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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 9 de septiembre de 2009, por la que se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 4096 plazas, (491,52 UGM), ubicada en la parcela 116 del polígono 107 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Francisco Carlos López Ester,(Expte INAGA 500202/02/2018/03652).

Publicado el 09/08/2018 (Nº 154)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 3 de abril de 2018, el promotor, Francisco Carlos López Ester, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en incorporación de sistema de calefacción y cambio de titularidad de la autorización ambiental integrada.

Antecedentes de hecho

La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución, de 9 de septiembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 186, de 23 de septiembre de 2009. Otorgada a favor de Agropecuaria Fran Dos S. C. (Expte. INAGA 500301/02/ 2009/00425).

Mediante Resolución, de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de la autorización ambiental integrada. (Expte: INAGA 500601/02/2013/10475).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en incorporar el sistema de calefacción existente en las naves 2 y 3, consiste en un sistema de hilo radiante eléctrico, abastecido mediante transformador eléctrico existente de 50 Kva, que suministra electricidad a toda la explotación, su uso será ocasional, solo cuando coincida la entrada de lechones en los meses más fríos.

Se solicita también el cambio de titularidad de la autorización ambiental integrada, transmitiéndose de Agropecuaria Fran Dos S. C. a D. Francisco Carlos López Ester. Adjunta con la solicitud acuerdo municipal de fecha 21 de diciembre en el que se aprueba la transmisión de la licencia de Actividad. También se adjunta copia del libro de explotación, que figura a nombre de Francisco Carlos López Ester.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

1. Tomar conocimiento del cambio de titular de la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de cebo con capacidad hasta 4096 plazas (491,56 UGM), ubicada en el polígono 107, parcela 116, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) a favor de D. Francisco Carlos López Ester, que mantiene los derechos y responsabilidades establecidos en dicha autorización.

2. Modificar puntualmente la Resolución de 9 de septiembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo, con capacidad hasta 4096 plazas, (491,52 UGM), ubicada en la parcela 116 del polígono 107 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Francisco Carlos López Ester, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2.4 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.4. El suministro eléctrico a la explotación se realiza por medio de un centro de transformación, cuya potencia eléctrica es de 50 KVA. Se establece un consumo energético anual de 9.600 KWh, tras la ampliación proyectada. Se dispone de un grupo electrógeno de emergencia que consume 1.256,4 l de gasoil al año. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera del grupo electrógeno no superarán los valores siguientes: 616 mg/Nm³ de NOx y 625 mg/Nm³ de CO. Este foco emisor queda exento de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera.

El suministro de calefacción a las naves 3 y 4 de la granja se realiza mediante cable calefactor constituido por aislamiento de silicona, trenza metálica y cubierta de FEP, con una potencia de 20 W/m a 230 voltios y una longitud de 108 metros, se utilizará durante los meses de invierno, de noviembre a febrero, y se estima un consumo mensual de 3186,52 KWh".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 3 de julio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL