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ORDEN PRE/506/2018, de 13 de marzo, por la que se autoriza la enajenación mediante permuta de fincas pertenecientes al Ayuntamiento de Sangarrén.

Publicado el 28/03/2018 (Nº 62)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Sangarrén para enajenar, mediante permuta, dos fincas rústicas de propiedad municipal calificadas como bienes patrimoniales, por otra finca perteneciente a D. Manuel Florentino Muñío Alcalde, para la obtención de finca urbana con destino a equipamiento público.

El Ayuntamiento de Sangarrén, en sesión del Pleno celebrada el día 7 de febrero de 2018, adoptó acuerdo de aprobar la permuta citada, cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto vigente.

Considerando, que las Entidades Locales tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 y 189 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Considerando que conforme se prescribe en el artículo 110 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes patrimoniales no podrán destinarse a financiar gastos corrientes.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón y el Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, así como y el texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

El Consejero de Presidencia, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Sangarrén para proceder a la enajenación, mediante permuta, de los siguientes bienes inmuebles, con destino a la obtención de finca urbana para equipamiento público:

"Bien propiedad de D. Manuel Florentino Muñío Alcalde:

1. Finca urbana sita en Calle Las Eras número 6 de Sangarrén (Huesca), con referencia catastral 2751317YM1525S0001DH e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Huesca, Tomo 1818 del Archivo, Libro 26 de Sangarrén, folio 106, finca número 1186. Su extensión son dos mil cuatrocientos ochenta y cinco metros cuadrados (2.485 m²). Su valoración asciende a 52.498,11 euros.

Bienes patrimoniales propiedad del Ayuntamiento de Sangarrén:

1. Finca número 12 del polígono 11 del Plano General de la Zona de Concentración Parcelaria de Sangarrén (Polígono 511 tras la concentración Parcelaria), con referencia catastral 22284B511000120000IJ e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Huesca, Tomo 2432 del Archivo, Libro 31 de Sangarrén, folio 177, finca número 2623. Finca de regadío, paraje Maró. Su extensión superficial es de ocho hectáreas, treinta y cinco áreas y veintitrés centiáreas. (8,3523 Hectáreas). Su valoración asciende a 36.292,62 euros.

2. Finca número 17A del polígono 9 del Plano General de la Zona de Concentración Parcelaria de Sangarrén (Polígono 509 tras la concentración Parcelaria), con referencia catastral 22284B511000120000IJ e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Huesca, Tomo 2432 del Archivo, Libro 31 de Sangarrén, folio 164, finca número 2610. Finca de regadío, paraje Mejorada. Su extensión superficial es de 82.369 metros cuadrados. Su valoración asciende a 40.918,34 euros".

Valoración total: 77.210,96 euros.

Zaragoza, 13 de marzo de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO