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RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de abril de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para explotación porcina de producción existente, con capacidad ampliada hasta 864 UGM, ubicada en polígono 16, parcelas 429 y 432, en el Término Municipal de Ejea de los Caballeros(Zaragoza) y promovido por Explotaciones Porcinas Valdemoro, S.L. (Expte. INAGA 500202/02/2018/12108).

Publicado el 14/06/2019 (Nº 114)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 19 de diciembre de 2018, se presenta escrito en este Instituto por la Sociedad Explotaciones Porcinas Valdemoro S.L., con N.I.F. B-50.949.429, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación porcina, con código REGA ES500950000315, para incorporar en la misma, instalaciones construidas, pero no incluidas en la autorización ambiental integrada, actualizar las dimensiones de las naves finalmente ejecutadas y añadir la gestión de purines realizada.

Antecedentes de hecho

La explotación cuenta con autorización ambiental integrada otorgada por Resolución de 8 de abril de 2008, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 2 de mayo de 2008. (Expte. INAGA 500301/02/2006/10985)

Mediante Resolución de 18 de octubre de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se notifica la modificación no sustancial por adaptación a la normativa de bienestar animal con la construcción de una nueva nave de gestación. (Expte. INAGA 500601/02/2012/10262).

Mediante Resolución de 12 de abril de 2013, de este Instituto, se notifica la modificación no sustancial de la explotación por construcción de una nueva nave de maternidad. (Expte. INAGA 500601/02/2013/03396).

Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, se notifica la modificación no sustancial de la explotación por incremento de la capacidad hasta 864 UGM, modificación de las naves de reposición y gestación y construcción de una nueva nave de reposición-cuarentena. (Expte. 500601/02/2013/11856).

Por Resolución de 17 de junio de 2014, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 129, de 4 de julio de 2014, se actualiza la autorización ambiental integrada otorgada a la explotación. (Expte. INAGA 500601/02/2014/04968).

Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada e incorporar las instalaciones ejecutadas con sus dimensiones finales, indicar el actual sistema de gestión de purines e incluir una balsa de purín, dos estercoleros y un punto limpio ya existentes, pero no incluidos en la autorización ambiental integrada.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 8 de abril de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para explotación porcina de producción existente, con capacidad ampliada hasta 864 UGM, ubicada en polígono 16, parcelas 429 y 432, en el Término Municipal de Ejea de los Caballeros(Zaragoza) y promovido por Explotaciones Porcinas Valdemoro, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a Explotaciones Porcinas Valdemoro, S.L., con C.I.F: B-50.949.429, para la instalación existente de explotación porcina de producción con capacidad ampliada hasta 864 UGM, situada en coordenadas ETRS89 - Huso 30, XM = 652.809; YM = 4.653.632; Z = 318 y ubicada en polígono 16, parcelas 429 y 432, del Término Municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza). La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

El punto 1.1 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: una nave de gestación-cubrición de dimensiones 204,0m x 24,94 m; una nave de maternidad de dimensiones 139,10 m x 21,26 m; una nave de reposición-transición de dimensiones 57,70 m x 16,70 m; una nave de reposición de dimensiones 12,12 x 14,40 m + 19,64 x 14,56 m; una nave de gestación confirmada de dimensiones 101 x 26,40 m; una nave de maternidad de dimensiones 45,30 x 17,12m; un edificio de vestuarios y oficinas de 6,30 x 7 m + 13,70 x 7,30 + 6,20 x 7,10 m; una balsa de agua con una capacidad de 4.682 m³; una balsa de purín 1 con capacidad para 8.374 m³ de capacidad; una balsa de purín 2, ubicada en el extremo suroeste de la parcela 429, con capacidad para 1.510 m³ de capacidad; una fosa de cadáveres para 118,0 m³ de capacidad; un estercolero 1 de dimensiones 6 x 10 m y capacidad de 106 m³; un estercolero 2 de dimensiones 5,50 x 6,10 m y capacidad de 59 m³; un punto limpio a base de cinco recintos independientes; vado de desinfección a la entrada del recinto y vallado perimetral de la explotación".

El punto 1.5 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1.5. Gestión de estiércoles.

El volumen estimado de deyecciones ganaderas producidas en la instalación, de acuerdo a los índices incluidos en el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, será de 17.457 m³, con un contenido en nitrógeno de 51.848 kg.

El promotor presentó, para la obtención de la autorización ambiental integrada, un total de 281,39 ha de tierra de cultivo para la aplicación de purín. Adicionalmente, se dispone de un sistema de gestión de los estiércoles a través de gestor autorizado de Sandach denominado Tauste Centro Gestor de Estiércoles S.L., con número S50252001. La utilización de ambos sistemas debe ser capaz de asimilar el purín producido por la actividad de la explotación.

La aplicación de los purines y la carga de nitrógeno, deberá ser acorde a las necesidades de los cultivos, de acuerdo a las propiedades de la tierra y a la época de fertilización o ciclo vital de la planta. Las dosis de aplicación utilizadas serán compatibles con el Código de Buenas Prácticas Agrarias y para aquellos casos en que las parcelas estén ubicadas dentro de LIC, ZEPA o zona vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos, no deberán sobrepasar los 170 kg de N/ha. Deberá además de cumplirse el resto de condiciones incluidas en la normativa vigente y en el IV Programa de actuación en zonas vulnerables (Orden de 18 de octubre de 2013).

Si se planteara la sustitución de algunas parcelas, de entre las incluidas en la base agraria inicial, deberá notificarse esta circunstancia al Servicio Provincial del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, acreditándose en todo momento de forma suficiente la relación entre las nuevas superficies agrícolas y la capacidad de asimilación de los estiércoles fluidos".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 15 de mayo de 2019.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL