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DECRETO 86/2019, de 4 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta el legado testamentario de D. Fidel Galindo Torres a favor de la Residencia de la Tercera Edad "Javalambre", adscrita al Instituto Aragonés de Servicios Sociales y se faculta al Director-Gerente del mismo para formalizar la aceptación.

Publicado el 14/06/2019 (Nº 114)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales ha tramitado procedimiento relativo a la aceptación del legado testamentario de D. Fidel Galindo Torres a favor de la Residencia de la Tercera Edad "Javalambre", (antigua Residencia Mixta del Imserso), adscrita al Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

D. Fidel Galindo Torres, titular del DNI 19.359.027-L, falleció en Teruel, el 19 de mayo de 2015, siendo su último domicilio la Residencia de la Tercera Edad Javalambre, (anteriormente conocida como Residencia mixta del Imserso). D. Fidel falleció en estado civil soltero y careciendo de descendencia.

D. Fidel Galindo Torres falleció siendo de vecindad civil aragonesa, habiendo otorgado su última voluntad bajo testamento autorizado en Teruel, el 4 de abril de 2000, por el Notario Rafael Bernabé Panós, número 736 de su protocolo.

Con fecha julio de 2018, vía requerimiento notarial a instancia de los herederos testamentarios, se comunica a la Residencia la existencia de legado testamentario a favor de la misma.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales ha informado favorablemente dicha aceptación de herencia en su favor, una vez realizado el oportuno inventario de bienes y haberes que componen la masa hereditaria.

La Ley de Patrimonio de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, establece en su artículo 20, que se respetará la voluntad del disponente, destinando los bienes o derechos a servicios propios de los órganos e instituciones designados como beneficiarios, siempre que esto fuera posible y sin perjuicio de las condiciones o cargas modales a que pudiese estar supeditada la disposición.

Así mismo, se debe señalar que sólo pueden aceptarse herencias, legados o donaciones que lleven aparejados gastos o estén sometidos a alguna condición o modo onerosos si el valor del gravamen impuesto no excede del valor de lo que se adquiere, en cuyo caso, sólo se podrá aceptar si concurren razones de interés público debidamente justificadas. No constando en el expediente la existencia de cargas y gravámenes sobre esta herencia.

Por otro lado, el artículo 21.1 de la Ley de Patrimonio de Aragón dispone que la aceptación de las herencias, legados y donaciones a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de sus organismos públicos corresponde al Gobierno de Aragón mediante Decreto.

En su virtud, a iniciativa y propuesta de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de junio de 2019

DISPONGO

Primero.- Aceptar expresamente, a beneficio de inventario, el legado testamentario de D. Fidel Galindo Torres, debiendo entenderse deferida dicha herencia a favor del Instituto Aragonés de Servicios Sociales al que se encuentra adscrito dicho centro, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley de Patrimonio de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre.

Segundo.- Dicho legado está sujeto a los términos y condiciones establecidos en testamento otorgado por D. Fidel Torres Galindo en Teruel, el 4 de abril de 2000, por el Notario Rafael Bernabé Panós, número 736 de su protocolo.

Tercero.- Facultar al Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para que, en nombre y representación de dicho instituto, formalice cuantos documentos sean precisos para hacer efectivo el legado a favor de la Residencia de la Tercera Hogar Javalambre.

Zaragoza, 4 de junio de 2019.

El Presidente del Gobierno de Aragón, JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA