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ORDEN EIE/148/2017, de 17 de febrero, por la que se da publicidad al "Acuerdo de 14 de febrero de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan los criterios de interpretación para la declaración de Inversiones de Interés Autonómico en materia de Energías Renovables".

Publicado el 24/02/2017 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Aprobado por el Gobierno de Aragón, el día 14 de febrero de 2017, el Acuerdo por el que se adoptan los criterios de interpretación para la declaración de Inversiones de Interés Autonómico en materia de Energías Renovables, se procede a su publicación en anexo a la presente orden.

Zaragoza, 17 de febrero de 2017.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

Acuerdo de del Gobierno de Aragón por el que se adoptan criterios de interpretación para la declaración de Inversiones de Interés Autonómico en materia de Energías Renovables

El título II del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, regula las inversiones de interés autonómico que se definen como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Dichas declaraciones se acuerdan a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surten efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión (artÍculo 7 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre).

Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo y la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos (artículos 8 y 9 del Decreto-Ley 1/2008), además de otros efectos de fomento de la inversión.

Si bien la reducción de plazos se trata de manera específica en materias como el urbanismo y el medio ambiente, ello no significa que pueda aplicarse a cualquier sector o actividad de la economía aragonesa que tenga capacidad de generar riqueza, innovación y empleo. Uno de estos sectores, es el de las energías renovables.

El fomento del desarrollo de energías nuevas y renovables constituye uno de los objetivos de la política energética de la Unión conforme establece el artículo 194 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En este sentido, la Directiva 2009/28/CE sobre energías renovables, adoptada en codecisión el 23 de abril de 2009, estableció que, para el año 2020, un 20 % del consumo de energía en la Unión ha de proceder de fuentes renovables.

La Comisión, en su Comunicación de 6 de junio de 2012, titulada "Energías renovables: principales protagonistas en el mercado europeo de la energía" definió las áreas en las que han de intensificarse los esfuerzos hasta 2020 para que la producción europea de energías renovables pueda seguir creciendo hasta 2030 y en años posteriores, y, en particular, para que las energías renovables sean menos costosas, más competitivas y respondan a las necesidades del mercado. Asimismo, la energía renovable desempeña un papel fundamental en la estrategia de la Comisión a largo plazo esbozada en su "Hoja de Ruta de la Energía para 2050".

Más recientemente, la Comisión Europea ha publicado el "Winter Package", su propuesta legislativa para alcanzar los objetivos climáticos europeos del Acuerdo de París, incluyendo bajo el título "Clean Energy for All Europeans", las propuestas regulatorias de la UE que tienen como uno de sus principales objetivos la integración y el fomento de las energías renovables.

En este contexto se inserta el vigente Plan Energético de Aragón 2013-2020 en el que recogen los objetivos de crecimiento de la energía de origen renovable que, en el caso de aplicación eléctrica (eólica, hidroeléctrica, solar fotovoltaica y biomasa) es de un 107,5 por ciento para el horizonte temporal, y en el caso de aplicación térmica (solar térmica, biomasa, geotérmica, etc.) es del 22 por ciento.

Como se indica en el Plan aragonés "...la Comunidad Autónoma de Aragón se caracteriza por un extenso territorio, por la abundancia de recursos energéticos y por una privilegiada ubicación geo-estratégica, valores diferenciales que se están aprovechando y en los que se debe seguir profundizando con una política energética que contribuya a avanzar decisivamente en el objetivo general de desarrollo social y económico en Aragón. Todo ello implica importantes objetivos: la creación de empleo, la preservación de la calidad medioambiental, el aumento de la competitividad de la economía aragonesa, la seguridad y calidad en el abastecimiento energético, la obtención de precios de energía competitivos, el desarrollo tecnológico, el fortalecimiento y crecimiento de nuestro tejido industrial, el apoyo a las energías renovables así como en la mejora de la eficiencia energética y el ahorro de energía y la investigación, desarrollo e investigación..."

Con la finalidad de cumplir estos objetivos y desarrollar la estructura energética de Aragón, que se caracteriza por la elevada participación de las energías renovables (durante 2015 la energía procedente de fuentes renovables supuso un 21,5% del total de energía primaria, siendo la cuota procedente de fuentes renovables en el consumo final bruto de energía en 2015 del 23,8%), desde Aragón se han impulsado políticas de apoyo a las fuentes de energías renovables. A ello responde la reciente aprobación del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón, que ha proporcionado un entorno regulatorio a los promotores de proyectos eólicos en Aragón que sienta las bases del desarrollo del sector en nuestra Comunidad, facilitando la posibilidad de autorizar dichas instalaciones.

La importancia de producción de energía eléctrica de fuentes renovables, ya sea eólica, que supone el mayor porcentaje en el total de las energías renovables de Aragón (el 34,7% en 2015), como biomasa (27,9%), hidroeléctrica (30,5%), biocarburantes (3,9%) o procedentes de otras fuentes como la energía solar térmica, solar fotovoltaica, geotérmica e hidrógeno, que representan el 3% del total de las energías renovables en Aragón, obliga a adoptar políticas públicas que favorezcan su desarrollo, con objeto, no solo de impulsar la producción de energías denominadas "limpias", sino también el desarrollo de la economía aragonesa, puesto que no puede ignorarse que el desarrollo de las energías renovables ha configurado un sector empresarial dinámico y estratégico que puede convertirse en un importante factor de competitividad en Aragón y también de vertebración del territorio.

En este contexto, la declaración de inversión de interés autonómico constituye un instrumento estratégico que, con el fin último de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan la renovación del modelo productivo de la economía aragonesa, puede ser aplicado al desarrollo de iniciativas de inversiones vinculadas a estas fuentes de energía renovable, favoreciendo tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés.

Así lo ha entendido el sector, que ha respondido de forma positiva al nuevo marco normativo de las energías renovables, especialmente de la producción eólica, solicitando autorizaciones administrativas para la implantación de sus proyectos en Aragón, así como presentando varias solicitudes para que sus proyectos se declaren como inversiones de interés autonómico, con el objeto de que se tramiten de forma preferente en atención a su especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Es evidente que los proyectos vinculados a fuentes de energía renovables no solo tienen una importante incidencia desde un punto de vista energético y de contribución sobre el consumo final bruto de energía, sino también desde una perspectiva socio- económica, al generar inversión empresarial, empleo y riqueza.

Sin embargo, no todo proyecto puede ser declarado como una inversión de interés autonómico, aunque constituya una inversión económica en el territorio aragonés y lleve implícita la creación de empleo. Es necesario, como bien indica en artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, que tenga "especial relevancia para el desarrollo económico y social y territorial en Aragón". Lo contrario supondría desvirtuar la finalidad pretendida con tal declaración.

Por ello, resulta necesario identificar aquellos proyectos de inversión que, cumpliendo los objetivos de sostenibilidad económica, social, medioambiental y territorial, puedan ser declarados de interés estratégico para Aragón por su capacidad de generar riqueza, innovación y empleo.

Muchos de estos proyectos presentan infraestructuras y características técnicas, productivas, laborales y socio-económicas muy similares. Por ello, resulta especialmente relevante que estas inversiones empresariales, además de generar riqueza y empleo en el sistema productivo aragonés, impliquen una aportación a la cohesión territorial y al desarrollo de las zonas más desfavorecidas de Aragón y supongan la implantación de nuevas actividades económicas que pueden sustituir a sectores en declive o en reconversión.

Un ejemplo claro de ello es la situación actual de las zonas de la minería del carbón y su entorno existentes en Aragón. Estas zonas, que han estado vinculadas históricamente al carbón y tienen una población muy dispersa, con núcleos de población pequeños y diseminados además de una carencia de infraestructuras, requieren actuaciones que, con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón y aliviar las consecuencias sociales y regionales derivadas de la crisis de este sector, incentiven la creación de empleo y actividad económica, impulsando en ellas proyectos de inversión empresarial. Es por ello, que cualquier proyecto de instalación de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en las comarcas y municipios mineros de Aragón debe considerarse como especialmente relevante para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón, a los efectos establecidos en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008.

Las circunstancias del momento actual de estas comarcas y municipios, condicionadas por la pérdida de empleo y tejido empresarial derivadas de la crisis de la minería, hacen que cobren singular relevancia los esfuerzos de simplificación administrativa dirigidos a generar confianza en aquellos agentes económicos que tienen iniciativas para acometer inversiones energéticas que puedan favorecer el impulso de la recuperación económica, propiciando la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés.

Por otra parte, también debe considerarse como un elemento significativo para identificar los proyectos que puedan beneficiase de la declaración de interés autonómico, la convocatoria de la reciente subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías renovables (eólica y biomasa), impulsada al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

En esta primera subasta, que fue resuelta mediante Resolución de 18 de enero de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se licitaron 700 MW, de los que 500 MW correspondieron a eólica y otros 200 MW, a biomasa. Está previsto que el Gobierno celebre una próxima subasta de renovables en el primer trimestre de 2017, en la que se licitarán incentivos para una potencia de hasta 3.000 MW, debiendo ejecutarse dichos proyectos antes del 31 de diciembre de 2019, por lo que se contemplarán diversos hitos intermedios y un sistema de garantías y controles.

Las subastas para la asignación de régimen retributivo específico permiten a las empresas adjudicatarias instalar sus proyectos de energía renovable en todo el territorio nacional, si bien exigen el cumplimento de unos plazos de ejecución concretos. Estas circunstancias configuran a la declaración de inversión de interés autonómico como un instrumento útil para atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales primadas por el Estado -tanto las ya adjudicadas en la subasta de 2016, como las que pudieran resultar de futuras subastas- al ofrecer una tramitación administrativa preferente y urgente que favorece y facilita la implantación de sus proyectos.

En virtud de lo expuesto, con la finalidad de cumplir el doble objetivo de continuar con el desarrollo de políticas públicas para el crecimiento de la energía de origen renovable en Aragón, ya iniciadas por el Gobierno de Aragón con la aprobación del nuevo marco regulatorio del sector eólico mediante el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, y de facilitar la implantación de proyectos de energías renovables en el territorio de Aragón, se considera oportuno adoptar unos criterios interpretativos que permitan identificar los proyectos de inversión que, cumpliendo los objetivos de sostenibilidad económica, social, medioambiental y territorial puedan ser declarados de interés estratégico para Aragón por su capacidad de generar riqueza, innovación y empleo y de favorecer la cohesión territorial.

Dichos criterios deberán tenerse en cuenta en la tramitación y resolución de los procedimientos para declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable, al amparo de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón.

En consecuencia, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 14 de febrero de 2017, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Con la finalidad de impulsar el crecimiento de la energía renovable en Aragón y facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan generar riqueza, innovación, empleo y favorecer la cohesión territorial, se adoptan los siguientes criterios interpretativos que deberán tenerse en cuenta para declarar proyectos vinculados a fuentes de energía renovables como una inversión de interés autonómico, en aplicación del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón:

1. Que los proyectos se desarrollen y ejecuten en las comarcas y municipios mineros de Aragón, por resultar de especial relevancia en estas zonas la generación de actividades económicas alternativas a la minería del carbón que mitiguen las consecuencias sociales, laborales y territoriales derivadas de la crisis de este sector.

2. Que los proyectos pertenezcan a empresas que habiendo resultado adjudicatarias en la subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnología eólica y biomasa celebrada en 2016, o que resulten adjudicatarias en las futuras subastas de energías renovables convocadas por el Estado, ejecuten y desarrollen sus proyectos en el territorio de Aragón, por resultar de especial relevancia atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales primadas por el Estado.

Segundo.- Publicar este acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón", para su general conocimiento.