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ANUNCIO de la Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se somete a un periodo de información pública el proyecto de orden del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 18/08/2017 (Nº 158)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El año 2017 se está caracterizando, desde el punto de vista climático, por un importante déficit de precipitaciones con incidencia en toda España, pero también en determinadas comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón, que ya venían afectadas por la escasa pluviometría durante la campaña anterior. Por otra parte, desde el año 2016 confluyen circunstancias de mercado que pueden poner en riesgo la viabilidad de determinados subsectores agrícolas y ganaderos.

Teniendo en cuenta la situación expuesta, se considera necesario establecer medidas que contribuyan a paliar a corto y medio plazo los problemas de liquidez de estas explotaciones.

Con el fin de que dichos sectores puedan acceder en condiciones preferentes a determinados préstamos, con los cuales obtener la liquidez necesaria para hacer frente a esta caída de la rentabilidad de las explotaciones y permitir su viabilidad, se debe establecer una línea de ayudas para sufragar parcialmente los intereses de los préstamos que se soliciten.

De conformidad con dicha normativa se dictó la Orden de 27 de julio de 2017, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se acuerda proceder a la elaboración de las bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las ayudas reguladas en la presente disposición se otorgarán al amparo de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola, que establece en 15.000 € la cuantía total de las ayudas de mínimis concedidas a una empresa durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales, de acuerdo con su artículo 3.

Esta regulación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, se amplía con las previsiones de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como por el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, ("Boletín Oficial de Aragón", número 156, de 8 de agosto de 2013) que en su artículo 4 faculta al Consejero competente en materia de agricultura para aprobar las bases reguladoras de las subvenciones en dicha materia.

Por todo lo expuesto y conforme a lo que señala el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se acordó la tramitación de urgencia reduciendo los plazos a la mitad.

Asimismo, como el contenido de este proyecto normativo puede afectar a una pluralidad indeterminada de sujetos, es por ello necesario someter el antedicho proyecto, conforme al artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, a información pública que este aviso hace efectivo, conforme a las siguientes condiciones:

Primera.- Se somete a información pública el proyecto de orden del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma de Aragón, por un periodo de quince días a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", durante el que cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno pueda examinarlo y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

Segunda.- El proyecto podrá examinarse en días hábiles en las dependencias administrativas del Servicios de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, número 36, Zaragoza), y de la Dirección General de Producción Agraria (edificio Maristas, plaza San Pedro Nolasco, número 7, planta 2.ª, puerta 3.ª, Zaragoza).

Igualmente, el texto esta disponible para su consulta en la página web del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón:

http://www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica".

Tercera.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, DNI domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros de los lugares indicados en el párrafo anterior así como en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 7 de agosto de 2017.- El Director General de Producción Agraria, José María Salamero Estebán.