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RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2016, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza el cierre de instalación eléctrica "Minicentral hidroeléctrica 125 kW de XIV Contsolar S.L. en el río Mesa" del titular XIV Contsolar, SL.

Publicado el 19/10/2016 (Nº 202)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes

Primero.- Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, a petición en fecha 7 de agosto de 2015 de XIV Contsolar, SL, con domicilio en c/ Hoces del Duratón, 89-95, polígono industrial Montalvo II, 37008-Salamanca, solicitando la autorización del cierre de la instalación "Minicentral hidroeléctrica 125 kW de XIV Contsolar S.L. en el río Mesa" ubicada en el término municipal de partida de San Juan Ibdes (Zaragoza), así como el expediente derivado de dicha solicitud. (Exp. número AT-273/2003 de la provincia de Zaragoza).

Segundo.- Vistos el informe previo previsto en el artículo 53.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico de fecha 3 de mayo de 2016, de Red Eléctrica de España como Operador del Sistema, que indica que el cierre no tendrá consecuencias en la seguridad del sistema y en la garantía del suministro eléctrico y el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza de fecha 11 de mayo de 2016, en el que consta cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en Título VII, Capitulo IV del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

Tercero.- Energía Ercam, S.A. (anterior titular) obtuvo el otorgamiento de la condición de instalación de producción acogida al régimen especial establecido en el Real Decreto 2818/1998 para la instalación de Minicentral hidroeléctrica 125 kW de en el río Mesa ubicada en partida de San Juan Ibdes (Zaragoza).

Cuarto.- Por Resolución de 28 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Energía y Minas, se aprobó el proyecto de ejecución para la instalación de "Minicentral hidroeléctrica de 125 kW en el río Mesa" ubicada en partida de San Juan Ibdes (Zaragoza) a Energía Ercam, S.A.

Quinto.- Por Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se autorizó la puesta en servicio de la instalación de "Minicentral hidroeléctrica de 125 kW en el río Mesa" a Energía Ercam, S.A.

Sexto.- Por Resolución de 18 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Energía y Minas, se autorizó la transmisión de titularidad en favor de la empresa XIV Contsolar S.L. de la instalación de "Minicentral hidroeléctrica de 125 kW en el río Mesa".

Séptimo.- Por Resolución de 30 de mayo de 2012, de la Dirección General de Energía y Minas, se otorgó a la instalación "Minicentral hidroeléctrica 125 kW de XIV Contsolar S.L. en el río Mesa (antes Energía Ercam, SA)" la condición de instalación de producción de electricidad acogida al régimen especial establecido en el Real Decreto 661/2007, y se autorizó la inscripción de la instalación en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica en Régimen Especial de la Diputación General de Aragón, con número 661/PRE-2364/2012.

Fundamentos de derecho

Considerando el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el articulo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma; y las funciones que conforme al Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por el Decreto 79/2016, de 14 de junio, me corresponden,

resuelvo

Primero.- Autorizar el cierre definitivo de la instalación de Minicentral hidroeléctrica 125 kW de XIV Contsolar S.L. en el río Mesa condicionado a la obtención del acta de cierre y desmantelamiento.

Las características de la instalación son las siguientes:

Titular: XIV Contsolar, SL.

Domicilio del titular: C/ Hoces del Duratón, 89-95, polígono industrial Montalvo II, 37008-Salamanca

Ubicación de la instalación: Partida de San Juan Ibdes (Zaragoza).

Instalación:

Potencia nominal eléctrica: 125 kW.

Producción estimada: 864 MWh/año.

Instalaciones eléctromecanicas:

Una turbina de tipo Ossberger de 144 kW de potencia nominal a 268 rpm diseñada para un caudal maximo de 1,26 m³/s, un generador asíncrono Loher de 135 kW, un centro de transformación de 160 kVA con las cabinas de mando, medida y protección correspondientes y línea de alta tensión aéro-subterránea.

De acuerdo al artículo 139 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se obtendrá, en el plazo de un año, el acta de cierre y desmantelamiento, para lo que se deberá presentar el certificado de dirección de obra del cierre y desmantelamiento al Servicio Provincial de Industria.

Segundo.- Una vez obtenida el acta de cierre y desmantelamiento, el titular deberá proceder a solicitar la cancelación de la inscripción definitiva en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica con clave de registro RE-109820 (número de identificación en la Comunidad Autónoma 661/PRE-2364/2012). La cancelación de la inscripción se producirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.

Tercero.- La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 22 de agosto de 2016.- El Director General de Energía y Minas, Alfonso Gómez Gámez.