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RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se regulan las distribuciones horarias del ciclo formativos de grado medio de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera, en régimen de enseñanza presencial.

Publicado el 24/09/2014 (Nº 188)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Orden de 28 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La presente resolución establece la distribución horaria semanal en cada curso de los módulos profesionales que componen el currículo del ciclo formativo de grado medio, regulado por la Órden de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, que se detalla a continuación:

Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera, Orden de 14 de julio de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", de 12 de agosto de 2014)

Tanto en la Disposición Final Primera de la Orden de 28 de mayo de 2008 como en las Órdenes por las que se establecen los currículos de los ciclos formativos se autoriza a la Dirección General competente en materia de formación profesional para dictar las disposiciones necesarias para su aplicación.

En su virtud, como Director General de Ordenación Académica, resuelvo:

Primero.- La duración total de cada ciclo formativo requiere una distribución horaria de sus módulos profesionales por cursos, trimestres y semanas. Dicha distribución podrá variar dependiendo de la población a la que atienda, por lo que el ciclo formativo podrá ser cursado en régimen de enseñanza presencial o a distancia.

Segundo.- La distribución horaria de los módulos profesionales del ciclo formativo realizada en régimen de enseñanza presencial es, en la modalidad de diurno y en la de nocturno, la que figura para el ciclo formativo en el anexo de la presente resolución.

Tercero.- La presente resolución se aplicará a todos los centros docentes que imparta el ciclo formativo mencionado, a partir del curso escolar 2014/15.

Zaragoza, 5 de septiembre de 2014.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO