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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación existente para la fabricación de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), promovido por Piezas y Rodajes, S.A. (Expediente INAGA 500301/02.2018/0001).

Publicado el 24/08/2018 (Nº 164)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 14 de marzo de 2008, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación existente para la fabricación de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), promovido por Piezas y Rodajes, S.A. (Expediente INAGA 500301/02.2006/10785).

Con fecha 30 de marzo de 2010, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 15 de marzo de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación existente para la fabricación de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), promovido por Piezas y Rodajes, S.A., referente a la modificación de los valores límite de emisión para la dimetiletilamina en los focos de emisión a la atmósfera número 11 y número 12 (Expediente INAGA 500301/02.2009/10103).

Con fecha 3 de diciembre de 2010, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 9 de noviembre de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente por segunda vez la Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, al respecto del consumo de materias primas, producción de residuos peligrosos y no peligrosos, emisiones a la atmósfera y su control y amplía la vigencia de la autorización ambiental integrada (Expediente INAGA 500301/02.2010/4692).

Con fecha 22 de noviembre de 2013, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 28 de octubre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza de oficio la autorización ambiental integrada de la planta de fabricación de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), promovido por Piezas y Rodajes, S.A. (Expediente INAGA 500301/02.2013/8880).

Con fecha 1 de abril de 2014, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 7 de marzo de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación existente para la fabricación de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), promovido por Piezas y Rodajes S.A., referente a la solicitud de la autogestión del residuo no peligroso denominado "Machos y moldes de fundición sin colada distintos de los especificados en el código 100905" y código LER 100906 mediante operaciones físicas de separación, con el fin de utilizar las arenas de moldeo recuperadas para la fabricación de nuevos moldes. Solicita además, que parte de la arena recuperada pueda ser utilizada por otra empresa como materia prima secundaria (Expediente INAGA 500301/02.2013/5226).

Por Resolución de 22 de diciembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se considera como no sustancial la modificación prevista por Piezas y Rodajes, S.A. en su fábrica de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), consistente en actualizar la cantidad, tipología y destino previsto de los residuos generados, a la realidad productiva sin que se hayan modificado las instalaciones ni la capacidad de producción de la instalación. Los únicos cambios llevados a cabo son el incremento de los trabajos de oficina y de mantenimiento de las instalaciones, el cambio de proveedor de algunas materias primas, y la externalización de algunos servicios, lo que ha dado lugar al incremento de los residuos generados. En cualquier caso, se iniciará de oficio expediente de modificación puntual para actualizar las cantidades de residuos generadas, las nuevas operaciones de gestión previstas por la empresa y el seguro de responsabilidad civil por el incremento en la producción de residuos peligrosos (Expediente INAGA 500301/02.2017/11052).

De acuerdo a lo anterior, con fecha 8 de enero de 2018, se notifica al promotor la apertura de oficio del expediente de modificación puntual de la autorización ambiental integrada por cambio en las cantidades de residuos generadas en su planta de Monreal del Campo (Teruel).

Con fecha 2 de febrero de 2018, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", la Resolución de 15 de enero de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente por tercera vez la Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, respecto a la instalación de una máquina eléctrica de soldadura de aros de acero en la sección de mecanizado de la planta y un nuevo horno de tratamiento térmico de las piezas de acero en la sección de tratamiento térmico, lo cual supone la instalación de dos nuevos focos de emisión de contaminantes a la atmósfera (Expediente INAGA 500301/02.2016/9285).

Con fecha 20 de abril de 2018, se notifica al promotor el preceptivo trámite de audiencia para que pueda personarse, si lo desea, en este Instituto y pueda conocer el expediente completo antes de resolver la solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada de la instalación, disponiendo para ello de un plazo de 10 días, sin que éste presente alegaciones.

Considerando que el promotor ha justificado las modificaciones pretendidas, y que éstas se corresponden con la modificación no sustancial otorgada por la Resolución de 22 de diciembre de 2017, antes citada.

Considerando que en la documentación se justifica que, con las operaciones de tratamiento actualizadas, la mayoría de sus residuos son enviados a un gestor autorizado para su valorización.

Considerando que Piezas y Rodajes, S.A. ha cumplido con el condicionado relativo a la prevención y priorización en la gestión de los residuos establecido en su autorización.

Considerando que en el artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón se establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada puntualmente a solicitud del titular de la instalación.

Considerando que la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye a este Instituto la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo único de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las autorizaciones ambientales integradas.

Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de general aplicación.

Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación;; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos; el Decreto 148/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el catálogo Aragonés de Residuos; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente por cuarta vez la "Resolución de 25 de febrero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación existente para la fabricación de piezas de fundición, ubicada en el término municipal de Monreal del Campo (Teruel), promovido por Piezas y Rodajes, S.A.", en el siguiente sentido:

1. Se elimina el condicionado 1.5.bis. Jerarquía en la gestión de residuos.

2. Se sustituye el condicionado 1.6. Producción de residuos, por el siguiente:

1.6. Producción de residuos

1.6.1. Prevención y priorización en la gestión de residuos

Conforme a lo previsto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, Piezas y Rodajes, S.A. deberá gestionar los residuos generados en la planta aplicando el siguiente orden de prioridad: prevención, preparación para la reutilización, reciclado y otros tipos de valorización, incluida la valorización energética.

Para el caso de los residuos peligrosos Piezas y Rodajes, S.A. deberá elaborar y remitir cada cuatro años a la Dirección General de Sostenibilidad el estudio de minimización de residuos peligrosos que se señala en el condicionado 1.9. Control de la producción de residuos con objeto de mejorar las actuaciones de prevención.

En lo que respecta a la gestión posterior, Piezas y Rodajes, S.A. prioriza la valorización frente a la eliminación en aquellos residuos de las tablas de los apartados 1.6.2. Producción de Residuos Peligrosos y 1.6.3. Producción de residuos no peligrosos del presente condicionado para los que se ha señalado como operación de tratamiento actual un código de operación R.

Para el resto de residuos, en los que se ha señalado como operación de tratamiento actual un código de operación D, los residuos podrán seguir siendo tratados mediante las operaciones de eliminación actuales siempre y cuando esté justificado que no queda otra operación de tratamiento viable y se evite o reduzca al máximo su repercusión en el medio ambiente.

1.6.2. Producción de residuos peligrosos

Se inscribe a Piezas y Rodajes, S.A. en el registro de productores de residuos peligrosos, según lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el número de inscripción AR/P-62 para los siguientes residuos:

Todos los residuos peligrosos generados en el proceso de fabricación de Piezas y Rodajes, S. A. deberán ser etiquetados y almacenados correctamente, en almacén cubierto, pavimentado y destinado a tal efecto.

La empresa deberá cumplir todas las prescripciones establecidas en la vigente normativa sobre residuos peligrosos para los productores de residuos peligrosos, incluidas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y en el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos y en el Decreto 236/2005, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El promotor deberá suscribir un contrato de seguro de responsabilidad civil en los términos previstos en el artículo 6 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, cuya póliza cubra, al menos, responsabilidades por un límite cuantitativo de cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y cuatro euros (442.654 €) de acuerdo a la Orden de 13 de septiembre de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los criterios técnicos para el cálculo de seguros y de garantías financieras en relación con determinadas actividades en materia de residuos.

1.6.3.- Producción de residuos no peligrosos

Se inscribe a Piezas y Rodajes, S. A. en el registro de productores de residuos no peligrosos, según lo establecido en Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el número de inscripción AR/PRNP-47, para los siguientes residuos:

(1) No se considerará residuo la cantidad de arena que sea usada como materia prima secundaria por otra empresa sin ningún tipo de tratamiento previo, siempre y cuando exista contrato formal entre ambas empresas.

En el plazo de tres meses, Piezas y Rodajes, S.A. como industria productora del residuo de arenas de moldeo y la empresa receptora del mismo, con el fin de regular la declaración de este residuo de producción como un subproducto, deberán iniciar de forma conjunta el procedimiento de evaluación como subproducto de las arenas de moldeo, conforme al documento disponible en la dirección electrónica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en el apartado 1.6.1 de este condicionado:

Los residuos no peligrosos generados en la planta deberán gestionarse mediante un gestor autorizado, conforme a lo previsto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y el Decreto 2/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos industriales no peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Los residuos domésticos generados deberán gestionarse de acuerdo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y a las Ordenanzas Municipales de Monreal del Campo. En cualquier caso, se fomentará la segregación de residuos por materiales y se depositarán en los contenedores de recogida selectiva, si ésta existe, para facilitar su reciclado y/o valorización posterior.

Esta resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.3 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 3 de julio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL