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RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2017, de la Gerencia de Sector de Huesca del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Coordinador de Admisión, en la plantilla orgánica de personal del Hospital San Jorge de Huesca.

Publicado el 21/08/2017 (Nº 159)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Huesca, del Servicio Aragonés de Salud, en ejercicio de las competencias reglamentariamente atribuidas, efectúa convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de Coordinación de Admisión, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Coordinador de Admisión del Hospital San Jorge.

- Sistema de provisión: Libre designación.

- Adscripción orgánica y funcional: Dirección del Hospital San Jorge de Huesca.

- Nivel de complemento de destino: 28.

- Funciones: Planificación, organización, gestión y coordinación de la operativa asistencial en torno al paciente, optimizando recursos; Coordinar las funciones del personal adscrito al Servicio de Admisión, orientadas hacia las siguientes áreas de actividad: gestión de pacientes, gestión de documentación clínica, gestión de la información sanitaria, investigación y formación. Funciones todas ellas recogidas en el artículo 3, del Real Decreto 866/2001, de 20 de julio; Asegurar la disponibilidad de los actos de Admisión al área de gestión del Hospital para la facturación de todo episodio asistencial cuyo importe ha de reclamase a terceros obligados al pago; Establecer los cauces de comunicación y coordinación necesarios con Atención Primaria y otros niveles asistenciales; Diseño y/o elaboración de circuitos, procedimientos organizativos, cuadros de mando y su correspondiente evaluación; Coordinar las acciones y recursos alrededor de la asistencia al paciente, para modular y facilitar las tareas asistenciales a los servicios clínicos; Aplicar la normativa y la legislación existente en nuestro marco territorial y en su área de competencia; Establecer y mantener un sistema de comunicación adecuado, para conseguir que la información de interés llegue y sea entendida por todos los responsables y trabajadores del servicio; Conseguir los objetivos del servicio, gestionando todos los recursos a su disposición; Seguir las directrices de la Dirección del Hospital y realizar cuantas funciones le delegue dentro de su competencia.

El desempeño de estas funciones se realizará a nivel de Sector y de Atención Especializada, ejerciendo la Coordinación de Admisión del Hospital de Jaca, Hospital Sagrado Corazón de Jesús y C. R. P. Santo Cristo de los Milagros.

- Horario: Mañana y/o tarde.

- Desempeño: en régimen de dedicación exclusiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo.

- Retribuciones: las correspondientes al personal estatutario del puesto convocado.

- Continuidad y permanencia: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo.

- Este puesto se proveerá previa superación de un proceso de selección que estará basado en la valoración del currículum profesional y de la memoria organizativa de la Unidad de Admisión elaborada por los aspirantes. De considerarse oportuno, se mantendrán entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo en la misma categoría o Cuerpo y Escala del puesto ofertado en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud (Grupo A1), que se encuentre en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía, siempre que reúna los requisitos generales especificados en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

Igualmente podrá participar el personal temporal que cumpla los requisitos generales y de titulación señalados en el apartado anterior y esté prestando servicio en dicha categoría profesional en el Centro al que corresponda el puesto que se convoca.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo I, dirigida a la Gerencia del Sector de Huesca. Las solicitudes podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, el currículum académico, profesional y formativo y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido de los puestos, así como la memoria organizativa de la Unidad Asistencial de Admisión y Documentación Clínica, requerida en la base primera de la presente convocatoria. No será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal de los centros del Sector.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de Selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector de Huesca, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. La composición de la Comisión de Selección se publicará en la página web del Servicio Aragonés de Salud, y en el tablón de anuncios del Hospital San Jorge de Huesca, situado en la 1.ª planta del edificio de Administración, junto al Servicio de Personal, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria, y elevará a esta Gerencia de Sector de Huesca la relación nominal de aquellos que los cumplan, y la propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto cuya provisión ahora se convoca. Dicha propuesta sólo podrá recaer en personal temporal si se motiva la inexistencia de candidato idóneo entre quienes concurran al procedimiento ostentando la condición de personal fijo.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", esta Gerencia de Sector de Huesca dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la resolución de la Gerencia de Sector de Huesca que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Coordinador convocado.

El nombramiento para el puesto de Coordinador tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, excepto el acto resolutorio del procedimiento que se hará público en el "Boletín Oficial de Aragón", se publicarán en la página web del Servicio Aragonés de Salud y en el tablón de anuncios oficial del Sector, situado en la 1.ª planta del edificio de Administración del Hospital San Jorge, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huesca, 8 de junio de 2017.

El Gerente de Sector de Huesca,

JOSÉ IGNACIO CASTAÑO LASAOSA