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DECRETO 145/2011, de 28 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se deroga parcialmente el reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención sanitaria no especializada de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 195/1998, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón.

Publicado el 07/07/2011 (Nº 132)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

El Reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención sanitaria no especializada de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se aprobó mediante el Decreto 195/1998, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón, en unas circunstancias, derivadas de la asunción por la Comunidad Autónoma de Aragón de las competencias en distintos sectores de la Administración pública y de los medios personales adscritos a las mismas, que exigieron articular un sistema específico de regulación de la provisión de puestos en el ámbito de la atención sanitaria no especializada, diferenciado del sistema general contenido en el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De la experiencia acumulada durante la aplicación de la normativa hasta ahora vigente se deriva la necesidad de proceder en la actualidad a la homogeneización de las condiciones de provisión de estos puestos de trabajo con las previstas con carácter general para el resto de personal incluido en el ámbito de aplicación del Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Únicamente se considera conveniente mantener la vigencia de su Capítulo III, que regula el procedimiento específico para el nombramiento de personal interino para sustituciones.

Esta norma se aprueba en ejercicio de la potestad reglamentaria atribuida al Gobierno de Aragón por el artículo 53.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón, en virtud de cuyo artículo 75.13 se reconoce a la Comunidad Autónoma la potestad legislativa en materia de régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.2.a) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en el Decreto 224/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia, que atribuye a este Departamento la dirección, planificación, ordenación y gestión de los recursos humanos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, corresponde al Departamento de Presidencia la competencia para proponer proyectos de disposiciones de general aplicación a la Función Pública de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, previa negociación con las Organizaciones Sindicales, de acuerdo con el informe de la Comisión de Personal, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de junio de 2011,

Artículo único. Derogación normativa.

Queda derogado el Capítulo I «Disposiciones Generales», a excepción del artículo 1, y el Capítulo II «Formas de Provisión» del Reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención sanitaria no especializada de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 195/1998, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 28 de junio de 2011.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Presidencia,

EVA ALMUNIA BADÍA