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ORDEN PRI/176/2020, de 24 de febrero, por la que se dispone la publicación de la Adenda de aprobación de la prórroga al convenio de colaboración entre la Universidad de Zaragoza y la Fundación Emprender en Aragón, para el desarrollo de actividades de la Cátedra Emprender de la Universidad de Zaragoza.

Publicado el 09/03/2020 (Nº 47)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2020/4/0003, la Adenda suscrita, con fecha 10 de enero de 2020, por el Presidente de la Fundación Emprender en Aragón y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 24 de febrero de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

APROBACIÓN PRÓRROGA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Y LA FUNDACIÓN EMPRENDER EN ARAGÓN, PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE LA CÁTEDRA EMPRENDER DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

En Zaragoza, a 10 de enero de 2020.

De una parte, D. Arturo Aliaga López, actuando en nombre y representación de la Fundación Emprender en Aragón, en calidad de Presidente del Instituto Aragonés de Fomento, en virtud del nombramiento por Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se nombra Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 153, de 6 de agosto de 2019, entidad Patrona que ostenta la Presidencia de la Fundación Emprender en Aragón, con domicilio en Zaragoza, C/ Valenzuela, número 9, provista de C.I.F. G-50693191, constituida ante el Notario de Zaragoza, D. José Enrique Cortés Valdés, el día 12 de septiembre de 1996, número 3568 de protocolo; adaptados sus Estatutos a lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en escritura otorgada en Zaragoza, a 2 de marzo de 2006 ante el Notario D. Gonzalo Divar Loyola, número 774 de protocolo. Inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el número 21, por Orden de 13 de noviembre de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales de la Diputación General de Aragón.

De otra parte, D. José Antonio Mayoral Murillo, en nombre y representación de la Universidad de Zaragoza, en ejercicio de su cargo de Rector, para el que fue nombrado por Decreto 40/2016, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón. Se encuentra facultado para este acto en virtud de la representación legal señalada en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 62 del Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, modificados por Decreto 27/2011, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, con domicilio social en c/ Pedro Cerbuna, número 12, (50009) Zaragoza, provista de C.I.F. Q-5018001-G.

Las partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir la siguiente prórroga y, a tal efecto

Primero.- Que la Fundación Emprender en Aragón y la Universidad de Zaragoza suscribieron en fecha 2 de diciembre de 2019 un convenio de colaboración para el desarrollo de actividades de la Cátedra Emprender de la Universidad de Zaragoza.

Segundo.- Que la cláusula séptima del mencionado convenio, relativa a la vigencia, establece lo siguiente: "El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019. Se propondrá su renovación por periodos anuales, previa comunicación por escrito de alguna de las partes al menos con un mes de antelación a la fecha del vencimiento. La última prórroga del convenio hasta alcanzar la fecha de finalización del plazo de vigencia previsto podrá tener una duración inferior al año. En todo caso, deberán finalizarse las actuaciones pendientes".

Tercero.- Que propuesta la renovación del convenio, según con lo establecido en la cláusula séptima, ambas partes acuerdan prorrogar el convenio para el ejercicio 2020 y en las mismas condiciones.

Cuarto.- Comunicar este acuerdo al Registro de Convenios.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad con todo lo anterior, las partes firman por triplicado ejemplar y a un solo efecto el presente convenio, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.