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ANUNCIO de la Dirección General de Sostenibilidad, por el que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 300/2015, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el urogallo y se aprueba su plan de conservación del hábitat.

Publicado el 17/08/2017 (Nº 157)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El urogallo pirenaico está catalogado como especie "Vulnerable" en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, lo que le otorga el régimen de protección derivado del Título III de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, y, al mismo tiempo como especie "sensible a la alteración de su hábitat" en el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, modificado por la Orden 4 de marzo de 2004 y por el Decreto 181/2005, de 6 de septiembre, que incluyeron, excluyeron o cambiaron de categoría algunas de esas especies.

En virtud del artículo 8 del citado decreto autonómico, la catalogación de una especie, subespecie o población en la categoría de "sensible a la alteración de su hábitat" exige la elaboración por la Comunidad Autónoma de un plan de conservación de su hábitat.

En base a dicha normativa fue aprobado el Decreto 300/2015, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el urogallo y se aprueba el correspondiente plan de conservación del hábitat.

En la actualidad, a la vista de los últimos trabajos técnicos efectuados por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad en aplicación del plan, se ha obtenido una mayor precisión en la definición de las áreas críticas de la especie, apoyada en la información adicional suministrada por las sociedades de cazadores interesadas y los municipios afectados. El análisis de toda esta información, y la actualización de datos sobre la especie en base a los seguimientos efectuados, exige efectuar una modificación puntual del Decreto 300/2015, actualizando las áreas críticas para la especie y adoptando unas medidas de conservación en materia cinegética más ajustadas a sus necesidades.

Así pues, el Proyecto de decreto se somete a información pública por un periodo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Durante este período, cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno podrá examinar el Proyecto de decreto y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

La cartografía y el proyecto de decreto podrá examinarse en días hábiles en las dependencias administrativas del Servicio de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, 36), así como en la Dirección General de Sostenibilidad (plaza San Pedro Nolasco, 7, de Zaragoza) y en los Servicios Provinciales de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca (General Lasheras, 8); Teruel (San Francisco, 27) y Zaragoza (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, 36).

Igualmente, dicha documentación está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es) y la cartografía en el visor corporativo del Gobierno de Aragón (http://sitar.aragon.es) en el apartado de expedientes en información pública.

Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo en nombre, apellidos, DNI, domicilio y localidad del alegante y se dirigirá a la Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los lugares indicados en el párrafo anterior así como en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de julio de 2017.- La Directora General de Sostenibilidad, M.ª Pilar Gómez López.