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DECRETO 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón.

Publicado el 12/12/2014 (Nº 243)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR

Texto completo:

El artículo 71.8 del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en ordenación del territorio. En ejercicio de dicha potestad, las Cortes de Aragón aprobaron la primera Ley 11/1992, de 24 de noviembre, de Ordenación del Territorio y, en sustitución de aquella la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, recientemente modificada por la Ley 8/2014, de 23 de octubre.

La Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, dedica su titulo II a los instrumentos de planeamiento territorial estructurándose en dos capítulos que regulan la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón y las Directrices de Ordenación Territorial.

Dicha Ley señala en su Exposición de Motivos que opta por flexibilizar el procedimiento de aprobación de la Estrategia Territorial de Aragón y garantizar una completa tramitación administrativa, considerando la naturaleza reglamentaria como la más adecuada para la complejidad del documento objeto de aprobación. Además explica el establecimiento de una relación de jerarquía normativa entre la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón y el resto de instrumentos de planificación territorial al establecer la Ley que, si bien la aprobación de estos últimos no requiere la previa aprobación de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón, deben adaptarse al contenido de ésta.

La Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón está integrada por:

- Memoria: que incluye el análisis del sistema territorial de Aragón y el diagnóstico de la situación de cada uno de sus componentes.

- Documento del modelo territorial: que contiene el modelo de ordenación y desarrollo sostenible de la Comunidad Autónoma, las estrategias para alcanzarlo y los indicadores e índices para la evaluación y seguimiento de la evolución de la estructura territorial en relación con el modelo propuesto.

- Normas: reglas de aplicación directa o que inciden en la previsión de desarrollo del planeamiento, información o gestión territorial, en el planeamiento urbanístico municipal y en las actuaciones sectoriales que la Comunidad Autónoma pueda dictar en el ámbito de su competencia.

- Documento resumen de la documentación anterior que tiene por objeto facilitar la comprensión de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón.

La elaboración de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón se ha ajustado a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 4/2009, de 22 de junio de Ordenación del Territorio de Aragón.

El Gobierno de Aragón en sesión celebrada el 27 de diciembre de 2011 acordó la iniciación de la elaboración de la Estrategia, encomendando su elaboración al Departamento de Política Territorial e Interior.

El Proyecto de Estrategia Territorial de Aragón se ha sometido al procedimiento de evaluación ambiental; al trámite de información pública por plazo de dos meses, garantizando la participación ciudadana en el procedimiento y a informe del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón.

Fue aprobado provisionalmente por el Consejo de Gobierno el 29 de julio de 2014, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial y posteriormente, sometido a las Cortes de Aragón para su examen como plan o programa en los términos previstos en su Reglamento.

Tras este completo proceso en su elaboración, la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón determina el modelo de ordenación y desarrollo territorial sostenible de toda la Comunidad Autónoma, las estrategias para alcanzarlo y los indicadores para el seguimiento de la evolución de la estructura territorial y su aproximación al modelo establecido, partiendo del análisis y diagnóstico del sistema territorial de Aragón, y de acuerdo con los objetivos y estrategias contenidos en el título preliminar de la Ley de Ordenación del Territorio.

El proceso finaliza con la aprobación definitiva de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón que corresponde al Gobierno de Aragón mediante Decreto y su publicación, que comprenderá el documento resumen, las normas y los documentos exigidos en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.9 de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón.

No obstante, en aras a posibilitar una mejor compresión de la Estrategia, la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", se completará con el documento denominado Modelo Territorial (Tomo I) que comprende además de las normas, los objetivos generales, los objetivos específicos y las estrategias junto con las propuestas de resolución aprobadas por las Cortes de Aragón

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial e Interior, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de fecha 2 de diciembre de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto del Decreto.

Se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón.

Artículo 2. Ámbito.

La Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón tiene como ámbito de aplicación el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Articulo 3. Vigencia.

La Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de la elaboración de informe de seguimiento en el plazo de cuatro años, o de su revisión o modificación siguiendo al efecto, el procedimiento regulado en el artículo 20 de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio.

Artículo 4. Efectos.

a) Las disposiciones normativas incluidas en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón tienen carácter obligatorio para sus destinatarios, sin perjuicio de la prevalencia de las disposiciones ambientales que puedan resultar de aplicación.

b) Las formulaciones de carácter estratégico contenidas en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón tienen el valor de criterios determinantes del ejercicio de las potestades de todas las Administraciones Públicas, con las salvedades señaladas en el artículo 26 de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio.

c) La aprobación de la Estrategia Territorial de Aragón produce los efectos contenidos en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, cesando la vigencia de las Directrices Generales de Ordenación Territorial de Aragón, aprobadas por Ley 7/1998, de 16 de julio.

Artículo 5. Publicidad.

La Estrategia Territorial de Aragón estará a disposición del público en la página web del Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón.

Disposición adicional única. Menciones de Género.

Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado del Reglamento objeto de aprobación se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo.

Se autoriza al Consejero competente en materia de ordenación del territorio para que dicte las disposiciones que precisen la aplicación y desarrollo de este Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 2 de diciembre de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Política Territorial e Interior,

ANTONIO SUÁREZ ÓRIZ