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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 21 de julio de 2017, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueban las listas de espera derivadas del correspondiente proceso selectivo de nuevo ingreso, para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo correspondientes al Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

Publicado el 17/08/2017 (Nº 157)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 152, de 9 de agosto de 2017, se dio publicidad a la aprobación de la lista de espera por provincias derivada del correspondiente proceso selectivo de nuevo ingreso, para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo correspondientes al Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria, aprobada por Resolución de 21 de julio de 2017, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Advertido error material en el anexo correspondiente a la ficha de provincias y localidades incluido en la citada resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 57 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio), se procede a su subsanación en los siguientes términos:

Se sustituye el anexo correspondiente a la ficha de provincias y localidades incluido en la Resolución de 21 de julio de 2017, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueban las listas de espera derivadas del correspondiente proceso selectivo citado por el publicado a continuación, abriéndose un nuevo plazo de 15 días hábiles para que los candidatos incluidos en dichas listas cumplimenten la ficha de localidades que se adjunta, indicando aquellas a las que deseen acceder. Una vez finalizado dicho plazo, sólo se admitirá la renuncia de localidades que se presente con carácter previo al llamamiento del candidato. Asimismo, en el supuesto de no efectuar elección alguna, el candidato será llamado para cualquier localidad de la correspondiente provincia.