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ORDEN de 19 de agosto de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón la realización de actividades relativas al desarrollo del tejido empresarial de tecnologías de la información y de las comunicaciones y a la implantación de la Sociedad de la Información en las empresas en Aragón.

Publicado el 03/09/2013 (Nº 173)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, atribuye a este Departamento las competencias de desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información en la Comunidad Autónoma, y más concretamente la promoción, fomento e implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, se ha marcado una serie de retos en la materia, como incrementar la cohesión y el bienestar social de los aragoneses a través del desarrollo científico y tecnológico, explotar la situación estratégica de la región y aprovechar al máximo sus posibilidades tecnológicas, y desarrollar las políticas necesarias para que las nuevas tecnologías representen un papel de progreso.

La Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento, considera a las Nuevas Tecnologías uno de los sectores estratégicos del Gobierno de Aragón, recogiendo seis grandes ejes de actuación, entre los que se encuentran el de "las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en las pymes" y el de "tejido empresarial TIC". Con el eje sobre "las TIC en las pymes", se busca favorecer la incorporación de las TIC en la empresa aragonesa como elemento diferenciador y catalizador de la competitividad y productividad, mientras que con el eje sobre el "tejido empresarial TIC" se persigue fortalecer el tejido empresarial TIC aragonés a través del aprovechamiento de sus ventajas competitivas, la mejora de la competitividad y el potencial de transferencia de conocimiento. En estos grandes ejes se recogen diversas actuaciones, entre las que se encuentran acciones a las que se refiere esta encomienda.

Por otra parte, el 22 de septiembre de 2010, se suscribió un convenio de colaboración entre el anterior Ministerio de Ciencia e Innovación y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma mediante la concesión a ésta de un préstamo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, cuyo objeto es el desarrollo de un programa de actuaciones de promoción de la innovación sobre los cinco ejes de la Estrategia Estatal de Innovación. Dentro de las líneas de actuación se incluye la de "Sensibilización para innovar", cuyo desarrollo supone la ejecución de actuaciones que son objeto de esta encomienda.

El Departamento de Industria e Innovación ha venido trabajando en distintas actuaciones para que las empresas incorporen las TIC en sus procesos. Dichas acciones se han centrado, entre otras, en difusión y formación, en la realización de proyectos de incorporación de las TIC o en la convocatoria de ayudas que faciliten dicha incorporación. Los datos y análisis que los organismos oficiales ofrecen sobre la incorporación de las TIC a las empresas aragonesas, permiten observar una extensión de las TIC en el sector empresarial, una transformación del mismo y un avance en la optimización de sus procesos productivos. Pero esta tendencia positiva en la incorporación de las TIC a las empresas no es completa, siendo menor su penetración en las empresas más pequeñas y en los aspectos más vinculados las infraestructuras más avanzadas. Fruto de estos datos y de las acciones que se han venido impulsando hasta la fecha, el Departamento de Industria e Innovación considera clave seguir apostando por la adopción intensiva de las TIC en las empresas aragonesas. Por ello, en esta encomienda se proponen actuaciones relativas al impulso en la adopción de las TIC a través de la realización de talleres TIC para pyme, y mas dirigido a las pyme de comercio electrónico, actividades para la mejora de la actividad logística en este sector, uno de los de mayor crecimiento en Aragón.

Por otro lado, y dirigido al sector TIC aragonés, se proponen actuaciones de desarrollo de hojas de ruta tecnológicas dirigidas a empresas de este sector.

El Departamento de Industria e Innovación no dispone actualmente de los medios materiales y humanos suficientes para acometer de forma directa los trabajos relativos a las actuaciones que se recogen en esta encomienda.

De acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora del Instituto Tecnológico de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, éste se configura como una entidad de derecho público, que adscrita al Departamento de Industria e Innovación, se define como un centro de promoción de la investigación y el desarrollo, con arreglo a criterios de interés general, orientando su actividad a impulsar la innovación tecnológica de las empresas. Entre sus funciones se encuentran las relativas a la oferta de servicios tecnológicos a la industria tanto en el desarrollo de nuevos productos o procesos como en la implantación de tecnologías avanzadas, facilitar servicios de asesoramiento en materia tecnológica o fomentar el desarrollo tecnológico y la investigación al servicio de las administraciones públicas. Ello denota la relación que las actividades objeto de la encomienda tienen con las funciones que desarrolla el Instituto Tecnológico de Aragón.

Su configuración como entidad de derecho público hace que el Instituto Tecnológico de Aragón esté dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, por lo que dispone tanto de los medios técnicos idóneos como de la experiencia necesaria para realizar los trabajos encomendados.

La correcta articulación de la colaboración entre la Administración matriz titular de las competencias en la materia y el ente instrumental dotado de los recursos y medios técnicos precisos para el desarrollo de las tareas de asesoramiento y colaboración técnica proyectadas, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede sino encauzarse a través de la encomienda de gestión en los términos en que lo contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en particular, encomendando la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de un órgano administrativo a una entidad de la misma Administración, por razones de eficacia, puesto que no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Algunas de las actuaciones objeto de esta encomienda, siguen líneas de trabajo ya abiertas y/o complementarias a las establecidas como tal en las encomiendas realizadas al Instituto Tecnológico de Aragón en años anteriores. En concreto las acciones dirigidas a la realización de microtalleres, las relativas a la logística y el comercio electrónico y el apoyo técnico a las actividades de la Dirección General de Nuevas Tecnologías, siguen líneas recogidas en la Orden de 25 de julio de 2012, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón la realización de diversas actividades, mientras que las acciones de desarrollo de hojas de ruta tecnológica, propuestas en esta encomienda, inician nuevas líneas de actividad.

El artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, dispone que la encomienda de gestión a favor de un organismo público dependiente del Departamento encomendante, precisará de la autorización del Consejero correspondiente, por lo que corresponde al titular del Departamento de Industria e Innovación, autorizar la presente encomienda de gestión mediante la aprobación de la correspondiente orden.

La citada orden contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada así como las obligaciones que asuma la entidad encomendada. Asimismo, tal y como dispone el artículo 15.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la orden mediante la que se autorice la encomienda de gestión, deberá ser publicada, para su eficacia, en el Diario Oficial correspondiente.

Por todo lo anteriormente expuesto, acuerdo:

Primero.- Encomendar al Instituto Tecnológico de Aragón la realización de actuaciones de apoyo a las pyme y autónomos aragoneses, a través de la adopción de soluciones tecnológicas, tanto de carácter sectorial como horizontal, relativas al desarrollo del tejido empresarial de tecnologías de la información y de las comunicaciones y a la implantación de la Sociedad de la Información en las empresas en Aragón, con el objetivo de incrementar la competitividad de las pyme y autónomos aragoneses, así como mejorar su productividad, a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), en sus procesos y cultura empresarial.

Segundo.- Las actuaciones, plazo de ejecución y presupuesto, a desarrollar en el marco de la encomienda, se centrarán en cuatro líneas concretas.

a) Realización de talleres TIC para las pyme aragonesas.

1. Análisis de las necesidades de formación de las pyme en el territorio aragonés, a partir de la interacción con asociaciones empresariales y agentes clave, así como de las demandas recogidas en los talleres realizados en años a anteriores.

2. Propuesta de temática de los talleres. Se desarrollarán al menos tres temáticas.

3. Propuesta de lugares para la realización de talleres.

4. Diseño, organización e impartición de talleres. Se desarrollarán al menos doce talleres de 2,5 horas.

5. Difusión y captación de las pyme, micropyme y autónomos para su participación en los talleres.

6. Ejecución, seguimiento y evaluación de los talleres.

7. Recogida de demanda para futuros talleres.

Plazo de ejecución: un año a partir de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Presupuesto estimado: 14.000 €.

b) Actividades para la mejora de la actividad logística en el comercio electrónico.

1. Difusión y formación para las empresas en materia de logística aplicada al comercio electrónico:

- Prospectiva sobre necesidades formativas de la logística en el comercio electrónico.

- Organización e impartición de al menos dos talleres prácticos, a partir de las necesidades detectadas, en eventos tales como la Feria de Tiendas Virtuales, actividades de asociaciones del sector, etc.

- Incorporación de soluciones para comercio electrónico, basadas en software libre, al catálogo de software libre que se recoge en el punto segundo apartado d) 1. de esta encomienda.

2. Despliegue de soluciones demostradoras innovadoras en el Centro Público Demostrador TIC para el Sector Logístico:

- Despliegue de cuatro soluciones demostradoras innovadoras en temáticas relacionadas con la logística y el comercio electrónico, relacionadas con almacén, transporte, atención al cliente,...

- Jornadas de trabajo con el sector TIC aragonés para favorecer la provisión de soluciones comerciales para el sector del comercio electrónico, donde se les presenten las necesidades detectadas y se les planteen oportunidades de evolución y adaptación de sus soluciones actuales a este mercado.

Estas acciones se plantearán para su retransmisión por videoconferencia con Huesca y Teruel.

Plazo de ejecución: un año a partir de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Presupuesto estimado: 20.000 €.

c) Desarrollo de hojas de ruta tecnológicas para empresas TIC.

1. Análisis y desarrollo de una metodología de generación de planes tecnológicos de las empresas del sector TIC aragonés, que las capacite para crear y lanzar nuevos productos y soluciones innovadoras que den respuesta a las necesidades de sus mercados.

2. Difusión de la metodología de los planes tecnológicos entre las empresas del sector TIC aragonés, con la realización de al menos una acción de difusión, para sensibilizarlas de la importancia de la gestión de tecnologías para la generación, evolución y adaptación de su producto TIC.

3. Propuesta de criterios y convocatoria para la selección de empresas en las que desplegar los planes tecnológicos, así como realización de la convocatoria y selección de las empresas en las que desplegar los planes.

4. Desarrollo de proyectos piloto de los planes tecnológicos en tres empresas TIC aragonesas.

5. Soporte a las empresas durante la implantación del plan, mediante al definición de al menos una acción formativa.

Plazo de ejecución: un año a partir de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Presupuesto estimado: 62.000 €.

d) Apoyo y soporte técnico en las actividades que impulsa y/o realiza la Dirección General de Nuevas Tecnologías.

1. Actualización del catálogo de software libre que la Dirección General de Nuevas Tecnologías publica en su página web, en el que se incluirán herramientas y aplicaciones vinculadas al comercio electrónico.

2. Apoyo técnico en proyectos y en la evaluación de convocatorias de ayudas y subvenciones de la Dirección General de Nuevas Tecnologías:

- Apoyo técnico en proyectos de la Dirección General y en las acciones realizadas en colaboración con Red.es y otras instituciones.

- Apoyo técnico en la fase de justificación de ayudas y subvenciones.

Plazo de ejecución: un año a partir de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Presupuesto estimado: 4.000 €.

Tercero.- Será responsabilidad del Instituto Tecnológico de Aragón, en el desempeño de esas actividades:

a) Ejecutar las actuaciones objeto de la encomienda en los plazos que se indican en el segundo punto.

b) Aportar los medios humanos necesarios para la realización de la encomienda.

c) Informar a la Dirección General de Nuevas Tecnologías sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Nuevas Tecnologías en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) Indicar en la comunicación y en los medios materiales que se utilicen para la difusión de las actuaciones encomendadas, expresamente que se trata de actuaciones del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón. Para ello se seguirán las normas aprobadas por el Gobierno de Aragón en materia de comunicación. Asimismo, deberá hacerse constar la colaboración del Ministerio de Economía y Competitividad.

f) El Instituto Tecnológico de Aragón podrá encargar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos siempre y cuando no cuente con los medios para llevarlos a cabo.

Cuarto.- La encomienda de gestión no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Industria e Innovación, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de encomienda.

Quinto.- Los derechos de propiedad intelectual de los materiales que se generen como consecuencia de las acciones de esta encomienda, corresponderán al Gobierno de Aragón, incluidos los asociados a los contratados de servicios que tengan por objeto el desarrollo de dicho material, que deberán contemplar la cesión de los mismos sin limitaciones.

Dado que el Gobierno de Aragón pretende que los contenidos generados en las acciones de formación recogidas en el apartado segundo a) de esta encomienda, puedan utilizarse y reutilizarse por quienes se interesen en los mismos, pero sin uso comercial, tanto en los materiales nuevos que realice el Instituto Tecnológico de Aragón, como en los contratos de servicios que se lleven a cabo en la realización de microtalleres, deberá exigirse el licenciamiento de los materiales bajo licencia Creative Commons del tipo Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa) e indicarse así en los productos que se generen.

Sexto.- Para el mejor desempeño de la tarea encomendada, el Departamento de Industria e Innovación asignará al Instituto Tecnológico de Aragón la cantidad de 100.000 € (cien mil euros), con cargo a la partida 17040 G/5424/227006/39103 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2013, una vez que sea aceptada la encomienda por parte del Instituto Tecnológico de Aragón.

Séptimo.- El plazo para justificar la realización de las actividades encomendadas, así como los gastos y pagos efectuados en relación, tanto con los medios propios utilizados, como con los encargados a servicios externos, finalizará un mes después de la finalización del plazo para la realización de las actividades encomendadas.

Como parte de dicha justificación se presentará una memoria en la que se reflejarán las acciones realizadas, detallando entre otras, las actividades desarrolladas, los medios humanos y materiales dedicados, así como los resultados obtenidos, incluyendo productos, documentos generados e indicadores de ejecución.

La Dirección General de Nuevas Tecnologías, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación.

Séptimo.- La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta un año después de su publicación en "Boletín Oficial de Aragón".

Octavo.- Esta orden surtirá efectos desde su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 19 de agosto de 2013.

El Consejero de Industria e Innovación,

P.S. El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

(Decreto de la Presidencia del Gobierno de Aragón de 29 de julio de 2013)

Modesto Lobón Sobrino