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DECRETO 206/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la encomienda de gestión del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente al Instituto Aragonés de Fomento para la ejecución de obras con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel.

Publicado el 12/12/2014 (Nº 243)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El artículo 71.32.a del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

El presente decreto se aprueba en ejercicio de las competencias exclusivas que el artículo 71.20.ª de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de montes y vías pecuarias, que, al menos, incluyen la regulación y el régimen de protección e intervención administrativa de sus usos, así como de los pastos y los servicios y aprovechamientos forestales; la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje conforme dispone el artículo 71.22.ª del vigente Estatuto de Autonomía de Aragón; así como las competencias de desarrollo y ejecución de la legislación básica del Estado en materia de Protección del medio ambiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75.3.ª del vigente Estatuto de Autonomía de Aragón.

Uno de los instrumentos que contribuyen al desarrollo económico de Aragón es el Fondo de Inversiones de Teruel (en adelante FITE), cuyo objeto es financiar proyectos de inversión que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y de riqueza en la provincia de Teruel.

Con fecha 15 de julio de 2014 se firmó el convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Diputación General de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel. El convenio desarrolla el protocolo de intenciones que con fecha 7 marzo de 2011, se firmó entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón con la finalidad de promover actuaciones que favorezcan la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel.

En dicho convenio se establecen los proyectos que preferiblemente se financiarán, entre los que se incluyen diversas actuaciones relacionadas con la gestión forestal en la provincia de Teruel.

Según se establece en el Decreto 333/2011, de 6 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, le corresponde a la Dirección General de Gestión Forestal la dirección, planificación, coordinación y supervisión de la política forestal, y en particular la elaboración de instrumentos de planificación; la gestión forestal sostenible; la valorización de los recursos forestales; la defensa de la propiedad pública forestal y de las vías pecuarias; el estudio, protección y recuperación de los espacios forestales con especial atención a la salud de los bosques; la planificación, coordinación y gestión en materia de incendios forestales y en particular las actuaciones de carácter preventivo sobre el territorio y la sensibilización social, entre otras.

Entre estas actuaciones, presentan especial relevancia, aquellas dirigidas a la prevención y restauración de daños por fenómenos naturales como incendios forestales, riadas, nevadas, etc. En este sentido, algunas de las principales herramientas de las que dispone la gestión forestal para prevenir o restaurar tales daños son las repoblaciones forestales por su significativa contribución a la conservación de suelos y a la lucha contra la erosión y desertificación, la construcción de caminos forestales para la mejora del acceso a los montes, la realización de trabajos selvícolas para mejorar el estado de las masas forestales, la mejora de infraestructuras de defensa contra incendios forestales o el estudio, inventario y planificación selvícola y de defensa contra incendios.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente tiene planificadas una serie de actuaciones relacionadas con esas líneas de trabajo en la provincia de Teruel, que simultáneamente refuerzan la política de gestión forestal sostenible que viene desarrollando este Departamento y contribuyen a la creación de renta y riqueza que también pretende el FITE. Entre estas actuaciones, por su singularidad, destaca la asignación de 295.000 euros del FITE 2014 que la Subcomisión de Seguimiento del FITE, en su reunión celebrada el 23 de julio de 2014, ha acordado invertir en la repoblación forestal del incendio de Aliaga del año 2009, o en trabajos selvícolas y de mejora en la prevención y extinción de incendios forestales, según el siguiente desglose:

Trabajos de repoblación forestal del incendio de Aliaga del año 2009.

Restauración de zonas afectadas por las nevadas del año 2013 en la Comarca del Matarraña.

Para lograr la mayor eficacia en la gestión y en la ejecución de las actuaciones objeto de aplicación del FITE de la anterior relación, se considera oportuno efectuar una encomienda de gestión del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a favor del Instituto Aragonés de Fomento de acuerdo con lo establecido por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, esta encomienda debe ser autorizada por el Gobierno de Aragón, contemplando los extremos que dicho precepto estipula y que se fijan en este Decreto.

El Instituto Aragonés de Fomento es un ente de derecho público, adscrito al Departamento de Industria e Innovación, al que se le atribuye, entre otras funciones, la promoción de proyectos de inversión, públicos y privados, con especial incidencia en las zonas menos desarrolladas del territorio aragonés, como enuncia el artículo 4 a) de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio. Con base en ello esta entidad ha venido realizando anteriormente las funciones objeto de esta encomienda, habiendo gestionado en anteriores asignaciones del FITE trabajos directamente relacionados con la ejecución de trabajos selvícolas y de prevención de incendios forestales bajo la asistencia de la Dirección General de Gestión Forestal.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 2 de diciembre de 2014,

DISPONGO

Primero.- Autorizar la encomienda de gestión del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a favor Instituto Aragonés de Fomento para la ejecución de una serie de actuaciones relacionadas con la gestión forestal en la provincia de Teruel, incluidas en el Fondo de Inversiones de Teruel, con una dotación de 295.000 €. Autorización que se hace efectiva en virtud de este acto

Segundo.- Las actuaciones a desarrollar a través de la presente encomienda se concretan en:
Actuación Municipio Presupuesto
Repoblación forestal Aliaga 175.000 €
Restauración zonas afectadas por nevadas Matarraña (comarca) 120.000 €
TOTAL 295.000 €
Tercero.- La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias al Instituto Aragonés de Fomento ni de los elementos sustantivos del ejercicio de las funciones que se le atribuirán en el apartado cuarto de este Decreto, siendo responsabilidad del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de la encomienda.

Cuarto.- Una vez aceptada la encomienda por el Instituto Aragonés de Fomento, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente le transferirá, para el pago de esas actuaciones, la cuantía de doscientos noventa y cinco mil euros, el 50% de la aplicación presupuestaria 14060 G/5331/740021/91001 y el 50% de la aplicación presupuestaria 14060 G/5331/740021/32200, procedente del presupuesto del año 2014 de la Dirección General de Gestión Forestal, financiación a cargo del Fondo de Inversiones de Teruel.

La transferencia se realizará directamente al IAF por la cuantía total, y en un solo pago antes del 31 de diciembre de 2014.

De dicha cuantía, el Instituto Aragonés de Fomento deberá devolver el importe que no se llegue a ejecutar al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Quinto.- Obligaciones de las partes

1. Respecto del alcance de esta encomienda, al Instituto Aragonés de Fomento le corresponderá:

Destinar la partida económica de doscientos noventa y cinco mil euros (295.000 €) prevista en el Fondo de Inversiones de Teruel para la realización de las actuaciones detalladas en el apartado primero.

Asumir las obligaciones como órgano de contratación de las actuaciones contempladas en el presente decreto, que serán ejecutadas por cualquiera de los procedimientos contemplados en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, previa propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal.

Justificar ante la Dirección General de Gestión Forestal la realización de las actuaciones encomendadas así como los gastos y pagos realizados.

2. Por su parte, al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, corresponderán:

La elaboración de los correspondientes proyectos de inversión, incluyendo: memoria, pliego de condiciones técnicas, presupuesto, planos y cuantos documentos exija la normativa de contratación del sector público.

La asesoría permanente al Instituto Aragonés de Fomento para la aprobación y seguimiento de los contratos o encargos.

El nombramiento de personal técnico entre el personal del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, como director técnico de los trabajos.

Sexto.- Las obras ejecutadas al amparo de este Decreto son titularidad del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- El Instituto Aragonés de Fomento dejará tener derechos u obligaciones sobre las obras ejecutadas al amparo del presente decreto en el momento en que el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente dé el visto bueno al fin de las obras.

Octavo.- La justificación de los gastos y pagos realizados de acuerdo a esta encomienda de gestión se realizará ante el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, debiendo presentar el Instituto Aragonés de Fomento las correspondientes facturas, las certificaciones de obra y documentos justificativos derivados de la ejecución de las actividades en relación tanto con los medios propios utilizados como con los contratados con servicios externos. Todo ello justificativo de la cantidad trasferida con anterioridad al 15 de diciembre de 2015.

Noveno.- La vigencia de la encomienda de gestión se iniciará con la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", del presente Decreto, y continuará en vigor hasta la total finalización de las actuaciones contempladas en el apartado primero del presente decreto, que deberá producirse, en cualquier caso, antes del 15 de diciembre de 2015.

La encomienda podrá ser suspendida o dejada sin efecto en caso de incumplimiento de las directrices y medidas previstas en este decreto, o por otros motivos debidamente motivados.

Décimo.- El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 2 de diciembre de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO