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ORDEN AGM/528/2020, de 29 de junio, por la que se modifica la Orden DRS/406/2018, de 12 de febrero, por la que se reconoce la excepción en el cumplimiento de las normas de la condicionalidad en relación a la aplicación de purines y estiércoles sólidos que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola para las campañas 2018/2019 y 2019/2020.

Publicado el 01/07/2020 (Nº 129)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 11 de noviembre de 2017, se publicó en el "Boletín Oficial del Estado", número 274, el Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

En su artículo cuarto se recoge la modificación del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola, añadiendo dos nuevos párrafos al final de la BCAM (Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales) 6 del apartado 2 del anexo II del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre,

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 47, de 7 de marzo de 2018, se publicó la Orden DRS/406/2018, de 12 de febrero, por la que se reconoce la excepción en el cumplimiento de las normas de la condicionalidad en relación a la aplicación de purines y estiércoles sólidos que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola, para las campañas 2018/2019 y 2019/2020.

En su apartado primero establece un periodo de excepción hasta el 30 de junio de 2020 en la implantación del cumplimiento de la condicionalidad en los apartados de la BCAM 6 respecto a la prohibición de aplicación de purines mediante sistemas de plato, abanico y cañones, así como la obligación del enterrado de estiércoles sólidos en el menor plazo posible.

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que aún no se han resuelto en su totalidad los condicionantes que dieron lugar a la excepción contemplada en la Orden DRS 406/2018, de 12 de febrero, tal como se ha constatado y ha sido puesto de manifiesto por representantes del sector agrario, hecho que se ha visto acentuado y agravado por la problemática general causada por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y la consiguiente declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que se ha extendido hasta el pasado día 21 de junio, lo cual ha supuesto la consiguiente paralización en la cadena de producción de las industrias que deben suministrar las máquinas y componentes necesarios para poner en funcionamiento los nuevos métodos de aplicación de los purines.

En línea con ese objetivo de disminución de emisión de gases de efecto invernadero a la atmósfera, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha publicado el Decreto 53/2019, de 26 de marzo, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control, por considerarse estratégico el uso racional y ordenado de los estiércoles como fertilizantes, tanto desde un punto de vista económico como medioambiental. Así en su artículo 17.1 dispone que "La utilización de los estiércoles como fertilizantes o enmiendas orgánicas en agricultura siempre tendrá por objetivo la obtención de un beneficio agrícola o una mejora estructural del suelo, ajustando las dosis de aplicación a las necesidades de los cultivos y a las características agroclimáticas de la zona".

Por lo tanto, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, considera necesario ampliar hasta el 31 de diciembre de 2020, el periodo de excepcionalidad para la implantación de los criterios de cumplimiento de condicionalidad a los que hace referencia la modificación que en esta materia incorpora el Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 25/2020, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, corresponde a este Departamento la competencia en la actuación como organismo pagador de los gastos imputables al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la gestión y control de ayudas a las rentas agrarias.

En su virtud, resuelvo:

Único. Modificación de la Orden DRS/406/2018, de 12 de febrero, por la que se reconoce la excepción en el cumplimiento de las normas de la condicionalidad en relación a la aplicación de purines y estiércoles sólidos que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola para las campañas 2018/2019 y 2019/2020.

La citada orden queda modificada en los siguientes términos:

El apartado primero queda redactado como sigue:

"Primero.- Objeto. Esta orden tiene por objeto establecer un periodo de excepción hasta el 31 de diciembre de 2020 en la implantación del cumplimiento de la condicionalidad en los apartados de la BCAM 6 respecto a la prohibición de aplicación de purines mediante sistemas de plato o abanico, ni cañones, así como la obligación de enterrado de los estiércoles sólidos en el menor plazo posible".

Zaragoza, 29 de junio de 2020.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

JOAQUÍN OLONA BLASCO