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ANUNCIO del Instituto Aragonés del Agua, por el que se da publicidad a la reanudación de los plazos para el pago en voluntaria de liquidaciones provisionales del impuesto sobre la contaminación de las aguas que fueron suspendidos por razón de la declaración de estado de alarma.

Publicado el 25/06/2020 (Nº 125)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Mediante Resolución de fecha 16 de marzo de 2020, de la Dirección del Instituto Aragonés del Agua, se dispuso la suspensión de los plazos de ingreso de diversas remesas del impuesto sobre la contaminación de las aguas, en consonancia con las medidas de contención y de limitación de la libertad de circulación de las personas adoptadas a causa de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

De conformidad con las previsiones de la mencionada Resolución, se da publicidad a la reanudación, con efectos del día 29 de junio de 2020, del período voluntario de pago de las siguientes remesas del Impuesto sobre la contaminación de las aguas, quedando fijado la finalización de cada período en la fecha que se indica para cada una:

Forma de pago: en el caso de deudas domiciliadas, los recibos serán cargados en cuenta bancaria el último día del período voluntario de pago, y la entidad financiera emitirá el correspondiente justificante de pago.

En el caso de deudas no domiciliadas, el pago podrá hacerse en las oficinas de las entidades colaboradoras en la recaudación del ICA señaladas en el documento de pago remitido al contribuyente por el Instituto Aragonés del Agua. Dicho documento no acredita el pago de la deuda sin la validación de Entidad Autorizada. El uso de cajeros automáticos o de banca virtual se ajustará a las condiciones de prestación del servicio de cada entidad.

Los contribuyentes que dentro de los quince primeros días del período voluntario de pago no hayan recibido el documento de pago, podrán obtener un duplicado en la Oficina de Gestión del ICA (avda. Ranillas, número 1, edificio D, planta 1.ª, de Zaragoza), a través del enlace que dicha Oficina tiene en la página web que el Instituto Aragonés del Agua tiene el portal del Gobierno de Aragón www.aragon.es, directamente a través de https://icagestion.aragon.es/ o en el teléfono de atención al ciudadano 876557400. La no recepción del documento de pago no exime de la obligación de realizarlo.

Inicio de período ejecutivo: finalizado el período voluntario de pago, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo del período ejecutivo y, en su caso, el interés de demora y las costas que se produzcan.

Recursos: contra las liquidaciones provisionales, que no agotan la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos, sin que puedan formularse ambos simultáneamente:

Recurso potestativo de reposición, ante la Dirección del Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago.

Reclamación económico-administrativa, ante la Junta de Reclamaciones Económico-administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago. Si se hubiese interpuesto recurso de reposición, el plazo se contará a partir del día siguiente al de recepción de la notificación de su resolución, si fuese expresa, o desde el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Zaragoza, 10 de junio de 2020.- La Directora del Instituto Aragonés del Agua, Dolores Fornals Enguídanos.