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RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se establece el calendario de la convocatoria extraordinaria de las pruebas de certificación de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial correspondientes al curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 18/09/2020 (Nº 186)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Orden ECD/1777/2019, de 11 de diciembre, determina los principios de la evaluación y la obtención de certificados para las enseñanzas de idiomas de régimen especial de la Comunidad Autónoma de Aragón que se basan en el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, que establece los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

La Resolución de 10 de marzo de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad establece las bases de la convocatoria de las pruebas de certificación de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial correspondientes al curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Resolución de 28 de mayo de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, modifica la Resolución de 10 de marzo por la que se convocan las pruebas de certificación de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial correspondientes al curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón. De este modo, el apartado primero fue modificado en su epígrafe cuarto previendo que la convocatoria de las pruebas extraordinaria se llevaría a cabo a partir del 25 de septiembre, en fechas que se informarán en tiempo y forma.

Es por tanto necesario aprobar el calendario de la convocatoria de pruebas extraordinarias, tal y como se recoge en dicha resolución.

Por todo ello, en virtud de las competencias recogidas en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con la configuración actual recogida en el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, resuelvo:

Primero.- Objeto.

1. Esta Resolución tiene como objeto establecer el calendario de la convocatoria extraordinaria de las pruebas de certificación de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 para el alumnado en modalidad oficial y libre de las enseñanzas de idiomas de régimen especial correspondientes al curso académico 2019-2020.

2. Conforme a lo establecido en la Orden ECD/357/2020, de 29 de abril, modificada por la Orden ECD/369/2020, de 8 de mayo, los aspirantes dispondrán de dos convocatorias de examen.

Segundo.- Calendario de las pruebas.

1. Las pruebas de la convocatoria extraordinaria de estos niveles se llevarán a

cabo a partir del 25 de septiembre.

2. El calendario para los idiomas alemán, catalán, francés, inglés e italiano será el que se establece en el anexo I de esta resolución.

3. En el caso de chino, español lengua extranjera y ruso serán las direcciones de las escuelas de idiomas correspondientes las que establezcan los calendarios de las pruebas escritas y orales de los distintos niveles, siempre a partir de la fecha indicada para el comienzo de la convocatoria extraordinaria.

4. Los centros igualmente planificarán las fechas en las que deban desarrollarse las pruebas de la convocatoria extraordinaria del alumnado libre de nivel Básico A2 en los idiomas que corresponda a partir del 25 de septiembre.

5. Las escuelas deberán hacer públicas estas fechas para conocimiento del alumnado oficial y libre.

Tercero.- Medidas organizativas.

La Directora General de Planificación y Equidad podrá adoptar las medidas organizativas que estime oportunas para un mejor desarrollo de las pruebas teniendo en cuenta las recomendaciones sanitarias existentes.

Cuarto.- Efectos.

La presente Resolución surte efectos desde el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinto.- Recursos.

Contra esta Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante el Consejero de Educación Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 10 de septiembre de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ