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ORDEN de 30 de septiembre de 2015, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, por la que se modifica la Orden de 1 de abril de 2015, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se efectúa convocatoria para el año 2015 de ayudas para actuaciones a realizar por las entidades locales en materia de equipamientos auxiliares del transporte, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 27/10/2015 (Nº 208)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

El Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias con cargo al Fondo Local de Aragón, modificado parcialmente por el Decreto 199/2006, de 6 de octubre que refunde y ordena el conjunto de transferencias destinadas a las Entidades Locales de Aragón, incluye dentro del anexo al Título I, en el artículo 31 epígrafe e), las ayudas para "infraestructuras viarias y de transporte de mercancías-viajeros y equipos auxiliares de transportes-comunicaciones".

Por Orden de 1 de abril de 2015, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, se efectúa convocatoria para el año 2015 de ayudas para actuaciones a realizar por las entidades locales en materia de equipamientos auxiliares del transporte, en la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 7 de mayo de 2015.

El artículo 14.5 de dicha orden fija el plazo para la justificación de las actuaciones subvencionadas y establece como fecha límite el día 30 de octubre de 2015. En el apartado 1 de este mismo artículo se establece que el pago de la subvención se efectuará en firme, cuando el beneficiario haya acreditado de modo fehaciente el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y haya justificado la realización de la actividad de conformidad con las condiciones con las que se concedió la subvención.

No obstante, dado que no se ha realizado la notificación personal establecida en el artículo 11.3 de la orden y la aceptación de la ayuda en el plazo establecido en el artículo 12 de la Orden de 1 de abril de 2015, se dificulta al beneficiario cumplir el plazo de justificación fijado, razón por la cual se estima necesaria su ampliación, mediante la modificación de la mencionada orden, de forma que se adecue el requisito temporal de esta obligación de justificación al contexto real y así se garantice su cumplimiento.

Por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, al Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda se le atribuyen entre otras la totalidad de las competencias atribuidas al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

En su virtud y de acuerdo con la competencia atribuida al Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda para aprobar la convocatoria de las citadas ayudas, dispongo:

Primero.- Modificación del plazo de justificación.

Se modifica el artículo 14.5 de la Orden de 1 de abril de 2015, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la se efectúa convocatoria para el año 2015 de ayudas para actuaciones a realizar por las entidades locales en materia de equipamientos auxiliares del transporte, en la Comunidad Autónoma de Aragón, quedando redactado en los siguientes términos:

"La justificación para el pago de las subvenciones atendidas podrá realizarse con fecha límite el día 30 de noviembre de 2015".

Segundo.- Alcance de la modificación.

La modificación contemplada en esta orden no implica la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni la modificación del resto del contenido dispuesto en la convocatoria efectuada mediante la citada Orden de 1 de abril de 2015, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

Tercero.- Efectos.

Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 30 de septiembre de 2015. El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, JOSÉ LUIS SORO DOMINGO