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ORDEN de 29 de octubre de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón, para la realización de actuaciones de fomento de la internacionalización de las empresas aragonesas.

Publicado el 12/11/2014 (Nº 222)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0155 la adenda al convenio de colaboración suscrita, con fecha 24 de septiembre de 2014, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 29 de octubre de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ARAGÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE FOMENTO DE LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS ARAGONESAS

En Zaragoza, a 24 de septiembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte: El Excmo. Sr. D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en nombre y representación del Gobierno de Aragón.

De otra: El Sr. D. Fernando Callizo Oliván, en calidad de Presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón, elegido en Asamblea general, celebrada válidamente, el día 19 de noviembre de 2013, de acuerdo con el artículo 26 de los estatutos de la Confederación de Empresarios de Aragón.

Reconociéndose ambas partes capacidad jurídica para formalizar la presente adenda.

EXPONEN

1.º Que el 25 de marzo de 2014, se firmó un convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón, para la realización de actuaciones de fomento de la internacionalización de las empresas aragonesas.

2.º Que en su cláusula sexta, relativa a "justificación", se establece que:

"Para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, la Confederación de Empresarios de Aragón deberá justificar la ejecución de una inversión de, al menos, 70.000 €, antes del 20 de septiembre de 2014, mediante la aportación (...)".

Asimismo, en su cláusula octava, relativa a "vigencia del convenio", se establece que:

"El plazo de vigencia del presente convenio finalizará con el cumplimiento, justificación y pago de las actuaciones y, en todo caso, antes del 20 de septiembre de 2014. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2014".

3.º Que con fecha 2 de septiembre de 2014, la Confederación de Empresarios de Aragón presenta escrito de solicitud de ampliación, hasta el 30 de septiembre de 2014, de los plazos establecidos en las citadas cláusulas sexta y octava, alegando motivos de organización y ejecución de sus compromisos.

En virtud de lo anterior, ambas partes consideran conveniente a los fines de interés común general perseguidos, formalizar una adenda al convenio, previa autorización del Gobierno de Aragón, en su reunión de 23 de septiembre de 2014, con arreglo a la siguiente

CLÁUSULA

Única.- Objeto de la adenda.

Es objeto de esta adenda la modificación de las cláusulas sexta y octava, relativas a la justificación y vigencia del convenio de 25 de marzo de 2014, entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón, para la realización de actuaciones de fomento de la internacionalización de las empresas aragonesas, ampliando dichos plazos hasta el 30 de septiembre de 2014, quedando, por ello, redactadas como sigue:

"Sexta.- Justificación.

1. Para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, la Confederación de Empresarios de Aragón deberá justificar la ejecución, hasta el 30 de septiembre de 2014, de una inversión de, al menos, 70.000 €, mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Certificado del representante legal de la entidad, detallando la aplicación de los fondos y su adecuación a los fines perseguidos.

b) Certificado de ingresos procedentes de otras ayudas, subvenciones, recursos o convenios, de manera que, de acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones, el importe a percibir en concepto de subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

c) Memoria detallada de las acciones desarrolladas, especificando los ponentes, los participantes y demás extremos mencionados en este convenio.

d) Facturas originales y demás documentos acreditativos del gasto, así como justificantes de los pagos correspondientes a las actuaciones planteadas (original y copia).

e) Certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Hacienda de la Comunidad Autónoma, acreditando que el beneficiario de la subvención se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En este sentido, se podrá autorizar al órgano gestor para obtener los citados certificados.

2. Las facturas emitidas por entidades vinculadas directamente con la beneficiaria requerirán autorización, previa a la justificación, del órgano gestor del Gobierno de Aragón.

3. La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el Gobierno de Aragón".

"Octava.- Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del presente convenio finalizará con el cumplimiento, justificación y pago de las actuaciones y, en todo caso, hasta el 30 de septiembre de 2014. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2014".

Así lo acuerdan, otorgan y, en prueba de conformidad, lo firman, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha que al principio se expresa.