyecto: "Nuevas prácticas de preservación de la diversidad lingüística".

Puntuación: 19,50 puntos sobre 20.

Subvención solicitada: 12.097,69 €.

Subvención otorgada: 11.795,25 €.

3. Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón

Título del proyecto: "Desarrollo de un módulo de formación a distancia para el manejo integrado de plagas en horticultura".

Puntuación: 15 puntos sobre 20.

Subvención solicitada: 4.500 €.

Subvención otorgada: 3.375 €.

Entidades sin ánimo de lucro. Con cargo a la aplicación presupuestaria: G/10040/1311/480026/91002:

1. Red de Economía Alternativa Solidaria de Aragón (REAS)

Título del proyecto: "Transferencia de experiencias en emprendimiento desde la economía social y solidaria y fórmulas de financiación desde el compromiso social".

Puntuación: 16,50 puntos sobre 20.

Subvención solicitada: 6.420,15 €.

Subvención otorgada: 5.296,62 €.

Segundo.- No conceder subvención a la "Asociación Cultural Blincagüesa", al no obtener, en la fase de evaluación, la puntuación mínima de 10 puntos requerida para poder recibir financiación, de conformidad con lo previsto en el artículo noveno.2 de la Orden de convocatoria.

Esta Orden se acompaña de un anexo en el que se especifica la puntuación obtenida en cada apartado del baremo, según los criterios objetivos de otorgamiento establecidos en el artículo noveno de la Orden de convocatoria.

Tercero.- Declarar la inadmisión de la solicitud de subvención presentada por la "Asociación de Hermanamiento de Aniñón", por incumplimiento del requisito de admisibilidad previsto en el artículo segundo.4 de la Orden de convocatoria, en el que se establece que "los beneficiarios deberán presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Occitania, siendo necesario que el socio francés presente, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania", al no presentar su socio francés solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania.

Cuarto.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo undécimo de la Orden de convocatoria, no será necesaria la aceptación expresa de las subvenciones, y ésta se producirá tácitamente con la presentación de la documentación justificativa de la subvención. No obstante, tras la publicación o notificación personal, el beneficiario podrá renunciar expresamente a la subvención concedida, debiendo comunicarlo por escrito al Director General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario.

Quinto.- La justificación y pago de las subvenciones que se conceden en la presente Orden se harán efectivos según lo previsto en los apartados decimocuarto y decimoquinto de la Orden de convocatoria, y el plazo para justificar finalizará, en todo caso, el 15 de noviembre de 2019.

Sexto.- Los beneficiarios se obligan a cumplir con todas las obligaciones recogidas en la Orden de convocatoria, en la Orden de bases reguladoras, y en la normativa vigente en materia de subvenciones y de transparencia. En particular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 g) de la Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del objeto de la subvención, haciendo constar la colaboración del Gobierno de Aragón mediante la utilización del logo correspondiente, previa solicitud del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y su notificación a los interesados en el domicilio que éstos hayan hecho constar en la solicitud de la subvención, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en materia del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente, y con carácter previo, recurso de reposición ante el Consejero de Presidencia, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden, según dispone la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de junio de 2019.

El Consejero de Presidencia

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO