Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 29 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación avícola de pollos de engorde con una capacidad para 126.000 pollos de engorde, equivalentes a 504 UGM, ubicada en la parcela 113 del polígono 17 del término municipal de Herrera de los Navarros (Zaragoza), y promovida por Agrocarravillar, S.L. (Expte INAGA 500202/02/2019/03275).

Publicado el 21/11/2019 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 4 de abril de 2019, el promotor solicita a este Instituto modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, con código REGA ES501240000806, consistente en incorporación del sistema de calefacción, y modificación de la fosa de cadáveres para ubicarla dentro del vallado perimetral.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental, de 29 de noviembre de 2004, se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la instalación de la explotación avícola de pollos de engorde con una capacidad para 126.000 plazas, equivalente a 504 UGM, ubicada en el polígono 17, parcela 113, en el término municipal de Herrera de los Navarros (Zaragoza) y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 22 de diciembre de 2004.

Mediante Resolución de 18 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada. (Expte. INAGA 500601/02/2013/10165)

Mediante Resolución de 23 de octubre de 2018, de del Instituto Aragonés de gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 229, de 27 de noviembre de 2018, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada. (expte.INAGA 500202/02/2016/10486).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en incorporar un sistema de calefacción mediante 30 pantallas de gas propano en cada nave, con una potencia de 20 kW. El consumo anual estimado es de 25.000 litros de combustible.

Se modifica también la ubicación de la fosa de cadáveres de la explotación, ubicándose dentro del vallado perimetral, y aproximadamente en las coordenadas UTM proyectadas en ETRS 89, huso 30; X= 662.183; Y=4.561.997. Las dimensiones de las fosas son tendrán un volumen total de 27 m³.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Aprobar el cambio de ubicación de las fosas de cadáveres, de acuerdo a lo descrito en el antecedente de hecho cuarto de la presente Resolución.

Modificar puntualmente la Resolución de 29 de noviembre de 2004, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación avícola de pollos de engorde para una capacidad de 126.000 plazas, equivalentes a 504 UGM, ubicada en la parcela 113 del polígono 17 del término municipal de Herrera de los Navarros (Zaragoza), y promovida por Agrocarravillar S.L. en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2.4 de la Resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.4. El suministro de energía para esta granja procederá de un centro de transformación de 100 K.V.A., si bien se dotará a las instalaciones de un generador eléctrico de 125 K.V.A. para casos de emergencia. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera ocasionados por este grupo electrógeno no superarán los valores siguientes: 616 mg/Nm³ de NOx y 625 mg/ Nm³ de CO.

El suministro de calefacción se realizará calefacción mediante 30 pantallas de gas propano en cada nave, con una potencia de 20 kW. El consumo anual estimado es de 25.000 litros de combustible. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera ocasionados por estos calefactores no superarán los valores siguientes: 200 mg/Nm³ de NOx y 100 mg/ Nm³ de CO.

Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 9 de octubre de 2019.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL