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ORDEN de 5 de agosto de 2013, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Federación Aragonesa de Montañismo, para la adecuación de tramos de senderos de gran recorrido.

Publicado el 03/09/2013 (Nº 173)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2013/7/0111 el convenio suscrito, con fecha 25 de julio de 2013, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Federación Aragonesa de Montañismo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 5 de agosto de 2013.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FEDERACIÓN ARAGONESA DE MONTAÑISMO, PARA LA ADECUACIÓN EN TRAMOS DE SENDEROS DE GRAN RECORRIDO

En Zaragoza, a 25 de julio de 2013.

REUNIDOS

El Excmo. Sr. D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón, actuando en su nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 23 de julio de 2013.

D. Luis Masgrau Gómez, Presidente de la Federación Aragonesa de Montañismo.

Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para la celebración de este convenio de colaboración con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- La regulación de los senderos turísticos aragoneses obedece al fomento de la calidad y la seguridad en la práctica senderista en Aragón, a la protección del patrimonio natural y cultural, así como al incremento de las corrientes turísticas derivadas de su utilización.

Segundo.- Por Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, se han regulado los senderos de Aragón que revisten la condición de recursos turísticos, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Empleo, y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, siendo sus principales contenidos la regulación de la selección, acondicionamiento, protección, señalización y autorización de los senderos de Aragón que revisten la condición de recursos turísticos.

Este decreto clasifica los senderos según su interés turístico, en senderos turísticos de interés autonómico, senderos turísticos de interés comarcal y senderos turísticos de interés local. A su vez en función de su uso se clasifican en senderos turísticos de uso preferentemente pedestre, de acuerdo con las siguientes modalidades: senderos de gran recorrido (GR), senderos de pequeño recorrido (PR), senderos locales (SL), senderos turísticos de uso preferentemente ciclista y senderos turísticos de uso preferentemente ecuestre.

Tercero.- A su vez, las marcas de los senderos turísticos de uso pedestre (GR, PR y SL), propiedad de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, con la Federación Aragonesa de Montañismo como Iicenciataria de las mismas para el ámbito territorial de Aragón, fueron cedidas al Gobierno de Aragón de forma gratuita, para facilitar su utilización como modalidades para la clasificación de los senderos que revisten la condición de recursos turísticos y para su incorporación al Manual de Senderos, en virtud de convenio de colaboración suscrito por ambas federaciones y el Gobierno de Aragón, publicándose por Orden de 13 junio de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia.

Cuarto.- La Federación Aragonesa de Montañismo es una organización deportiva sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, inscrita en el Registro General de Asociaciones Deportivas de Aragón n.º 005/03, cuyo objeto social es la promoción del senderismo y su práctica en condiciones de seguridad, que viene colaborando con el Gobierno de Aragón en las actividades relacionadas con la promoción, difusión y mejora de las infraestructuras relacionadas con la práctica senderista, formando parte de la Comisión de los Senderos Turísticos de Aragón.

Quinto.- Por su parte, el artículo 10 del Decreto 159/2012, de 19 de junio, establece la posibilidad de que la Administración de la Comunidad Autónoma otorgue ayudas y subvenciones dirigidas a colaborar en la financiación del diseño, ejecución, mantenimiento y difusión de los senderos que revisten la condición de recursos turísticos, de conformidad con la legislación vigente en la materia.

Sexto.- En este sentido, la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento considera al turismo como uno de los sectores estratégicos, centrando la acción del Gobierno para impulsar el desarrollo del sector durante los próximos años, básicamente, en la promoción de la oferta turística aragonesa de la que forman parte esencial los senderos turísticos de interés autonómico de uso pedestre, ciclista o ecuestre.

Séptimo.- Por lo expuesto, en algunos senderos de gran recorrido -GR- susceptibles de obtener posteriormente el reconocimiento como senderos turísticos de interés autonómico, se considera conveniente impulsar actuaciones de adecuación y acondicionamiento para garantizar la seguridad en la práctica del senderismo, con carácter previo a la aprobación de la normativa de desarrollo del decreto.

Entre ellos presentan especial importancia los senderos GR-8, GR-15 y GR-24 por tratarse de recorridos con gran potencial de uso, que no son rentabilizados al precisar de adecuación y señalización funcional que garantice la seguridad de su uso y permita su difusión.

Por todo ello, las partes acuerdan la firma de este convenio de colaboración de acuerdo con las cláusulas que se explicitan a continuación.

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

Es objeto de este convenio la financiación de las actuaciones realizadas por la Federación Aragonesa de Montañismo, para la adecuación y el acondicionamiento de los senderos de gran recorrido GR 8 (Teruel), GR 15 (Huesca), GR 24 (Zaragoza), en los tramos relacionados en el anexo, con el fin de garantizar la calidad y seguridad en el tránsito así como el aumento de la frecuentación turística.

La adecuación de los senderos deberá garantizar su continuidad en adecuadas condiciones de uso y cumplirá lo dispuesto en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, y en su normativa de desarrollo.

Segunda.- Financiación.

El Gobierno de Aragón -Departamento de Economía y Empleo- subvencionará a la Federación Aragonesa de Montañismo con 118.000 euros (IVA incluido), para la realización de las actuaciones contempladas en el presente convenio, de acuerdo al presupuesto realizado que figura en el anexo, con cargo a la partida presupuestaria 15050 7511 780.031 91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2013.

Tercera.- Justificación y pago.

1. El Gobierno de Aragón abonará a la Federación Aragonesa de Montañismo las cantidades establecidas en la cláusula anterior una vez se haya justificado la aplicación adecuada de los fondos a las finalidades establecidas en el presente convenio.

2. Para ese fin, podrán realizarse certificaciones parciales, con desglose detallado, y sus correspondientes pagos.

3. La Federación Aragonesa de Montañismo justificará ante el Departamento de Economía y Hacienda -Dirección General de Turismo-, que la subvención indicada en la cláusula segunda se ha destinado a la finalidad para la que se concedió, mediante la presentación de la siguiente documentación:

- Escrito de presentación de la justificación.

- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

. Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.

. Facturas originales o, documentos de valor probatorio equivalente, del gasto de la actuación subvencionada, acompañadas de los documentos de pago.

- Tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.

4. La Federación Aragonesa de Montañismo deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón, según dispone la normativa vigente. Así mismo, la firma del presente convenio conlleva la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarta.- Comisión de seguimiento del convenio.

Se crea una comisión de evaluación y seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes firmantes de este convenio.

La comisión se reunirá un mínimo de dos ocasiones:

- En el inicio de la ejecución para evaluar los presupuestos y proyectos en su caso, levantando un acta de conformidad.

- En el final de las actuaciones al objeto de comprobar la bondad de lo ejecutado, emitiendo un acta de conformidad.

En caso de que se produzcan situaciones no previstas o de carácter extraordinario, la comisión podrá reunirse a requerimiento de cualquiera de las partes.

Quinta.- Identificación corporativa.

Las publicaciones e impresiones relativas a las actuaciones que genere el presente convenio deberán incluir en todo caso el logotipo del Gobierno de Aragón, la marca Aragón y la marca de la Federación Aragonesa de Montañismo, en la parte anterior de la impresión, debiendo contar con la. autorización correspondiente de la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.

Sexta.- Régimen jurídico.

Este convenio se rige por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, y por sus normas de desarrollo.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que cualquier cuestión litigiosa que se produzca en cuanto a su interpretación o cumplimiento, se sustanciará ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Séptima.- Periodo de vigencia.

El plazo de vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2013, y la documentación justificativa completa deberá ser aportada por la Federación Aragonesa de Montañismo (FAM) hasta el día 15 de noviembre de 2013.

Leído este convenio por las partes y en prueba de conformidad con el contenido del mismo, lo firman y rubrican en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

Actuaciones sobre varios tramos de los GR 8, 15 y 24

1. GR 8, de Teruel (381 km).

Discurre por las comarcas de Matarraña, Maestrazgo, Gúdar-Javalambre, Comunidad de Teruel y Albarracín por su conexión con el GR 10 en Villel. Es el único sendero aragonés, además del tramo del Camino de Santiago (E-3 var.), incluido en la red europea de largos recorridos (European Long-Distance Footpaths), como E-4 de Portugal a Rumania. Igualmente conecta con el GR 7, tramo catalán, a poniente de Beceite y, por lo tanto con el sendero europeo E-4 de Grecia (Cipre) al norte de África (Ceuta). Por la singularidad del paisaje del altiplano turolense, es un sendero muy concurrido por senderistas de otras comunidades autónomas y fuente alternativa de rentas de la economía agroganadera y forestal de estas comarcas. Algunos de los tramos del sendero presentan una situación precaria y necesitan un mantenimiento obligado para garantizar la seguridad en su seguimiento por parte de los usuarios.

Tramos de actuación.

A) Monroyo-Aguaviva.

- Comarca: Matarraña-Bajo Aragón.

- Longitud: 16 km.

- Actuaciones: El sendero GR 8 pasa en la actualidad por el restaurado puente medieval de Cananillas. En este tramo el sendero se encuentra sin señalizar. Desde el puente de Cananillas hasta Aguaviva. Se definirán de nuevo el sendero y se recuperarán marcas de orientación. para su seguimiento seguro. También se contempla la reposición de indicadores direccionales.

B) Las Parras de Castellote-Las Planas.

- Comarca: Bajo Aragón.

- Longitud: 9 km.

- Actuaciones: Se ha cambiado el trazado original del sendero GR 8 debido al asfaltado de la pista forestal. Actualmente el sendero pasa por el estrecho del Huergo (puente de piedra), no encontrándose señalizado correctamente ni descrito en las guías actuales. Se requieren labores de acondicionamiento del firme y desbroce.

C) Fortanete-Valdelinares.

- Comarca: Maestrazgo.

- Longitud: 16 km.

- Actuaciones: Este tramo se modificó debido al asfaltado de la pista que unía ambas localidades. El sendero en sus inicios discurría por la carretera durante 16 km. Actualmente, se ha cambiado el trazado por el barranco Zoticos hasta la fuente del Rodeo, y permanece mal señalizado. Existe mucho tramo de sendero que se encuentra en mal estado porque la vegetación ha invadido el vial senderista. Son necesarias labores de desbroce y limpieza de la vegetación.

D) Valbona-La Puebla de Valverde.

- Comarca: Gúdar-Javalambre.

- Longitud: 12 km.

- Actuaciones: Tramo en muy mal estado, con apenas señalización. El punto de mayor conflictividad lo encontramos junto a la rambla de Peñuela y del Cubillo. No existen pasos habilitados para cruzar estos cauces fluviales. Se precisan trabajos de desbroce y acondicionamiento, e indicaciones que garanticen la continuidad de la ruta.

2. EL GR 15 Senda prepirenaica.

Se extiende en su tramo aragonés a lo largo de 245 km, entre el barri de Aragó de Pont de Suert (Lérida) y el vértice Algaraieta (Navarra), teniendo su continuidad tanto en todo el territorio foral de Navarra, como en Cataluña, con el GR 3.

Se trata de un recorrido de media montaña, muy frecuentado durante todo el año y con el fin de garantizar la continuidad y el tránsito seguro de los senderistas, se hacen necesarias actuaciones de acondicionamiento, desbroce y redefinición de varios tramos de este gran recorrido

De Este a Oeste, los tramos en los, por su importancia, convendría actualizar en lo referente a su señalética y el mantenimiento de su accesibilidad y sobre las variaciones pendientes de mejora en su trazado serían:

Tramos de actuación.

A) Fanlo-Buesa-Broto.

- Comarca: Sobrarbe

- Longitud: 22.5 km.

- Actuaciones: Recuperación del sendero por Pardina Ballarín, desde puente Patrón, para salvar el paso actual del GR durante más de 5 km por la ctra. HU-631 de Sarvisé a Fanlo. Son necesarias labores de desbroce y acondicionamiento. También señalización horizontal y vertical para u seguimiento fiable del trazado.

B) Biescas-Yosa de Sobremonte-Acumuer.

- Comarca: Alto Gállego.

- Longitud: 12.5 km.

- Actuaciones: Consistirá en la recuperación de camino viejo de las Aras, trazado original del GR 15, que actualmente se encuentra desviado por Santa Elena. Son necesarias labores de desbroce y limpieza de la vegetación entre Aso y Acumuer. Redefinición del acceso a Acumuer y reseñalización vertical y horizontal de todo el recorrido.

3. GR 24.

EL GR 24, de 80 km de trazado, recorre el sistema ibérico zaragozano en su ramal Sur, visitando las zonas espectaculares como son las hoces de los ríos Mesa y Piedra y la laguna de Gallocanta.

Uno de los tramos de más interés es el que discurre entre las localidades de Aldehuela de Liestos y Torralba de los Frailes. Es el sector correspondiente a este último municipio el más necesitado de acondicionamiento y adaptación.

Tramos de actuación.

A) Torralba de los Frailes-Aldehuela de Liestos (límite municipal).

- Comarca: Daroca.

- Longitud: 10 km.

- Actuaciones: Incluye el acondicionamiento del mirador de Reconquillo, la renovación de la señalética direccional e interpretativo y el desbroce y acondicionamiento del tramo de unos 10 km, correspondiente al tramo superior de las hoces del Piedra.