ORDEN PRE/506/2018, de 13 de marzo, por la que se autoriza la enajenación mediante permuta de fincas pertenecientes al Ayuntamiento de Sangarrén.
Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Sangarrén para enajenar, mediante permuta, dos fincas rústicas de propiedad municipal calificadas como bienes patrimoniales, por otra finca perteneciente a D. Manuel Florentino Muñío Alcalde, para la obtención de finca urbana con destino a equipamiento público.
El Ayuntamiento de Sangarrén, en sesión del Pleno celebrada el día 7 de febrero de 2018, adoptó acuerdo de aprobar la permuta citada, cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto vigente.
Considerando, que las Entidades Locales tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 y 189 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Considerando que conforme se prescribe en el artículo 110 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes patrimoniales no podrán destinarse a financiar gastos corrientes.
Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón y el Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, así como y el texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.
El Consejero de Presidencia, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Sangarrén para proceder a la enajenación, mediante permuta, de los siguientes bienes inmuebles, con destino a la obtención de finca urbana para equipamiento público:
"Bien propiedad de D. Manuel Florentino Muñío Alcalde:
1. Finca urbana sita en Calle Las Eras número 6 de Sangarrén (Huesca), con referencia catastral 2751317YM1525S0001DH e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Huesca, Tomo 1818 del Archivo, Libro 26 de Sangarrén, folio 106, finca número 1186. Su extensión son dos mil cuatrocientos ochenta y cinco metros cuadrados (2.485 m²). Su valoración asciende a 52.498,11 euros.
Bienes patrimoniales propiedad del Ayuntamiento de Sangarrén:
1. Finca número 12 del polígono 11 del Plano General de la Zona de Concentración Parcelaria de Sangarrén (Polígono 511 tras la concentración Parcelaria), con referencia catastral 22284B511000120000IJ e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Huesca, Tomo 2432 del Archivo, Libro 31 de Sangarrén, folio 177, finca número 2623. Finca de regadío, paraje Maró. Su extensión superficial es de ocho hectáreas, treinta y cinco áreas y veintitrés centiáreas. (8,3523 Hectáreas). Su valoración asciende a 36.292,62 euros.
2. Finca número 17A del polígono 9 del Plano General de la Zona de Concentración Parcelaria de Sangarrén (Polígono 509 tras la concentración Parcelaria), con referencia catastral 22284B511000120000IJ e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Huesca, Tomo 2432 del Archivo, Libro 31 de Sangarrén, folio 164, finca número 2610. Finca de regadío, paraje Mejorada. Su extensión superficial es de 82.369 metros cuadrados. Su valoración asciende a 40.918,34 euros".
Valoración total: 77.210,96 euros.
Zaragoza, 13 de marzo de 2018.
El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO