EXTRACTO de la Resolución de Alcaldía número 12, de 16 de enero de 2020, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a la rehabilitación, adecuación, reforma y mejora de las condiciones de la edificación de vivienda en el municipio de Figueruelas de 2020, del Ayuntamiento de Figueruelas.
BDNS (Identif.): 492445
De conformidad con lo precisado en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los propietarios, o personas debidamente autorizadas por los mismos, de edificaciones de vivienda unifamiliar o colectiva situadas en el Suelo Urbano de Figueruelas y respecto a las que se acredite una antigüedad mínima de 20 años, y que cumplan las siguientes condiciones: Ser mayores de edad, residir en el municipio de Figueruelas o ser propietarios de los inmuebles para los que se solicita la ayuda.
Segundo.- Objeto y finalidad.
Incentivar e impulsar la realización sobre las edificaciones residenciales del municipio -fundamentalmente las del casco urbano que tengan mayor antigüedad- obras de consolidación o mejora de la seguridad estructural, conservación, mantenimiento, mejora de la estética y el ornato, mejora en la eficiencia energética de las mismas que suponga un ahorro energético, mejora de las condiciones de accesibilidad, etc.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta subvención pueden consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica y página web del Ayuntamiento de Figueruelas (www.figueruelas.es).
Cuarto.- Importe.
El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria asciende a 60.000 €, de acuerdo con la consignación establecida en el presupuesto municipal para el ejercicio 2020.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial de Aragón".
Las solicitudes de subvención así como el resto de documentación a cumplimentar por el solicitante se encuentran a disposición de los interesados como anexos a las presentas bases, y serán presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Figueruelas por cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Figueruelas, 17 de enero de 2020.- El Alcalde, Luis Bertol Moreno.