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RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2017, de la Universidad de Zaragoza, por la que se abre plazo para que los Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Escuela Universitaria, que se encuentren acreditados para catedrático de universidad, puedan instar la dotación de plazas y se proceda a la priorización de las áreas de conocimiento en las que se dotarían las plazas que resulten necesarias.

Publicado el 24/02/2017 (Nº 38)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en sesión de 16 de enero de 2017, adoptó el acuerdo que se efectúe una convocatoria con objeto de actualizar el orden de las áreas de conocimiento en las que se ofertarían plazas de catedrático de universidad (BOUZ número 2-17, de 23 de enero de 2017) Dicha convocatoria toma como referencia normativa lo previsto en los parágrafos 43 y siguientes del Texto refundido de las directrices para el establecimiento y modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Zaragoza, aprobado por Resolución de 30 de noviembre de 2011, del Rector (BOUZ número 12-11, de 12 de diciembre de 2011), modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de diciembre de 2014; si bien con las pertinentes adaptaciones, dado que al tener como único efecto directo e inmediato la actualización de un orden de prelación, son innecesarias una serie de reglas e indicaciones previstas en dicho texto y que alcanzan su sentido cuando realmente las plazas sean dotadas.

Con base en dicho acuerdo se procede a publicar la convocatoria con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Requisitos de los solicitantes.

Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Ser funcionarios de carrera y pertenecer al Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria o al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

2. Encontrarse en esta Universidad en situación de servicio activo, servicios especiales, expectativa de destino, excedencia por cuidado de familiares, o en cualquier otra situación asimilada a la de activo.

3. Estar en posesión del certificado de acreditación para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad expedido por el Consejo de Universidades, con anterioridad al 1 de enero de 2017.

4. Los anteriores requisitos deberán cumplirse en el momento de presentar la solicitud y mantenerse hasta la finalización de expediente de aprobación de plazas.

En particular en el procedimiento relativo a plazas de profesor, vinculadas a puestos asistenciales del SALUD, se atenderá a lo establecido en el Concierto entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, publicado por Orden de 22 de junio de 2007, del Departamento de Salud y Consumo ("Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 27 de junio de 2007) y la legislación vigente que resulte aplicable.

No podrán concurrir quienes que ya solicitaron su incorporación al listado en la convocatoria efectuada en enero de 2016 o en la anterior de enero de 2012, excepto que en el momento previo a la correspondiente oferta pública de empleo el promotor hubiera desistido de su solicitud.

Segunda.- Plazo, modelo de solicitud y lugar de presentación.

1. Quienes deseen participar en esta convocatoria formularán la solicitud, en el modelo que al efecto se facilitará en la siguiente dirección electrónica http://www.unizar.es/vr_profesorado/pod/elaboracion/documentos.htm dentro del apartado "Documentos sobre el POD 2017-2018". A dicha solicitud deberán acompañar el certificado de haber obtenido la acreditación.

2. Las solicitudes, dirigidas al Rector de la Universidad, se presentarán preferentemente de forma electrónica en el registro electrónico de la Universidad a través de la sede electrónica. Si se presentan en soporte de papel sólo se podrá hacer, exclusivamente, en el Registro General de la Universidad o en cualesquiera de los registros auxiliares de esta Universidad que figuran en la Resolución de 30 de junio de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", de 23 de julio de 2014).

3. El plazo para presentar la solicitud es de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

4. En el caso de plazas que pudieran resultar vinculadas, se especificarán el área, la actividad docente en correspondencia con la especialidad asistencial a desarrollar, centro sanitario, cargo asistencial y actividad investigadora.

Tercera.- Publicación de los datos de la dimensión estándar.

Los datos relativos a la dimensión estándar, por área de conocimiento, se encuentran disponibles en la siguiente dirección:

http://www.unizar.es/vr_profesorado/pod/elaboracion/documentos.htm

Cuarta.- Ordenación de las áreas de conocimiento.

La ordenación de las áreas de conocimiento se realizará conforme a lo regulado en el apartado Cuarto del acuerdo de 18 de diciembre de 2015, del Consejo de Gobierno, aplicando los criterios que se contienen en los parágrafos 46 a 49 del Texto refundido de las directrices para el establecimiento y modificación de la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador, que se encuentra disponible en la página web: http://www.unizar.es/vr_profesorado/pod/documentos/dirRPT20141211.pdf La actualización del listado se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza mediante acuerdo del Rector.

Quinta.- Exclusión sobrevenida

Si en cualquier momento del procedimiento llegara a conocimiento del Rectorado que alguna de las personas solicitantes no reúne los requisitos exigidos para su participación en este proceso.- El Rector acordará su exclusión, previa audiencia de la persona interesada, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido.

Sexta.- Tramitación del expediente.

El expediente que genere la presente resolución se tramitará atendiendo a los principios de celeridad y eficacia que rigen la actuación de la Administración

Séptima.- Recursos.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.3 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Alternativamente se podrá interponer, contra esta resolución, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zaragoza, 8 de febrero de 2017.- El Rector, José Antonio Mayoral Murillo.