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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Huesca, relativo a divorcio contradicción 325/2016.

Publicado el 24/02/2017 (Nº 38)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUMERO CUATRO DE HUESCA

Texto completo:

José Manuel del Río Monge, Letrado de la Administración de Justicia el Juzgado de Primera Instancia número 4 de huesca, habo saber:

Que en el procedimiento de divorcio de contradicción 325/2016 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguientes:

"Sentencia Número 120/2016

En Huesca, a 15 de diciembre de 2016.

En nombre de S.M. el Rey,

M.ª Victoria López Asín, Ilma. Sra. Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Huesca, ha visto los presentes autos de juicio verbal sobre divorciocontencioso, número 325/2016, seguidos a instancia de la Procuradora Hortensia Barrio Puyal en nombre y representación de Jesús Cardiel Asensio y con la asistencia Letrada de Montserrat Vicens Burgués contra Felicia Giménez Rolon, en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio formulada por la Procuradora Hortensia Barrio Puyal en nombre y representación de Jesús Cardiel Asensio contra Felicia Giménez Rolon, debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio, por divorcio, contraído entre Jesús Cardiel Asensio y Felicia Giménez Rolon en Huesca, el día 30 de enero de 2010, con todos los efectos legales inherentes a esta declaración. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento de las costas causadas. Firme esta resolución comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio, siendo éste el Registro Civil de Huesca en el que consta inscrito el matrimonio de las partes en el Tomo 109 Página 179 de la sección 2.ª de ese Registro Civil. Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles de que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huesca, debiendo interponerse por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes a su notificación. Así lo pronuncio, mando y firmo".

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada Felicia Giménez Rolon, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Huesca, 20 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel del Río Monge.