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ORDEN ECD/487/2020, de 15 de mayo, por la que se aceptan renuncias presentadas por beneficiarias de la Orden ECD/1359/2019, de 27 de septiembre, por la que se adjudican ayudas a becarios auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para el periodo del 1 de octubre de 2019 al 31 de mayo de 2020, financiados por la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 25/06/2020 (Nº 125)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/1359/2019, de 27 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 204, de 17 de octubre de 2003) se adjudicaron ayudas a becarios auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para el periodo del 1 de octubre de 2019 al 31 de mayo de 2020, financiados por la Comunidad Autónoma de Aragón.

El apartado séptimo punto 3 de dicha Orden recoge que si el becario auxiliar por causa justificada tuviera que renunciar definitivamente a la beca, deberá comunicarlo con la mayor antelación posible a los centros de destino, al Servicio Provincial correspondiente a su centro y a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional. Si la renuncia se produce una vez iniciado el curso, la Dirección General de Innovación y Formación Profesional valorará la posibilidad de sustituirlo, según el momento del curso en que se produzca la renuncia, solicitando al Ministerio de Educación y Formación Profesional la sustitución al auxiliar.

Se han recibido con fechas 20, 21 y 27 de marzo de 2020, renuncias a la ayuda por parte de tres beneficiarias de dicha ayuda, con efectos del día 1 de abril de 2020 y efectuadas las comunicaciones oportunas, por el Director General de Innovación y Formación Profesional se ha emitido la correspondiente propuesta, estimando que no procede en ningún caso la sustitución de las becarias.

Posteriormente, con fechas 30 de marzo y 8 de abril de 2020, se han recibido renuncias a la ayuda por parte de dos beneficiarias de dicha ayuda, con efectos igualmente del día 1 de abril de 2020 y efectuadas las comunicaciones oportunas, por el Director General de Innovación y Formación Profesional se ha emitido la correspondiente propuesta, estimando que no procede la sustitución de las becarias.

Visto lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a lo previsto en el apartado séptimo de la Orden ECD/1359/2019, de 27 de septiembre, resuelvo:

Primero.- Aceptar las renuncias presentadas por D.ª Johana Platz, D.ª Lorissa Laforge y D.ª Alice Draper, a su condición de becarias auxiliares de conversación, beneficiarias de las ayudas adjudicadas, mediante Orden ECD/1359/2019, de 27 de septiembre, que conlleva la revocación de sus nombramientos y la pérdida del derecho al cobro de la subvención por la realización de dicha actividad, con efectos de 1 de abril de 2020.

Segundo.- Aceptar las renuncias presentadas por D.ª Jody Findlay y D.ª Diana Prae a su condición de becarias auxiliares de conversación, beneficiarias de la ayuda adjudicada, mediante Orden ECD/1359/2019, de 27 de septiembre, que conlleva la revocación de sus nombramientos y la pérdida del derecho al cobro de la subvención por la realización de dicha actividad, con efectos de 1 de abril de 2020.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse, y una vez se levanten los efectos suspensivos de los plazos procesales y administrativos contemplados en las disposiciones adicionales segunda y tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Zaragoza, 15 de mayo de 2020.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO