Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 30 de septiembre de 2010, del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Estadilla (Huesca) para concertar una operación de crédito a largo plazo con la entidad financiera Multicaja por un importe de 1.404.802,98 euros, con destino a la refinanciación de una operación de crédito preexistente.

Publicado el 20/10/2010 (Nº 205)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR

Texto completo:

Resultando que el Ayuntamiento de Estadilla en sesión del Pleno de la Corporación de fecha 4 de octubre de 2010, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de aprobar la concertación de una operación de crédito a largo plazo, con la entidad financiera Multicaja por importe de 1.404.802,98 euros, con destino a refinanciar una operación de crédito preexistente.

Resultando que el Ayuntamiento de Estadilla en sesión plenaria de fecha 18 de junio de 2010, aprobó el presupuesto para el ejercicio en curso de 2010, cuya aprobación inicial fue expuesta al público en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 119 de fecha 24 de junio de 2010, entrando en vigor tras su publicación resumido por capítulos en el mismo Boletín Oficial nº 136 de fecha 19 de julio de 2010, cumpliendo por tanto con lo preceptuado en el artículo 50 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante TRLHL).

Resultando que el ahorro neto del Ayuntamiento de Estadilla conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 TRLHL, representa el -16,96 por 100 sobre los ingresos corrientes liquidados del Presupuesto de 2009, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento a fecha 31 de diciembre de 2009, siendo por lo tanto de signo negativo.

Resultando que el volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluida la operación proyectada, representa el 188,51 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2009, según cálculo realizado por el mismo Ayuntamiento a fecha 31 de diciembre de 2009 conforme al artículo 53.2 TRLHL.

Resultando que los informes de evaluación sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria emitidos por la Intervención de la Entidad Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 1463/2008, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades locales (en adelante RLGEP), son de incumplimiento en el presupuesto de 2010 y en la liquidación de 2009.

Considerando que de los resultados de los ingresos corrientes reflejados en la última liquidación presupuestaria del año 2009, resulta un ahorro neto negativo del -16,96 por 100, el mentado Ayuntamiento necesita, por esta causa, autorización para concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo conforme a lo preceptuado en el artículo 53.1 TRLHL habiendo aprobado un plan de saneamiento y económico financiero en sesión plenaria de fecha 30 de julio de 2010, cuyas medidas proponen eliminar el ahorro neto negativo al final del periodo 2011-2013, siendo una de las medidas propuestas la presente refinanciación de la operación de crédito a largo plazo.

Considerando que el volumen del capital vivo de las operaciones vigentes a corto y largo plazo, incluyendo el importe de la operación proyectada, excede del 125 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2009, permitido con carácter excepcional por la disposición adicional cuadragésima sexta de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, representando el 188,51 por 100 de los mismos, el Ayuntamiento necesita, asimismo, por esta causa, autorización para concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo.

Considerando que los informes de evaluación sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, resultan de incumplimiento tanto en el presupuesto de 2010 como en la liquidación de 2009 habiendo aprobado un Plan de Saneamiento y Económico Financiero a tres años, en sesión plenaria de fecha 30 de julio de 2010, cuyas medidas proponen volver a la situación de equilibrio al final del periodo 2011-2013, siendo una de las medidas propuestas la presente refinanciación de la operación de crédito a largo plazo.

Considerando que no se aumenta el volumen total de endeudamiento sino que, con esta medida de refinanciación, se posibilita poder hacer frente al mismo, cuestión que en estos momentos según informe de Secretaria-Intervención que consta en el expediente, esta resultando muy dificultosa. No obstante, teniendo en cuenta esta situación, para no volver a tener los mismos problemas para hacer frente al pago, la entidad local no deberá concertar futuras operaciones de crédito a largo plazo que supongan un incremento del porcentaje actual de endeudamiento fijado en el 188,51 % de los recursos liquidados por operaciones corrientes, teniendo en cuenta que según el Plan de Saneamiento y Económico-Financiero se prevé un incremento de los mismos durante su periodo de vigencia y las medidas adicionales que pudieran adoptarse en caso de incumplimiento.

Vistos el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL); el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria (TRLGEP); el Real Decreto 1463/2008, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades locales (RLGEP) y demás disposiciones de aplicación.

Este Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, en ejercicio de las facultades atribuidas al mismo por el Decreto 225/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Estadilla para concertar una operación de crédito a largo plazo con la entidad financiera Multicaja por un importe de 1.404.802,98 euros, con destino a refinanciar una operación de crédito preexistente.