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ORDEN ICD/509/2020, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden EIE/489/2019, de 10 de mayo, por la que se convocan las ayudas a proyectos empresariales destinados a promover el desarrollo experimental y/o la investigación industrial en los municipios muy afectados por el proceso de reconversión de la minería del carbón en la provincia de Teruel.

Publicado el 29/06/2020 (Nº 127)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Con fecha 17 de mayo de 2019, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 94, la Orden EIE/489/2019, de 10 de mayo, por la que se convocan las ayudas a proyectos empresariales destinados a promover el desarrollo experimental y/o la investigación industrial en los municipios muy afectados por el proceso de reconversión de la minería del carbón en la provincia de Teruel.

En la convocatoria se establece en el apartado quinto, relativo a las actuaciones subvencionables, punto 5, que, "Las actuaciones subvencionables deberán tener una duración máxima de 12 meses, debiendo concluir en todo caso con anterioridad al 31 de agosto de 2020. El periodo subvencionable para la realización de proyectos se computará desde la fecha de la presentación de la solicitud hasta la finalización del proyecto, respetando la fecha máxima del párrafo anterior".

El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia internacional a la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19. Como consecuencia de esta crisis sanitaria en España, fue declarado el estado de alarma en todo el territorio nacional, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. El estado de alarma ha sido prorrogado en seis ocasiones, la última con ocasión del Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, en los términos expresados en dicha norma.

Dada la situación de parálisis que el estado de alarma está produciendo sobre la actividad económica y considerando que durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o, en su caso, de las prórrogas del mismo, puede verse afectado el normal desarrollo de la ejecución de proyectos de inversión objeto de las ayudas tramitadas por el Instituto Aragonés de Fomento, se consideró necesario adoptar medidas para no perjudicar los derechos de los interesados en los procedimientos abiertos para la concesión de subvenciones tramitados por el Instituto Aragonés de Fomento, que se concretaron en la adopción de la Orden de 25 de marzo, de 2020, del Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, por la que se acuerda ampliar el plazo para la ejecución de las inversiones objeto de las ayudas tramitadas por el Instituto Aragonés de Fomento en base a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Mediante esta Orden se acordó ampliar el plazo de duración máxima de 12 meses establecido para la realización de las actuaciones subvencionables, debiendo concluir en todo caso con anterioridad al 31 de agosto de 2020. La Orden fue notificada individualmente a los interesados en el procedimiento y publicada en la página web del Instituto Aragonés de Fomento.

El Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón, establece en el apartado 2 de su artículo 7, que las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de determinados procedimientos administrativos. En concreto, en el supuesto previsto en la letra b) de dicho apartado, aquellos que sean indispensables para la protección del interés general, iniciados o no, especialmente en este último caso, cuando se trate de procedimientos planificados o programados y, en particular, cuando tengan carácter recurrente.

Finalmente, el apartado 4 del referido artículo 7, establece que para los supuestos de la antes descrita letra b), el levantamiento de la suspensión requerirá acuerdo del Consejo de Gobierno. Mediante Orden ICD/395/2020, de 20 de mayo, se da publicidad al Acuerdo de 20 de mayo de 2020, del Gobierno de Aragón, por el que se levanta la suspensión de determinados procedimientos administrativos en aplicación del artículo 7.4 del citado Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, en el que se declara que se procede a levantar la suspensión de los procedimientos relacionados en los anexos I y II del Acuerdo, ordenando la continuación de su tramitación. En el anexo I, entre otros procedimientos administrativos del Instituto Aragonés de Fomento, se recoge el siguiente: Resolución de Ayudas I+D+i empresas en municipios muy mineros Teruel Remanentes FITE.

Asimismo, el Gobierno de Aragón, mediante Decreto-Ley 2/2020, de 28 de abril, adoptó medidas adicionales para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón, entre ellas, y en relación a las subvenciones, el articulo 6 referido a las convocatorias publicadas pendientes de Resolución, dispone en su apartado 2 que, "En el caso de que únicamente sea precisa la modificación de la convocatoria, de sus bases reguladoras o, en su caso, del plan estratégico, la tramitación del expediente será única, con el mismo plazo y condiciones que se establece en el artículo siguiente para la emisión de informes preceptivos. No será precisa autorización del Gobierno de Aragón para la modificación del plan estratégico".

Considerando que la ampliación del plazo referida anteriormente pudiera no ser suficiente para concluir los proyectos empresariales vinculados a iniciativas que promuevan el desarrollo experimental y/o la investigación industrial objeto de las ayudas, dada la duración del estado de alarma decretado, y sus prórrogas, se estima justificado modificar esta concreta convocatoria de ayudas.

En virtud de todo lo que antecede, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto 18/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, así como en el ejercicio de la competencia otorgada en el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, resuelvo:

Artículo único. Modificación de la Orden EIE/489/2019, de 10 de mayo, por la que se convocan las ayudas a proyectos empresariales destinados a promover el desarrollo experimental y/o la investigación industrial en los municipios muy afectados por el proceso de reconversión de la minería del carbón en la provincia de Teruel.

Uno. Se modifica el apartado quinto, punto 5, que queda redactado de la siguiente manera:

"5. Las actuaciones subvencionables deberán tener una duración máxima de 12 meses, debiendo concluir en todo caso con anterioridad al 15 de octubre de 2020".

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 26 de junio de 2020.

El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ