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ANUNCIO de la Dirección General de Desarrollo Rural, por el que se procede a la convocatoria al levantamiento de actas previas a la ocupación del procedimiento de expropiación forzosa incoado para la adquisición de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras contempladas en el proyecto de balsa de regulación de La Portellada para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca), y se publica corrección de errores materiales de la relación de bienes y derechos afectados.

Publicado el 10/03/2020 (Nº 48)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha de 1 de octubre de 2018, se firmó el convenio entre la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la financiación y ejecución de las obras de las balsas laterales de San Gregorio II y La Portellada, procediéndose a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 235, de fecha 5 de diciembre de 2018.

Por Decreto 1676/1986, de 1 de agosto, se aprobó el Plan General de Transformación de la Zona Regable de la segunda parte del Canal de Monegros (Zaragoza-Huesca); desarrollado mediante la Orden PRE/2043/2004, de 24 de junio, por la que se aprobó el Plan Coordinado de Obras del modificado de la 1.a parte, 2.a fase (sectores VIII-A y IX-A) y de la 2.a parte, 1.a fase (sectores XI-A y XIII-A) y el Plan Coordinado de Obras de la 3.a parte, 1.a fase (sectores VI-A, VII-A, XVII-A, XVIII-A, XIX-A, XX-XXII-A y XXI-A), ambos de la zona regable de Monegros II (Zaragoza-Huesca). Mediante Orden DRS/1471/2018, de 7 de septiembre, se modifica el Anejo Único de las obras a realizar en ejecución del Plan Coordinado de Obras, contemplándose en el mismo las obras de transformación correspondientes a la balsa lateral de la acequia de Ontiñena y la regulación de San Gregorio.

Mediante anuncio de la Dirección General de Desarrollo Rural de fecha 20 de septiembre de 2019 se sometió a información pública previa el "Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca)", procediéndose a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 191, de 30 de septiembre de 2019, finalizando el trámite con resultado de desestimación de las dos alegaciones formuladas al documento técnico expuesto.

Mediante Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de fecha 15 de noviembre de 2019, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 243, de 16 de diciembre de 2019, se aprueba el Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca), con un presupuesto total de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y un euros con veintiocho céntimos (8.842.871,28 €), y una subvención máxima del 40% de las obras proyectadas, clasificadas de interés común.

Para la correcta ejecución de las obras contempladas en el proyecto técnico de referencia es necesaria la adquisición de determinados bienes y derechos, cuya relación concreta e individualizada se incluye en el Anejo número 11 a la Memoria del Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca). De conformidad con lo estipulado en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y concordantes de su Reglamento, se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados, por plazo de quince días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.

A tal efecto, se publica la relación completa de bienes y derechos afectados mediante los preceptivos anuncios en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" (número 246, de 27 de diciembre de 2019), "Boletín Oficial de Aragón", (número 1, de 2 de enero de 2020), Diario del Alto Aragón (24 de diciembre de 2019), así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ballobar (3 de enero de 2020).

Verificado el trámite de información pública de la relación de bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras, finaliza sin tener constancia de la formulación alegaciones al mismo. No obstante, en la relación de bienes y derechos sometida a información pública, se han detectado una serie de errores materiales que procede corregir de oficio por la Administración expropiante, dejándose constancia de los cambios operados en la relación de bienes y derechos afectados en anexo 1 al presente anuncio, y procediéndose asimismo a ajustar los planos de expropiación de proyecto correspondientes. El resto de afecciones se mantienen invariables.

Una vez sometido a información pública previa el proyecto y la relación de bienes y derechos afectados a los efectos establecidos en la normativa reguladora de la expropiación forzosa, queda justificada la necesidad de ocupación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras contempladas en el proyecto.

Con base en lo dispuesto el artículo 113.3 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, en caso de expropiación, la ocupación de los terrenos se llevará a cabo sin necesidad de que especialmente se declare la urgencia conforme a las normas señaladas para las consecuencias segunda y siguientes del artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa (en adelante, LEF) y a las establecidas en el apartado 1 del artículo 248.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.2 LEF, se convoca a los titulares de los bienes y/o derechos afectados para que comparezca/n en el lugar, día y hora señalados, en la relación que consta en anexo 2 al presente anuncio, a los efectos del levantamiento de las actas previas a la ocupación. Al citado acto deberán asistir inexcusablemente el representante y perito de la Administración expropiante y el alcalde del Ayuntamiento o concejal en quien delegue a tales efectos. Los propietarios y demás interesados que concurran podrán hacer uso de los derechos que les concede el artículo 52.3 LEF.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados y las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, hayan podido omitirse en la relación expuesta o detecten errores materiales en la misma, podrán dirigir escrito hasta el día del levantamiento del Acta Previa respectiva ante el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, sito en plaza de Cervantes, número 1, CP 22003 de Huesca, poniendo de manifiesto tal circunstancia, con el fin de proceder a su subsanación.

La relación completa de bienes y derechos afectados se encuentra disponible para su consulta en la web del Gobierno de Aragón, accediendo a través del siguiente enlace:

http://www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica. Asimismo, se encuentra disponible junto con la documentación íntegra del proyecto aprobado y los planos definitivos de expropiación en las sedes del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en Huesca (plaza Cervantes, 1, CP 22003 de Huesca), y de la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (pza. Mayor, s/n, CP 22234 de Ballobar (Huesca), para su consulta durante las horas de atención al público.

Zaragoza, 24 de febrero de 2020.- El Director General de Desarrollo Rural, Jesús Nogués Navarro.