Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2016, del Director General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléctrica "Ampliación SE AVE Zaragoza 220 KV". Referencia Exp. AT 0102/09 de la provincia de Zaragoza.

Publicado el 10/05/2016 (Nº 88)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, a petición de Red Eléctrica de España S.A, con domicilio en paseo del Conde de los Gaitanes, 177, 28109, Alcobendas (Madrid), solicitando la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación "Ampliación SE de 220 kV AVE Zaragoza" ubicada en el término municipal de Zaragoza, así como el expediente derivado de dicha solicitud.

Vistos, el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, de fecha 1 de diciembre de 2015, en el que consta cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

Resultando que dentro de la planificación energética del Ministerio (Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de octubre de 2015, por el que se aprueba el documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020), se contemplan las siguientes instalaciones: ampliación de la subestación AVE Zaragoza de 220 KV.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 25 de febrero de 2016, para la ampliación de la Subestación AVE Zaragoza 220 KV, a los efectos previstos en el artículo 35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el articulo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Considerando la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y según su disposición transitoria segunda, que establece que los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se tramitarán hasta su resolución conforme a la legislación anterior, la Ley 54/1997, del sector eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 337/2014, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación; el Real Decreto 223/2008, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el articulo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma; y las funciones que conforme al Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón corresponden, resuelvo:

Primero.- Autorizar la instalación "Ampliación Subestación Eléctrica AVE Zaragoza 220 kV" y aprobar el proyecto de ejecución suscrito por D. Julio Alguacil Prieto y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros de Aragón y La Rioja, en fecha 10 de diciembre de 2009, con número VD08168-09A, cuyas características son las siguientes:

Titular: Red Eléctrica de España SAU.

Domicilio del titular: Paseo del Conde de los Gaitanes, 177. 28109. Alcobendas (Madrid).

Ubicación de la instalación: Polígono 72, parcela 2, recinto 24 del término municipal de Zaragoza.

Subestación Transformadora "AVE Zaragoza" 220 KV.

Según el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, la motivación es: fiabilidad (adecuación a los Procedimientos de Operación).

La ampliación consiste en la instalación el nivel de tensión de 220 Kv de una posición de acoplamiento de barras.

Nivel de tensión de 220 KV, intemperie, doble barra.

Una posición de acoplamiento en barras, formada por:

- Dos seccionadores tripolares de barras, motorizados, 245 KV, 2000 A, 40 KA.

- Un interruptor automático, con cámara de corte en SF6, 245 KV, 2000 A, 40 KA.

- Un transformador de intensidad, de relación adecuada.

Presupuesto: 555.395,28 euros.

La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1.º El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitiendo el certificado de dirección de obra firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.

2.º El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución.

3.º Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4.º El Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones dispuestas en los Reglamentos que rigen los servicios de electricidad, para lo cual el titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos, estando durante el período de construcción y después en el de explotación, bajo vigilancia e inspección del Servicio Provincial de Industria e Innovación Zaragoza.

5.º La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6.º Antes de la puesta en marcha deberá presentarse contrato suscrito con persona física o jurídica competente, la cual se hará responsable de mantener las instalaciones en el debido estado de conservación y funcionamiento.

7.º Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el artículo 13 del Reglamento de Centrales Eléctricas y Centros de Transformación, así como en el artículo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y demás legislación vigente.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

Segundo.- Publicar el texto de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 17 de marzo de 2016.- El Director General de Energía y Minas, Alfonso Gómez Gámez.