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ANUNCIO del Instituto Aragonés del Agua, por el que se da publicidad al período de pago en voluntaria de liquidaciones provisionales del impuesto sobre la contaminación de las aguas (Ref. Cargo: 2019PROR03).

Publicado el 29/08/2019 (Nº 169)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en los artículos 32.2 del Reglamento regulador del impuesto sobre la contaminación de las aguas (ICA) y 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período de pago en voluntaria de las siguientes liquidaciones provisionales del ICA correspondientes a aprovechamientos de agua realizados directamente por los contribuyentes:

Padrón general: año 2019: 1.º trimestre.

Período voluntario de pago: desde el 2 de septiembre de 2019 hasta el 31 de octubre de 2019, ambos incluidos.

Forma de pago: en las entidades colaboradoras Ibercaja, Caja Rural de Teruel, Bantierra y Caja Laboral, mediante la presentación del documento de cobro remitido al contribuyente por el Instituto Aragonés del Agua. En el caso de deudas domiciliadas, los recibos serán cargados en cuenta bancaria el último día del período voluntario de pago, y los contribuyentes recibirán en sus domicilios el justificante del pago emitido por la entidad de crédito.

Los contribuyentes que dentro de los quince primeros días del período voluntario de pago no hayan recibido el documento de cobro, podrán obtener copia del mismo en la Oficina de Gestión del ICA (teléfono 876 55 74 00) o a través de https://icagestion.aragon.es/.

Inicio de ejecutiva: finalizado el período voluntario de pago, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo del período ejecutivo y, en su caso, el interés de demora y las costas que se produzcan.

Contra las liquidaciones provisionales, que no agotan la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos, sin que puedan formularse ambos simultáneamente:

- Recurso potestativo de reposición, ante la Dirección del Instituto Aragonés del Agua, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago.

- Reclamación económico-administrativa, ante la Junta de Reclamaciones Económico-administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago. Si se hubiese interpuesto recurso de reposición, el plazo se contará a partir del día siguiente al de recepción de la notificación de su Resolución, si fuese expresa, o desde el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Zaragoza, 26 de julio de 2019.- La Directora del Instituto Aragonés del Agua, Inés Torralba Faci.