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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2021, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 7 de junio de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la actividad ampliada de las instalaciones del vertedero de residuos urbanos de Teruel, en el término municipal de Teruel, cuya titularidad ostenta el Consorcio Agrupación Número 8-Teruel. (Número de Expediente INAGA 500301/02/2021/6522).

Publicado el 16/12/2021 (Nº 254)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 26 de enero de 2010, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 30 de diciembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la instalación existente de vertedero de residuos urbanos sito en el término municipal de Teruel cuya titularidad ostenta el Consorcio Agrupación número 8, Teruel, explotado por Fomento de Construcciones y Contratas, SA (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/10969). Esta Resolución ha sido actualizada por Resolución de 27 de noviembre de 2013 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. La Autorización Ambiental Integrada tiene asignado el número de autorización AR/AAI-84.

Con fecha 15 de julio de 2019, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 7 de junio de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la actividad ampliada de las instalaciones del vertedero de residuos urbanos de Teruel, en el término municipal de Teruel, cuya titularidad ostenta el Consorcio Agrupación Número 8-Teruel, con NIF P-4400040-D, y cuyo explotador es UTE Vertedero de Teruel, con NIF U-99352296 (Expediente INAGA 500301/02/2013/11512).

Por Resolución de 22 de abril de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, corregida por Resolución de 12 de mayo de 2020, se hace constar el cambio de operador de la planta de almacenamiento intermedia que se incluye en la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de "vertedero de residuos urbanos de Teruel", cuya titularidad ostenta el Consorcio Agrupación Número 8-Teruel, ubicada en el término municipal de Teruel (Expediente INAGA 500301/02/2019/12067).

Con fecha 2 de julio de 2021, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental solicitud de la UTE Vertedero Teruel de modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada del veredero de residuos urbanos de Teruel, al respecto de progresividad del pago de la garantía financiera. Con fecha 6 de julio de 2021, se notifica el inicio del expediente a UTE Vertedero Teruel que conlleva el devengo de una tasa, cuyo pago se comunica el 26 de julio de 2021.

Con fecha 14 de octubre de 2021, UTE Vertedero Teruel se persona en el expediente electrónico y expresa su conformidad con el informe propuesta de garantía progresiva redactado por el Área III del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Considerando que en el artículo 11.c) del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, se establece la posibilidad de establecer las garantías financieras requeridas en el artículo 23.2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de forma progresiva a medida que aumentan las cantidades de residuos que se depositen en el vertedero

Considerando que en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón se establece que la Autorización Ambiental Integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación.

Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye a este Instituto la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas.

Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de general aplicación.

Visto el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente la "Resolución de 7 de junio de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la actividad ampliada de las instalaciones del vertedero de residuos urbanos de Teruel, en el término municipal de Teruel, cuya titularidad ostenta el Consorcio Agrupación Número 8-Teruel", en el siguiente sentido:

1. En el apartado "A. Autorización de vertedero y gestión de residuos no peligrosos por eliminación" del "anexo I. Autorización de vertedero y de gestión de residuos no peligrosos por eliminación y su control", se añade el siguiente párrafo en antepenúltimo lugar:

Esta garantía financiera podrá establecerse de forma progresiva en función de las fases y toneladas de residuos depositados de forma anual y por fase de vertido, de forma que:

El importe inicial a la fecha de esta Resolución será de 237.342 € correspondiente a la explotación del vaso 3.1 en su totalidad.

El importe anual durante la fase 3.2 se incrementará de forma progresiva en 45.359 €/año resultando al final de esta fase un importe total de 645.573 €.

El importe anual durante la fase 3.3 se incrementará de forma progresiva en 45.311 €/año resultando al final de esta fase un importe total de 1.144.00 €.

Esta Resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 14 de octubre de 2021.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL