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RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 26 de junio de 2017, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de cebo para 6.000 plazas, equivalentes a 720 UGM, ubicada en el polígono 39, parcela 4, en el término municipal de Tamarite de Litera (Huesca), y promovida por Agroganadera Blanc, S.L. (Expediente INAGA/500202/02/2017/09107).

Publicado el 28/03/2018 (Nº 62)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 7 de septiembre de 2017 se presenta escrito en este Instituto por Agroganadera Blanc, S.L., con N.I.F. B-22.375.539, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación porcina, por cambio en el replanteo final de la explotación.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución de 26 de junio de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de cebo para 6.000 plazas, 720 UGM, ubicada en el polígono 39, parcela 4, en el término municipal de Tamarite de Litera (Huesca), y promovida por Agroganadera Blanc, S.L. (Expte. INAGA 500601/02/2015/06955).

Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada por nueva ubicación de las instalaciones que forman parte de la explotación.

La nueva ubicación queda ligeramente desplazada respecto de la inicialmente autorizada y tras realizarse la segregación, la nueva parcela catastral se ubica en polígono 39, parcela 25, del término municipal de Tamarite de Litera (Huesca).

Se verifica que esta nueva situación cumple lo relativo a distancias mínimas exigidas a otras explotaciones existentes de la misma especie, según el anexo VIII relativo a distancias entre explotaciones o instalaciones ganaderas de la Orden de 13 de febrero de 2015, de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, de Política Territorial e Interior, y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se sustituyen varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 26 de junio de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la se formula declaración de impacto ambiental compatible y se otorga autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo de 6.000 plazas, equivalentes a 720 UGM, ubicada en el polígono 39, parcela 4, en el término municipal de Tamarite de Litera (Huesca), y promovida por Agroganadera Blanc, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Agroganadera Blanc, S.L., con CIF: B22375539, para la construcción de una explotación porcina de cebo para 6.000 plazas, equivalentes a 720 UGM, ubicada en el polígono 39, parcela 25, del término municipal de Tamarite de Litera (Huesca) El conjunto de las naves de la explotación se sitúa en un recinto delimitado por los puntos de coordenadas UTM ETRS89, huso 30; 1(X=780445/Y=4625700), 2(X=780469/Y=4625739), 3(X=780555/Y=4625686), 4(X=780571/Y=4625712), 5(X=780633/Y=4625674) y 6(X=780593/Y=4625610). La balsa de purines queda delimitada por los puntos 1(X=780648,47/Y=4625654), 2(X=780696/Y=4625625), 3(X=780677/Y=4625594) y 4(X=780629/Y=4625623).

La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 9 de marzo de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL