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ORDEN PRE/801/2019, de 27 de junio, por la que se aprueba la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención integrada por los municipios de Albentosa, Olba y San Agustín y la creación de dos nuevas integradas la primera, por los municipios de Albentosa y San Agustín y la segunda por los municipios de Olba y Nogueruelas.

Publicado el 10/07/2019 (Nº 133)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en los artículos 251 y 252 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, artículo 9 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y artículos 90 y siguientes del Decreto 346/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Población de las Entidades Locales de Aragón y, visto el expediente tramitado por los Ayuntamientos de Albentosa, Olba, San Agustín y Nogueruelas, así como el informe favorable emitido por la Diputación Provincial de Teruel mediante Decreto de su Presidencia de 22 de junio de 2019, este Departamento en ejercicio de las atribuciones que le están conferidas por el artículo 252.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, ha dispuesto:

Primero.- Aprobar la disolución de la Agrupación de los municipios de Albentosa, Olba y San Agustín, para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría-Intervención.

Segundo.- Aprobar la constitución de la Agrupación de los municipios de Albentosa y San Agustín, para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría-Intervención, con capitalidad en el municipio de Albentosa.

Tercero.- Aprobar la constitución de la Agrupación de los municipios de Olba y Nogueruelas, para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría-Intervención, con capitalidad rotatoria, por periodos bianuales, desde su constitución.

Cuarto.- Aprobar los Estatutos por los que habrán de regirse las citadas Agrupaciones.

Quinto.- Esta disposición será eficaz al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 27 de junio de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO