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RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2012, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza la modificación y se aprueba el proyecto de ejecución de la nueva instalación eléctrica "SET 220/20 kV Parque eólico La Loma en el término municipal de Aliaga (Teruel)". Referencia: expediente número AT 56/2011 de la provincia de Teruel.

Publicado el 19/03/2012 (Nº 54)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, a petición de Comiolica, S. L.U., con domicilio en Argualas 1, edificio Torreón, de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación "SET 132/20 kV del Parque eólico La Loma en el término municipal de Aliaga (Teruel)" ubicada en el polígono 201, parcela 1, de Aliaga (Teruel) como consecuencia de la modificación del punto de conexión del PE La Loma en barras de 220 kV de la SE Valdeconejos de REE, así como el expediente derivado de dicha solicitud.

Resultando que la instalación "SET 132/20 kV del Parque eólico La Loma en el término municipal de Aliaga (Teruel)" fue autorizada y aprobado el proyecto de ejecución por Resolución de 7 de mayo de 2003 de la Dirección General de Energía y Minas.

Vistos, el informe condicionado del INAGA de 29 de noviembre de 2012 y el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, en el que constan cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

Visto el informe de 2 de diciembre de 2012 de REE de acceso y conexión condicionada en la futura SE Valdeconejos 220 kV con conexión en la SE Mezquita 220 kV y la aceptación de dichas condiciones por Comiolica, SLU.

Considerando la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el artículo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón, modificado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a esta Comunidad Autónoma, y de las funciones que conforme al artículo 10 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por la que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación y el Decreto de 30 de diciembre de 2011, de organización de la Administración Autónoma y el Decreto 1/2012, de 9 de enero, me corresponden, resuelvo:

Autorizar la modificación de la instalación "SET 132/20 kV Parque eólico La Loma en el término municipal de Aliaga (Teruel)" y aprobar el proyecto de ejecución suscrito por D. Enrique Fernández Olea y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales Galicia en fecha 10/5/2011 y aprobar la modificación de proyecto, con el fin de contemplar la utilización de la infraestructura por otros parques a efectos de racionalizar las infraestructuras de evacuación, suscrita por D. Carlos Valiño Colás y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón y Rioja en fecha 2 de diciembre de 2011 y modificación posterior suscrita por D. Luís Oliva Urcia y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y Rioja en fechas 18 de enero y 1 de febrero de 2012, y cuyas características son las siguientes:

Titular: Comiolica, S. L.U.

Domicilio del titular: Argualas, 1, edificio Torreón, Zaragoza.

Ubicación de la instalación: polígono 201, parcela 1 Aliaga (Teruel).

Instalación: SET 220/20 kV Parque eólico La Loma.

Nueva superficie de 54x62 metros.

Parque de 220 kV.

Tipo exterior (diseñada para poder ser ampliada y convertida en subestación de simple barra con capacidad para conectar dos posiciones adicionales).

Configuración inicial.

-Pos de línea.

-Pos trafo de potencia.

Trafo de potencia 32/40 MVA ONAN/ONAF

Relación 20/220 kV +_ 10x2,2 kV

Parque 20 kV.

Exterior embarrado trasformador con pararayos, bateria de condensadores y reactancia de puesta a tierra. Interior en edificio

- 4 pos de línea.

- 1 pos de trafo.

- Pos de bateria de condensadores.

-Pos medida barras.

-Pos servicios auxiliares.

Instalación de tierra, servicios auxiliares, sistemas de mando, protección y medida, comunicaciones, seguridad y protección contra incendios.

Trafo servicios auxiliares de 160 kVA 20/0,4 kV.

Bateria de condensadores 7,2 MVAr.

Grupo electrógeno 100 kVA 400/220 V.

Finalidad SET para evacuación de energía de parques eólicos.

Presupuesto 2.063.364 euros.

La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1º. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitiendo el certificado de dirección de obra firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.

2º. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir del registro de preasignación de parques eólicos que indique la nueva legislación.

3º. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4º. Por el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel se comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones dispuestas en los Reglamentos que rigen los servicios de electricidad, para lo cual el titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos, estando durante el período de construcción y asimismo, en el de explotación bajo vigilancia e inspección del Servicio Provincial de Industria e Innovaciónde Teruel en su totalidad.

5º. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

6º. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

7º. Antes de la puesta en marcha deberá presentarse contrato suscrito con persona física o jurídica competente, en la que se haga responsable de mantener las instalaciones en el debido estado de conservación y funcionamiento.

8º. Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el artículo 13 del Reglamento de Centrales Eléctricas y Centros de Transformación así como en el artículo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

9º. Se cumplirá con el condicionado ambiental del informe del INAGA de 29 de noviembre de 2011.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de Aragón.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 21 de febrero de 2012.- La Directora General de Energía y Minas, Marina Sevilla Tello.