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RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2022, de la Directora General de Personal, por la que se aprueba la adjudicación definitiva del concurso de traslados de ámbito autonómico de personal funcionario docente perteneciente al Cuerpo de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocado por Resolución de esta Dirección General, de 27 de octubre de 2021.

Publicado el 10/05/2022 (Nº 88)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en la base vigesimoquinta de la Resolución de 27 de octubre de 2021, "Boletín Oficial de Aragón", número 227, de 5 de noviembre de 2021, por la que se anuncia convocatoria de concurso de traslados de ámbito autonómico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en centros públicos docentes dependientes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Cuerpo de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y una vez transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones a la adjudicación provisional y para presentar renuncias a la participación en el concurso, publicada en la Resolución de 10 de marzo de 2022, por la que se ordena la exposición de la adjudicación provisional de destinos de la citada convocatoria, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y se distribuyen sus competencias, resuelvo:

Primero.- Elevar a definitivas las vacantes anunciadas con carácter provisional por la Resolución de 3 de marzo de 2022, una vez incorporadas las modificaciones que se indican en los anexos I A) y I B) de esta Resolución, en los que se publican los centros que por distintos motivos han experimentado modificaciones en el número de puestos vacantes.

Segundo.- Dar publicidad a la adjudicación definitiva del concurso de traslados en la forma que se expresa en los anexos II A) y II B), en los que se insertan los destinos definitivos otorgados a los/as participantes.

En dicha adjudicación se han tenido en cuenta las rectificaciones motivadas por la estimación de alegaciones a la resolución provisional, tal y como figuran en los anexos IV A) y IV B), así como las renuncias a la participación en el concurso de traslados de los/as docentes relacionados/as en los anexos III A) y III B).

El personal funcionario en prácticas para el que se ha constatado que, a fecha de la presente Resolución, no tiene posibilidad de superar durante el presente curso escolar el periodo mínimo de prácticas exigido, no ha sido objeto de adjudicación de destino definitivo.

Las vacantes que constan en la Resolución definitiva son aquellas que se corresponden con puestos de trabajo que se encuentran previstos en la planificación escolar o no se encuentran afectados por algún proyecto educativo.

Tercero.- Dar publicidad a las renuncias a la participación en el concurso, que figuran en los anexos III A) y III B), causando baja en la convocatoria.

Cuarto.- Dar publicidad, en la forma que se expresa en los anexos IV A) y IV B), a las alegaciones interpuestas contra las adjudicaciones provisionales que han sido estimadas.

Quinto.- Posesión y cese: los destinos adjudicados por esta Resolución, de conformidad con lo que dispone la base vigésimo sexta de la convocatoria, son irrenunciables.

La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2022 y el cese en el de procedencia el último día de agosto.

Las diligencias de cese y toma de posesión serán expedidas por los/as Directores/as de los Servicios Provinciales correspondientes.

Sexto.- Anulación de destinos: quedarán sin efecto los destinos adjudicados cuando, tras la publicación de la presente Resolución se verifique que el/la docente no cumple los requisitos exigidos para la participación o no tenga los méritos suficientes para obtener el puesto, así como los erróneamente adjudicados, sin que el hecho de aparecer en el anexo correspondiente de esta Resolución, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de la convocatoria.

Séptimo.- En los casos en que en la presente convocatoria se hubiesen provisto vacantes o resultas indebidas, a quienes resulten afectados se les considerará como procedentes de puesto suprimido, siéndoles de aplicación cuantos preceptos del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, aludan a los docentes que se encuentran en tal situación.

Octavo.- El profesorado procedente de la situación de excedencia voluntaria, que por el presente concurso obtenga destino definitivo y por cualquier causa no tome posesión del mismo, continuará en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo volver a solicitar el reingreso hasta transcurridos dos años desde el 1 de septiembre de 2022.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los recursos administrativos deberán interponerse electrónicamente. Éstos podrán presentarse a través del Servicio de Soporte a la Tramitación ( https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion) o en cualquiera de los otros Registros Públicos contemplados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Zaragoza, 3 de mayo de 2022.

La Directora General de Personal, OLGA ALASTRUEY ALPÍN