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ORDEN PRE/146/2017, de 3 de febrero, por la que se dispone la publicación de la primera adenda al convenio marco de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) y Fundación Telefónica, para impulsar el empleo joven digital.

Publicado el 24/02/2017 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0008 la adenda suscrita, con fecha 27 de enero de 2017, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del INAEM, y el Director General de Fundación Telefónica, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de febrero de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO Y FUNDACIÓN TELEFÓNICA, PARA IMPULSAR EL EMPLEO JOVEN DIGITAL

En Zaragoza a 27 de enero de 2017.

De una parte, D.ª Marta Gastón Menal, Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, nombrada por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación del Instituto Aragonés de Empleo, organismo autónomo adscrito al Departamento de Economía, Industria y Empleo, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y autorizada para este acto por Acuerdo de 18 de enero de 2017 del Gobierno de Aragón.

Y de otra parte, D. José María Sanz-Magallón Rezusta, Director General de Fundación Telefónica (en adelante, Fundación Telefónica o la Fundación, indistintamente), haciendo uso de las facultades que se le tienen conferidas en escritura otorgada ante el notario de Madrid D. José Miguel García Lombardía, el día 22 de noviembre de 2016, con el número 5.308 de su protocolo.

Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente adenda, así como que sus poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos; y en su virtud,

Que el Instituto Aragonés de Empleo y Fundación Telefónica firmaron, con fecha 27 de enero de 2017, un convenio marco de colaboración con el fin de:

- Impulsar la empleabilidad joven mediante la colaboración en el diseño de acciones de puesta en valor de las capacidades profesionales de los jóvenes, programas de becas y de desarrollo de prácticas en empresas, y la promoción del emprendimiento.

- El desarrollo de competencias profesionales en tecnología y en servicios digitales para jóvenes de 18 a 35 años que se encuentren en situación de desempleo.

En la cláusula primera de dicho convenio, las partes convinieron que la concreción de los proyectos que acordaran desarrollar conjuntamente, se formalizaría mediante la suscripción de adendas al convenio.

Por lo cual, las partes subscriben la presente adenda con la finalidad de concretar los proyectos objeto de la misma, conforme a los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Objeto de la adenda.

Por la presente adenda, el Instituto Aragonés de Empleo y Fundación Telefónica acuerdan colaborar en el desarrollo del Programa de Empleabilidad Joven de Fundación Telefónica, concretamente con el proyecto "Empleo Digital", cuyo fin es formar y preparar a profesionales digitales en las tecnologías con más demanda laboral (desarrollo web con Java, LifeRay, Ruby on Rails Php...). Se trata de un proyecto dirigido a jóvenes desempleados de 18 a 35 años que quieran orientar su carrera hacia el mundo digital. Para más información:

http://www.fundaciontelefonica.com/empleabilidad/empleo-digital/

Se acuerda la impartición gratuita de los siguientes cursos en modalidad presencial:

- Big Data: 522 horas.

- Programación de videojuegos: 456 horas.

Cada edición, estará destinada a un total de 25 alumnos con edades de entre 18 y 35 años y en situación de desempleo.

Segundo.- Compromisos del Instituto Aragonés de Empleo.

Comunicación.

1. Dar a conocer los proyectos y actividades que se acuerden a través de sus acciones y canales habituales de comunicación y difusión.

2. Colaborar en la organización y ejecución de eventos de inicio y cierre.

Selección.

El Instituto Aragonés de Empleo pondrá a disposición del proyecto los espacios necesarios para la realización del proceso de selección y entrevistas personales, de acuerdo con las disponibilidades de usos y horarios.

Formación.

1. Logística del evento de apertura: organización material del evento o acto presencial; con los seleccionados de cada edición de formación presencial, a modo de acogida.

2. Aulas: dotar de aulas que cumplan los requisitos tecnológicos, para la parte técnica y la distribución adecuada, para la parte de habilidades que permitan trabajar en equipo y realizar dinámicas:

- Un aula para los cursos técnicos, con ordenadores y otra aula diáfana, para formación en competencias.

- Capacidad para 25 personas en cada aula.

- Proyector y pantalla.

- Pizarra.

- Conexión a internet de banda ancha.

- Acceso a impresora/fotocopiadora.

3. 26 equipos informáticos en el aula, para los cursos técnicos, al objeto de poder impartir la formación, con los siguientes requerimientos técnicos:

- Memoria RAM 8 GB.

- Sistema operativo Windows 7 o Windows 8.

- Salida a internet en todos los equipos.

- Conectividad en red entre todos los equipos, incluido el del instructor.

4. Realizar el seguimiento del desarrollo de las acciones formativas y la evaluación del proyecto de formación.

5. Logística del evento de cierre: organizar un evento con los finalistas de cada curso de formación presencial, a modo de graduación, en el que se procederá a la entrega de diplomas o certificados acreditativos de aprovechamiento del curso.

Inserción laboral.

El Instituto Aragonés de Empleo colaborará, en la medida de sus posibilidades, en la captación de empresas del sector IT o empresas que tengan necesidad de perfiles digitales, para que sean colaboradoras del proyecto, con el fin de generar beneficios para todas las partes y contribuir al incremento de la tasa de inserción laboral.

Tercero.- Compromisos de Fundación Telefónica.

Comunicación.

Difusión del proyecto en medios de comunicación, a través del Departamento de Comunicación de Fundación Telefónica.

Reclutamiento.

Establecer el perfil ideal del candidato, las competencias y grado que debe tener.

Selección.

1. Preselección de candidatos: Fundación Telefónica realizará el primer filtro de candidatos objetivo, para que formen parte de la formación. Evaluación de competencias y Aptitudes básicas para la Informática ABI.

2. Citar a formación/comunicaciones: comunicar a los participantes del proceso de selección, tanto la no superación del mismo, como la superación. En el segundo caso, informarles de fechas de inicio, lugar, condiciones, requisitos, firma de convenio de formación, etc.

3. Selección final: segundo filtro de candidatos objetivo. Entrevista personal a los candidatos para cerrar los grupos finales.

Formación.

1. Creación del contenido del evento de apertura: evento presencial con los seleccionados de cada edición de formación presencial, a modo de acogida. Speakers invitados de empresas y expertos del sector.

2. Búsqueda y selección de profesores: identificar profesionales del ámbito docente que tengan experiencia, tanto académica como laboral.

3. Impartición de formación técnica: impartir el programa de formación correspondiente a la parte técnica, tanto troncal, como específica. Se desarrollarán las dos acciones formativas mencionadas anteriormente, habiendo sido acordado por las partes el desarrollo de ambas acciones formativas a partir de finales de enero de 2017.

4. Coordinación para la impartición de la formación en habilidades, según el itinerario y programa definido.

5. Seguimiento de alumnos: control y seguimiento de cada curso de formación, en todo lo referente a temas logísticos, asistencia, profesores, feedbacks individuales, atender el buzón de correo electrónico, etc.

6. Tutorías: clases de refuerzo para la parte técnica, impartidas por el mismo formador que se encarga de la formación técnica.

7. Charlas con expertos: identificar expertos de cada itinerario de formación o módulo, para participar en la formación presencial, que aporten valor al día a día de la impartición del curso. Acercar a los jóvenes participantes a talentos que inspiren e impulsen su actitud.

8. Charlas con empresas: identificar empresas del sector IT que participen de manera activa en la formación presencial con charlas, exposición de casos de éxito o fracaso, con el fin de acercar a los participantes a la realidad laboral.

9. Evento de cierre: diseño y creación del evento presencial con los finalistas de cada curso de formación presencial, a modo de graduación. Entrega de diplomas o certificados de aprovechamiento del curso. Speakers invitados de empresas y expertos del sector.

Inserción laboral.

Realización de acciones, para tratar de conseguir la inserción laboral de los alumnos, a través de:

1. Captación de empresas: Fundación Telefónica captará empresas del sector IT o empresas que tengan necesidad de perfiles digitales, para que sean colaboradoras del proyecto, con el fin de generar beneficios para todas las partes.

2. Convenios con empresas: cerrar acuerdos marco de colaboración con empresas (charlas, participación activa en la formación, realización del proyecto final sobre un caso real que propongan contratación de alumnos).

3. Definir el perfil requerido por cada empresa: proceso de consultoría para levantar el perfil ideal de cada empresa, según las vacantes.

4. Inserción laboral: estudiar el perfil ideal y hacer el matching alumno-empresa, generando un informe de adecuación al puesto y enviando a la empresa los alumnos propuestos para el proceso de búsqueda.

Mentoring.

Búsqueda y selección de mentores: identificación de profesionales que cumplan con el perfil definido, para llevar a cabo el programa de Mentoring con los alumnos y tutores de las empresas.

Plataforma.

Puesta a disposición del proyecto de una plataforma, con las siguientes condiciones:

1. Inscripción de alumnos: inscripción de los alumnos seleccionados al curso correspondiente.

2. Contenidos del curso: dotar a los alumnos de todos los manuales, ejercicios, contenidos audiovisuales y soporte documental necesario, para garantizar el aprendizaje. Administración de los mismos en la plataforma.

3. Encuestas de satisfacción: realización de encuestas de satisfacción tras cada módulo, para poder tomar medidas de acción en caso necesario, así como para conocer los puntos fuertes de la gestión del proyecto.

4. Gestión de la plataforma: administración de usuarios, de cursos, de contenidos, foros...

5. Mantenimiento: servicio de mantenimiento y hosting. Infraestructuras técnicas.

Cuarto.- Financiación.

La ejecución de las acciones incluidas en esta adenda no supone compromiso de gasto por parte del Instituto Aragonés de Empleo.

Quinto.- Medios.

Todo personal propio, subcontratado o colaborador, que las partes empleen en el desarrollo del proyecto objeto del presente documento, será de exclusiva cuenta y responsabilidad de cada parte, quien cuidará de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal que se deriven de dichas relaciones, eximiendo expresamente a la contraparte de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de estas obligaciones.

Sexto.- Derechos de propiedad intelectual.

Todos aquellos materiales, productos, obras y, en definitiva, todo lo que las partes aporten al desarrollo del proyecto, que perteneciesen con anterioridad a cada una de ellas, seguirá siendo de su exclusiva propiedad, sin que genere esta colaboración derecho alguno en favor de la contraparte.

Respecto de cualquier tecnología, derechos de propiedad intelectual e industrial, documentación e información desarrollados por las partes como consecuencia del desarrollo del proyecto acordado en la presente adenda, incluidos los entregables, las partes serán conjuntamente titulares propietarias de todos los resultados, incluidos cualesquiera productos entregables no descritos en esta adenda o sus anexos, siempre que hayan sido generados conjuntamente con motivo de la colaboración objeto del presente documento, pudiendo darles el destino, difusión y publicación, total o parcial, que tengan por conveniente, en cualquier medio y soporte, incluido internet o cualquier otra plataforma digital, y sin limitación temporal ni geográfica. En cualquier publicación o difusión al respecto, se mencionará expresamente a la contraparte y siempre tras su aprobación.

El Instituto Aragonés de Empleo y Fundación Telefónica podrán llevar a cabo la explotación conjunta de dichos productos, siempre que así lo acuerden y cuenten, en su caso, con la cesión de los derechos de propiedad intelectual legalmente exigidos en favor de las partes.

En ningún caso, las partes serán responsables, directa ni subsidiariamente, del uso indebido que la contraparte pueda hacer de esos contenidos o de su difusión sin los permisos legalmente exigidos fuera del ámbito de este instrumento.

Las partes renuncian a la explotación económica de cualesquiera productos que se pudiesen emitir en el marco de la presente adenda, con fines lucrativos ajenos al propósito del convenio marco y del presente documento.

Los modelos, marcas de productos, patentes de invención, muestras prototipos, planos, diseños, plantillas, documentación, instrucción, o know-how técnico o tecnológico, operativo o de organización y funcionamiento, métodos y sistemas y, en general, todo material que las partes se faciliten como consecuencia del desarrollo de la adenda, se entenderán como de cada parte.

Séptimo.- Imagen y exclusividad.

La propuesta gráfica y creativa de la imagen de los entregables, producto de las actividades amparadas por esta adenda, se validarán por ambas partes con carácter previo a la producción/edición/publicación de cualquier material.

La difusión se realizará a través de los medios con que cuenten las partes para la difusión de sus actividades.

Las partes reconocen expresamente ser las únicas titulares de los derechos de propiedad industrial relativos a las marcas, logotipos, signos distintivos, denominaciones o diseños de cada entidad que vayan a ser utilizados en la difusión del proyecto, y que la presente adenda no implica el otorgamiento de una licencia o cualquier otro derecho para el uso de dichas marcas, logotipos, signos distintivos, denominaciones o diseños por la contraparte o cualesquiera otros terceros. En tal virtud, el uso de las referidas marcas, logotipos, signos distintivos, denominaciones o diseños solo podrá hacerse con la autorización previa y por escrito de la parte titular, quien la otorgará siempre y cuando el uso pretendido se ajuste a los fines establecidos en este instrumento.

El uso no autorizado de cualquiera de los derechos de propiedad industrial a que se hace referencia en la presente cláusula, será causa de resolución de la presente adenda y podrá facultar la resolución del convenio marco de colaboración, del cual la adenda forma parte, independientemente de la responsabilidad que en su caso resultare procedente, de acuerdo con las leyes aplicables y el pago de los daños, perjuicios y gastos en que hubiera incurrido por tal concepto.

Octavo.- Vigencia de la adenda.

La presente adenda estará vigente desde la fecha de su firma y permanecerá en vigor hasta haber conseguido el total cumplimiento de las obligaciones objeto del presente documento. Se espera que la finalización de la colaboración objeto de esta adenda se produzca en diciembre de 2017.

Noveno.- Causas de resolución anticipada.

Será causa de resolución anticipada de la presente adenda cualquiera de las causas generales establecidas por la ley, así como el incumplimiento de cualquiera de los pactos del presente documento.

La presente adenda podrá resolverse de forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes, las cuales se comprometen a cumplir con sus compromisos hasta la fecha de resolución definitiva del presente documento.

Ninguna de las partes responderá frente a la otra por aquellos incumplimientos contractuales que tengan su origen en causas de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que tales incumplimientos y su causa concreta sean comunicados fehacientemente a la otra parte dentro de los dos días siguientes a su producción.

Décimo.- Integración.

El presente documento pasará a formar parte integrante del convenio marco de colaboración como anexo al mismo y, en todo lo no expresamente regulado en la presente adenda, seguirá plenamente vigente el convenio en todas sus condiciones entre las partes.

Undécimo.- Jurisdicción.

Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución de la presente adenda se resolverán por la Comisión de seguimiento. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firman, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.