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ORDEN ECD/1277/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Nuestra Señora de Guayente", de Sahún, Huesca.

Publicado el 16/09/2022 (Nº 181)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Nuestra Señora de Guayente", código 22004943, con domicilio en la calle Santuario de Guayente, s/n, de Sahún, Huesca, solicitando modificación de la autorización para la implantación del Curso de Especialización de Panadería y Bollería Artesanales.

Vistos los informes emitidos por la Unidad de Proyectos y Obras del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados; así como el emitido por la Inspección de Educación sobre la idoneidad del equipamiento docente.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, actuando por delegación de acuerdo con la Orden ECD/1334/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1135/2020, de 13 de noviembre, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Planificación y Equidad el ejercicio de la competencia para conceder la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Nuestra Señora de Guayente".

Titular: Asociación Guayente.

Código: 22004943.

Domicilio: Calle Santuario de Guayente, s/n

Localidad: Sahún.

Municipio: Sahún.

Provincia: Huesca.

Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:

Implantación de las siguientes enseñanzas:

Como resultado de dicha modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2022-2023, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.- La modificación de la autorización de este centro no implica la modificación de las unidades concertadas.

Séptimo.- La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, se refiere en su Título Cuarto a los Centros Concertados, estableciendo en su artículo 51.1 que "1. El régimen de conciertos que se establece en el presente Título implica, por parte de los titulares de los centros, la obligación de impartir gratuitamente las enseñanzas objeto de los mismos".

Octavo.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrá presentarse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 5 de septiembre de 2022.

El Consejero de Educación Cultura y Deporte,

P.D. La Directora General de Planificación y Equidad,

(Orden ECD/1334/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1135/2020, de 13 de noviembre, de delegación de competencias),

P.S. La Secretaria General Técnica (Orden de 14 de agosto de 2019, por la que se establece el régimen de suplencias de los titulares de la Secretaría General Técnica y de las Direcciones Generales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte),

M.ª CARMEN MUÑOZ GUAJARDO