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RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 15 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para explotación porcina existente para 850 reproductoras, 1.700 lechones en transición y 2.500 plazas de cebo, ubicada en el término municipal de Fraga (Huesca), y titularidad actual de Roser Caufape S.L. (INAGA 500202/02/2018/05727).

Publicado el 13/09/2018 (Nº 178)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 31 de mayo de 2018, se presenta escrito en este Instituto por parte de la sociedad Roser Caufape S.L., con N.I.F. B-22.257.539, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación porcina, con código REGA ES221120000043, para incorporar cambios en el sistema de calefacción de la misma.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación cuenta con autorización ambiental integrada otorgada por Resolución de 15 de octubre de 2007, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 129, de 2 de noviembre de 2007. (Expte. INAGA 500301/02/2006/10741).

Segundo.- Por Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada otorgada a la explotación. (Expte. INAGA 500601/02/2013/10650)

Tercero.- Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada e incorporar como sistema de calefacción dos calderas a base de gas propano, con una potencia térmica de 114 kWt y 65 kWt.

Cuarto.- En la revisión del expediente se verifica que la titularidad actual de la explotación es de la sociedad Roser Caufape S.L., con N.I.F. B-22.257.539.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 15 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para explotación porcina existente para 850 reproductoras, 1.700 lechones en transición y 2.500 plazas de cebo, ubicada en el término municipal de Fraga (Huesca), y titularidad actual de Roser Caufape S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a Roser Caufapé S.L., con N.I.F. B-22.257.539, para una explotación porcina existente de 850 reproductoras, 1.700 lechones de transición y 2500 cerdos de cebo equivalentes a 546,50 UGM., situada en coordenadas (ETRS89 Huso 30); XM = 782.590 / YM = 4.604.650, ubicada en polígono 21, parcela 35, en el término municipal de Fraga (Huesca). La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 1.3. de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1.3. El suministro de energía eléctrica se realiza desde una línea de FECSA-ENDESA, se estima el consumo eléctrico anual en la explotación en 135.000 kWh.

La explotación dispone, para el suministro de calefacción, de dos calderas de gas propano con una potencia térmica de 114 kWt y 65 kWt.

La clasificación de este foco emisor, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, se corresponde con código 02 03 02 04 sin grupo asignado.

Estos equipos quedan exentos de control externo de sus emisiones, no obstante, se deberá realizar un mantenimiento periódico con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de agosto de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL