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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 23 de septiembre de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se procede a la corrección de errores de la Resolución de 13 de agosto de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se modifica puntualmente la de 29 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la instalación de deshidratado de alfalfa, ubicada en el término municipal de Esplús (Huesca), titularidad actual de Navarro Aragonesa de Forrajes, S.A. (Número de Expediente INAGA 500301/02/2016/0842).

Publicado el 28/10/2020 (Nº 215)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 13 de agosto, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental resuelve modificar puntualmente la Resolución de 29 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada a la instalación de deshidratado de alfalfa, ubicada en el término municipal de Esplús (Huesca), titularidad actual de Navarro Aragonesa de Forrajes, S.A.

Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Considerando que revisada por esta Administración la Resolución de 13 de agosto de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en la que se han detectado errores materiales, procede rectificar parcialmente la citada Resolución, en el siguiente sentido:

En el anexo II. Emisiones a la atmósfera y su control, se realizan las siguientes modificaciones:

1. En la descripción del foco número 10, donde dice "grupo B" debe decir "grupo C".

2. Se elimina el apartado completo correspondiente al foco número 17.

3. Se sustituye la denominación del foco número 18 por "aspiración de fibras".

Esta corrección se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.