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ORDEN ECD/1932/2018, de 15 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2017.

Publicado el 07/12/2018 (Nº 236)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/331/2016, de 28 de marzo, se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 21 de abril).

Por Orden ECD/790/2018, de 24 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 97, de 22 de mayo), se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2017.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado que los solicitantes cumplen los requisitos para obtener la condición de beneficiario y reunida la Comisión de Valoración el día 13 de septiembre de 2018 para realizar la valoración de las solicitudes, aplicando los criterios establecidos en el apartado 5 de la orden de convocatoria, el Director General de Planificación y Formación Profesional resuelve provisionalmente la concesión de los premios.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 5.7 de la convocatoria se publicó en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte la propuesta de resolución provisional del Director General de Planificación y Formación Profesional, abriéndose un plazo de diez días para la presentación de alegaciones.

Finalizado el trámite de audiencia, sin que se hayan recibido alegaciones, el Director General de Planificación y Formación Profesional formula la propuesta de resolución definitiva de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional, según lo previsto en el apartado 5 de la citada orden de convocatoria, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio 2018.

Por todo ello, teniendo en cuenta la propuesta de resolución definitiva elaborada por el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelvo:

Primero.- Adjudicar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior, correspondientes al año 2017, a los alumnos relacionados en el anexo I de esta orden.

Segundo.- No adjudicar Premio Extraordinario de Formación Profesional de Grado Superior a los alumnos relacionados en el anexo II por haber obtenido una puntuación inferior a los premiados.

Tercero.- Declarar desiertos los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes a las familias profesionales de Edificación y Obra Civil, Energía y Agua, Madera, Mueble y Corcho y Seguridad y Medio Ambiente, por no haberse recibido candidaturas a las mismas.

Cuarto.- Adjudicar a cada uno de los alumnos premiados la cantidad de seiscientos euros (600 €), quedando estos sometidos al cumplimiento de las obligaciones referidas en el apartado 7 de la Orden ECD/790/2018, de 24 de abril.

Quinto.- El importe de los premios concedidos asciende a diez mil ochocientos euros (10.800 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 18030/G/4226/480223/91002 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2018.

Sexto.- Los alumnos premiados recibirán un diploma acreditativo de esta distinción, que además les será anotado en su expediente académico por el Secretario del Centro en el que realizaron la inscripción.

Séptimo.- Los alumnos premiados podrán optar, previa inscripción, a los Premios Nacionales de Formación Profesional.

Octavo.- Los beneficiarios de estas ayudas están obligados a proporcionar información según indica el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Noveno.- Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 15 de noviembre de 2018.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN